Norma Legal Oficial del día 14 de Noviembre del año 1999 (14/11/1999)


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RESOLUCION MINISTERIAL Nº 595-99-EM/VME MORDAZA, 15 de octubre de 1999

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 1999

Visto, el Expediente Nº 11095998, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1216194, 1220547 y 1247060, presentado por Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A., solicitando la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas, y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Yanacocha - Pampahuain, ubicada en el distrito de Marcapomacocha, provincia de Yauli, departamento de Junin; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de generacion de energia electrica, en merito de las Resoluciones Supremas Nºs. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994, ha solicitado la imposicion de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas, y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Yanacocha - Pampahuain; Exp./Codigo 11095998 Descripcion de la Servidumbre MORDAZA Yanacocha Pampahuain 1) Obras Hidroelectricas (instalaciones y obras de afianzamiento hidrico) 2)Embalses (mayor area inundable)

Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a) y f) del Articulo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Electricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Articulo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 270-99-EM/DGE; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Imponer las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroelectricas, y de MORDAZA para la custodia, conservacion y reparacion de las obras e instalaciones en la MORDAZA Yanacocha - Pampahuain, ubicada en el distrito de Marcapomacocha, provincia de Yauli, departamento de MORDAZA, a favor de Electricidad del Peru S.A. - ELECTROPERU S.A.; con caracter permanente de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Propietario SAIS PACHACUTEC Norte: 8748296.717 Norte: 8748137.382 Norte: 8748113.999 Norte: 8748351.416 Tipos de Terreno Tierras aptas para pastoreo

Area de Servidumbre Area: 11 725,792 m2 Coordenadas UTM: Y1 : Este: 356129.010 Y2 : Este: 356172.375 Y2a: Este: 356131.069 Y2B: Este: 356041.614 Area: 203 636,207 m2

Articulo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podran construir obras de cualquier naturaleza ni podran realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Articulo 3º.- ELECTROPERU S.A., debera adoptar las medidas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran dano ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Articulo 4º.- ELECTROPERU S.A., debera velar permanentemente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier MORDAZA de construccion. Articulo 5º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 13586

RELACIONES EXTERIORES
Establecen disposiciones para la aceptacion, ingreso, permanencia, salida, reingreso y control de ciudadanos extranjeros sujetos a calidades migratorias que son de competencia del Ministerio
DECRETO SUPREMO Nº 060-99-RE EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 7º y los incisos a), b), c), d) y e) del Articulo 11º de la Ley de Extranjeria, Decreto Legislativo Nº 703 de fecha 5 de noviembre de 1991, establecen que la determinacion de la calidad migratoria "Diplomatica", "Consular", "Oficial", "Asilado Politico" y "Refugiado" es de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, conforme a la Ley de Cooperacion Tecnica Internacional, Decreto Legislativo Nº 719 de fecha 10 de noviembre de 1991 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 015-92-PCM de fecha 31 de enero de 1992, el Ministerio de Relaciones Exteriores es competente para gestionar y oficializar la cooperacion tecnica internacional; Que, teniendo en cuenta lo senalado en el Memorandum (LEG) Nº 758 de fecha 11 de setiembre de 1998 de la Direccion de Asuntos Legales de la Cancilleria, resulta conveniente dictar una MORDAZA que regule las calidades migratorias que son de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores; De acuerdo con la propuesta de la Comision de Trabajo nombrada mediante Resolucion Ministerial Nº 713/RE de fecha 10 de noviembre de 1998; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA:

PRES
Designan Gerente General de la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA Callao
RESOLUCION SUPREMA Nº 181-99-PRES MORDAZA, 12 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Gerente General de la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA - Callao; Que, en consecuencia es necesario designar al funcionario que desempenara dicho cargo de confianza; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Legislativos Nºs. 560 y 808 y los Decretos Leyes Nºs. 25515 y 25556; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Designar a partir del 9 de noviembre de 1999, al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el cargo de Gerente General de la Corporacion de Desarrollo de MORDAZA - Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 14271

Articulo 1º.- El presente Decreto tiene por finalidad regular el procedimiento para la aceptacion, ingreso, permanencia, salida, reingreso y control de los ciudadanos extranjeros en el territorio de la Republica, que se sujetan a las calidades migratorias que son de competencia del Ministerio de Relaciones Exteriores: a) Diplomatica, b) Consular,

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