Norma Legal Oficial del día 12 de Noviembre del año 1999 (12/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

MORDAZA, viernes 12 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 094-1999-INDECOPI/DIR MORDAZA, 9 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que conforme al Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 788, el Indecopi se encuentra facultado a delegar sus funciones por medio de la suscripcion de Convenios con organismos, instituciones o entidades publicas, colegios profesionales o entidades gremiales de reconocido prestigio; Que en ese contexto, el Indecopi suscribio un Convenio de Delegacion de Funciones con la Universidad de MORDAZA, a traves del cual se delegaron funciones relativas a la Comision de Reestructuracion Patrimonial; Que por Resolucion Nº 031-1998-INDECOPI/DIR, de fecha 22 de setiembre de 1998, se designo al senor MORDAZA Lizarraga MORDAZA como miembro de citada Comision de Reestructuracion Patrimonial que opera en la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Universidad de Lima; Que el senor MORDAZA Lizarraga MORDAZA ha presentado renuncia al referido cargo; Que el Directorio del Instituto en su Sesion de fecha 9 de noviembre de 1999 ha acordado aceptar la referida renuncia; De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, a partir del 9 de noviembre de 1999, la renuncia presentada por el senor MORDAZA Lizarraga MORDAZA al cargo de miembro de la Comision de Reestructuracion Patrimonial de la Oficina Descentralizada del Indecopi que opera en la Universidad de MORDAZA, agradeciendole los valiosos servicios prestados a la institucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 14177 RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 097-1999-INDECOPI/DIR MORDAZA, 9 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que conforme al Articulo 2º del Decreto Legislativo Nº 788, el Indecopi se encuentra facultado a delegar sus funciones por medio de la suscripcion de Convenios con organismos, instituciones o entidades publicas, colegios profesionales o entidades gremiales de reconocido prestigio; Que en ese contexto, el Indecopi suscribio un Convenio de Delegacion de Funciones con la Universidad de MORDAZA, a traves del cual se delegaron funciones relativas a la Comision de Reestructuracion Patrimonial; Que el Articulo 20º del Decreto Ley Nº 25868, modificado por el Articulo 49º del Decreto Legislativo Nº 807, establece que los miembros de las Comisiones del Indecopi seran designados por el Directorio; Estando a lo acordado por el Directorio del Instituto en su Sesion de fecha 9 de noviembre de 1999; y, De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868;

Articulo Unico.- Designar, a partir del 9 de noviembre de 1999, al senor MORDAZA MORDAZA Costa en el cargo de miembro de la Comision de Reestructuracion Patrimonial de la Oficina Descentralizada del Indecopi en la Universidad de Lima. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DIBOS Presidenta del Directorio 14175

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Declaran iglesia ubicada en el distrito de Arma, departamento de Huancavelica, como monumento integrante del Patrimonio Cultural de la Nacion
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 281/INC MORDAZA, 22 de junio de 1999 Visto la solicitud de la Direccion Ejecutiva del Instituto Nacional de Cultura de declarar Monumentos a la Iglesia de San MORDAZA MORDAZA y la Plaza de MORDAZA del distrito de Arma, provincia de Castrovirreyna, departamento de Huancavelica; y, CONSIDERANDO: Que, es deber del Estado velar por la Conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", faculta al Instituto Nacional de Cultura, para proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como tambien las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, el Instituto Nacional de Cultura, en cumplimiento de la funcion que le asigna la ley, viene realizando una permanente identificacion y registro de inmuebles, espacio y areas urbanas, que por su valor deben ser declarados integrantes del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, mediante Acuerdo Nº 06/06.05.99, la Comision Nacional Tecnica Calificadora de Proyectos Arquitectonicos, considera que la Iglesia de San MORDAZA MORDAZA de Arma, incluyendo su atrio, poseen meritos suficientes para ser declarados Monumento, asi mismo, que la Plaza de MORDAZA, del citado distrito debe ser considerado Ambiente MORDAZA Monumental, y solicitar a la Direccion del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Inmueble, se los incluya en la lista de Monumentos y Ambientes Urbanos a declarar; Con las visaciones de la Direccion General del Patrimonio Monumental y Cultural, Direccion de Centros Historicos y la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decretos Supremos Nº 039-70-VI y Nº 063-70-VI que aprueban el "Reglamento Nacional de Construcciones", Decreto Supremo Nº 050-94-ED que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura", Decreto Ley Nº 25762 "Ley Organi-

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