Norma Legal Oficial del día 30 de Noviembre del año 1999 (30/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 30 de noviembre de 1999

E) El informe del auditor sobre el cumplimiento del beneficiario con los terminos del convenio y las leyes y regulaciones aplicables a programas financiados por USAID. El informe debe elaborarse de conformidad con el SAS Nº 74. Las instancias materiales de incumplimiento deben ser informadas y discutidas en los hallazgos relacionados. Instancias de incumplimiento no materiales deben comunicarse por separado en una carta a la gerencia del beneficiario que debe ser enviada con el informe de auditoria. El informe del auditor debe incluir todas las conclusiones, con base en la evidencia obtenida, que una irregularidad o acto ilegal ha ocurrido o es probable que MORDAZA ocurrido. Este informe debera incluir una identificacion de todos los costos cuestionados, si los hay, como resultado de irregularidades o actos ilegales, sin importar si las condiciones que dieron lugar a los costos cuestionados han sido corregidos o si el beneficiario esta o no de acuerdo con los hallazgos y costos cuestionados. Al informar irregularidades materiales, actos ilegales, u otros incumplimientos, el auditor debe exponer sus hallazgos en la perspectiva apropiada. Para darle al lector una base para juzgar la frecuencia y las consecuencias de estas condiciones, las instancias identificadas deben ser relacionadas con el universo o el numero de casos examinados y ser cuantificados en terminos de su valor en dolares, si es apropiado. Al presentar irregularidades materiales, actos ilegales, u otros incumplimientos, el auditor debe seguir las normas para informe, contenidas en el Capitulo 5 de las Normas de Auditoria Gubernamental de la GAO. El auditor puede hacer una divulgacion menos extensiva de las irregularidades y actos ilegales que no son materiales ya sea en un sentido cuantitativo o cualitativo. El capitulo 4 de las Normas de Auditoria Gubernamental de la GAO proporciona guia sobre factores que pueden influir en el juicio de materialidad del auditor. Si el auditor concluye que existe suficiente evidencia de irregularidades o actos ilegales, debe contactar con la oficina USAID RIG y ejercer cuidado profesional en darle seguimiento a los indicios de posibles irregularidades y actos ilegales para evitar interferir con potenciales investigaciones futuras o procesos legales. F) La cedula del calculo de las tasas de costos indirectos y el informe del auditor sobre la cedula de calculo de la tasa de costos indirectos. Esto debe ser un informe separado preparado de acuerdo con las guias del SAS Nº 29. (AU551) G) Los comentarios del auditor sobre el estado actual de las recomendaciones de auditorias previas. El auditor debe revisar e informar sobre el estado de las acciones tomadas sobre hallazgos y recomendaciones de auditorias previas. Cuando no hayan acciones correctivas y la deficiencia permanece sin resolver para el periodo de la auditoria que se lleva a cabo, y se incluye de MORDAZA en el informe actual, el auditor solo necesita describir brevemente el hallazgo anterior y su estado actual y debe hacerse referencia a la pagina en donde esta la deficiencia en el informe actual. Si no hay hallazgos ni recomendaciones previos, se debe incluir una nota a tal efecto, en esta seccion del informe de auditoria. H) Los estados financieros para propositos generales del beneficiario tomados en conjunto y el informe del auditor sobre ellos. Estos estados e informes solo se aplican a organizaciones beneficiarias nogubernamentales y entidades publicas gubernamentales generadoras de ingresos. Los hallazgos contenidos en los informes sobre control interno y cumplimiento relacionados con programas financiados por USAID deben incluir una descripcion de la condicion (que es) y del criterio (que debe ser). La causa (por que paso) y el efecto (que dano fue causado por no cumplir con el criterio), deben ser incluidos en los hallazgos si se pueden determinar

facilmente. Ademas, los hallazgos deben contener una recomendacion que corrija la causa y la condicion, segun sea aplicable. Se reconoce que las debilidades materiales de control interno y de incumplimiento encontrados por el auditor no siembre contienen todos estos elementos completamente desarrollados, dado el alcance y los objetivos de la auditoria especifica. Pero al menos, el auditor debe identificar la condicion, criterio y posible efecto para permitir que la gerencia contribuya con el auditor a confirmar la causa y efecto que son los elementos mas dificiles para el auditor, de detectar y evidenciar. Esto ayudara a la gerencia a tomar medidas correctivas oportunas y adecuadas. Los hallazgos que involucren efectos monetarios deben: " Ser cuantificados e incluidos como costos cuestionados en el estado de rendicion de cuentas y en la cedula de costos compartidos (con referencia cruzada), " Ser informados sin importar si las condiciones que los originaron fueron corregidas, " Ser informados ya sea que el beneficiario este o no de acuerdo con los hallazgos o costos cuestionados, y " Contener suficiente informacion necesaria para facilitar el MORDAZA de resolucion de auditoria (Ej. numero de rubros examinados, tamano del universo, tasa de error, montos correspondientes en dolares, etc.). Los informes tambien deben incluir, despues de cada recomendacion, los puntos de vista de los representantes oficiales del beneficiario concerniente a los hallazgos del auditor y las acciones tomadas por el beneficiario para adoptar las recomendaciones. Si es posible, el auditor debe obtener comentarios por escrito. Cuando el auditor no esta de acuerdo con los comentarios de la gerencia oponiendose a los hallazgos, conclusiones o recomendaciones, el auditor debe indicar sus razones despues de los comentarios. Del mismo modo, el auditor debe modificar el enfoque de su informe si encuentra que los comentarios son validos. Cualquier evidencia de la ocurrencia o indicios de irregularidades o actos ilegales debe ser incluido en un informe escrito por separado si el USAID RIG lo considera necesario. Este informe debe incluir una identificacion de todos los costos cuestionados como resultado de irregularidades o actos ilegales, sin importar si las condiciones que les dieron origen han sido corregidas o si el beneficiario esta o no de acuerdo con los hallazgos y costos cuestionables. REVISION DEL INFORME El informe de auditoria y los documentos de apoyo a los papeles de trabajo que los respalden deben ser revisados por un auditor, preferiblemente a nivel supervisor, que no conformo el equipo de auditoria, para tal efecto aplicara procedimientos de revision de control de calidad. (ver anexo Nº 5). ENTREGA DEL INFORME Previo a la emision del informe, el auditor debe sostener una reunion de termino de la auditoria con el beneficiario. El auditor debe notificar de esta reunion a la Mision de USAID designada para que sus representantes puedan estar presentes, si lo consideran necesario. El informe de auditoria debe ser remitido a mas tardar nueve (9) meses despues del cierre del ano fiscal del beneficiario, en el que los gastos ocurrieron. La Mision USAID designada debera realizar un control de calidad del informe de auditoria MORDAZA de remitirlo al Inspector General Regional (RIG), coordinando con los auditores, a efectos de subsanar y/o tomar los aportes y sugerencias al mismo. La Mision USAID designada enviara los informes finales al Inspector General Regional (RIG) para su revision y emision. La etapa de informe en la auditoria financiera se esquematiza en el siguiente grafico:

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