Norma Legal Oficial del día 22 de Noviembre del año 1999 (22/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, lunes 22 de noviembre de 1999
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

Pag. 180469

Articulo 1º.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, contra la Resolucion Jefatural Nº 237-99-AGN/J de fecha 24 de agosto de 1999, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion al Archivo General de la Nacion y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 14447

Visto el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pena, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 604-99-INPE-P de fecha 26 de agosto de 1999; CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 604-99-INPE-P, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 5 de setiembre de 1999, se declaro infundado el recurso de reconsideracion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pena, ex Director del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Pucallpa, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 351-99INPE-P, de fecha 31 de MORDAZA de 1999, que le impuso sancion disciplinaria de cese temporal de 60 dias sin goce de remuneraciones; Que de la revision de lo actuado se determina que MORDAZA MORDAZA Pena interpone recurso de apelacion el 30 de setiembre de 1999, resultando extemporaneo, por haberse formulado cuando la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 604-99-INPE-P se encontraba consentida por no haberse impugnado dentro del termino legal de 15 dias que dispone el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, deviniendo en improcedente; Estando a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica en su Informe Nº 135-99-JUS/OGAJ-OAA; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia y Articulos 47º, 84º y 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar improcedente, por extemporaneo, el recurso de apelacion interpuesto por MORDAZA MORDAZA Pena, contra la Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 604-99-INPE-P de fecha 26 de agosto de 1999, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial al Instituto Nacional Penitenciario y al interesado, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 14449

Autorizan a asociacion funcionar como centro de conciliacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 322-99-JUS MORDAZA, 18 de noviembre de 1999 Vista la solicitud del Centro de Conciliacion MORDAZA & VITERI - CENCAV, Registro Nº 09684 de fecha 17 de agosto de 1999; CONSIDERANDO: Que el Centro de Conciliacion MORDAZA & VITERI - CENCAV, con sede en la provincia de MORDAZA, departamento de La MORDAZA, es una asociacion civil sin fines de lucro, que tiene entre sus objetivos ejercer la funcion conciliadora mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos; Que la mencionada institucion cumple con los requisitos establecidos en los Articulos 24º y 27º de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y los Articulos 42º, 43º y 45º del Reglamento de la Ley de Conciliacion aprobado por Decreto Supremo Nº 00198-JUS, por lo que es procedente autorizarla a funcionar como Centro de Conciliacion; Que estando a lo opinado en el Informe Nº 266-99/DM-STCSDSCCC de la Secretaria Tecnica de Conciliacion, es pertinente atender la autorizacion del Centro de Conciliacion MORDAZA & Viteri-CENCAV; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- AUTORIZAR al Centro de Conciliacion MORDAZA & Viteri - CENCAV a funcionar como Centro de Conciliacion, con sede en la provincia de MORDAZA, departamento de La Libertad. Articulo 2º.- El Ministerio de Justicia en aplicacion de la Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS, supervisara el correcto funcionamiento del Centro de Conciliacion y aplicara, cuando corresponda, las medidas pertinentes de acuerdo a sus atribuciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Justicia 14448

RELACIONES EXTERIORES
Designan funcionarios diplomaticos que participaran en mision de prospeccion comercial, a realizarse en Brasil
RESOLUCION SUPREMA Nº 523-99-RE MORDAZA, 20 de noviembre de 1999 Debiendo realizarse una Mision de Prospeccion Comercial en el MORDAZA del Consejo Empresarial peruano-brasileno, en las ciudades de Rio MORDAZA y Porto Velho, Republica Federativa del Brasil, del 24 al 26 de noviembre de 1999; Considerando lo dispuesto en la Hoja de Tramite (GAC) Nº 2850, del Gabinete de Coordinacion del senor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 11 de noviembre de 1999; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 163-81-EF, de 24 de MORDAZA de 1981 y su modificatoria, el Decreto Supremo Nº 031-89-EF, de 20 de febrero de 1989; el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM, de 26 de octubre de 1990; y, el Decreto Supremo Nº 037-91-PCM, de 1 de febrero de 1991;

Declaran improcedente apelacion contra resolucion referida a sancion de cese temporal impuesta a servidor de establecimiento penitenciario de Pucallpa
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 323-99-JUS MORDAZA, 18 de noviembre de 1999

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