Norma Legal Oficial del día 25 de Septiembre del año 1999 (25/09/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 178634
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 25 de setiembre de 1999

1º.- Declarar infundados los recursos de revision interpuestos por los postores CIPSA COMERCIAL S.A.C y FERREYROS S.A.A. relacionados con sus reclamos sobre OTORGAMIENTO DE BUENA PRO de la L.P. Nº 001-99MDLU, convocada por MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA UNION - MORDAZA, REG. GRAU para la adquisicion de MAQUINARIA PESADA - MOTONIVELADORA. 2º.- Ejecutar a favor del CONSUCODE, las fianzas presentadas por los postores Cipsa Comercial S.A.C y Ferreyros S.A.A., recaudando sus recursos de revision, de acuerdo con el Art. 128º del D.S. Nº 039.98.PCM. 3º.- Devolver los antecedentes a la Entidad Licitante para los fines legales consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, JESSEN MORDAZA 12203

Declaran fundada revision y otorgan buena pro en concurso convocado por el Hospital Nacional 2 de MORDAZA para la adquisicion de equipo de transfusion
TRIBUNAL DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCION Nº 175/99.TC-S2 MORDAZA, 21 de setiembre de 1999 Visto en sesion de la MORDAZA Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 21.9.99, el Expediente Nº 289/99.TC, referente al recurso de revision interpuesto por B. BRAUN MEDICAL PERU S.A., relacionado con su reclamo sobre OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO del Item Nº B49575748 de la L.P. Nº 00199.CE-HNDM, convocada por el HOSPITAL NACIONAL 2 DE MORDAZA, para la ADQUISICION DE EQUIPO DE TRANSFUSION. CONSIDERANDO: Que, el 9.8.99, el Comite Especial designado por la Entidad licitante otorgo la Buena Pro, entre otros, del Item Nº B49575748 de la L.P. Nº 001-99.CE-HNDM al postor B. BRAUN MEDICAL PERU S.A., debiendo dicho postor subsanar el defecto de forma en su Garantia de Seriedad de Oferta, para lo cual el Comite Especial le otorgo 72 horas de plazo; Que, el 17.8.99 el postor LABORATORIOS MORDAZA DEL PERU S.A., interpuso recurso de apelacion contra el otorgamiento de la Buena Pro del Item Nº B49575748 - Equipo de Transfusion - al postor B. BRAUN MEDICAL PERU S.A., argumentando que este no habia cumplido con lo dispuesto por el numeral 6 2 Inc. c) de las Bases, esto es, presentar la Garantia de Seriedad de Oferta equivalente al 5% del monto ofertado, ya que la carta fianza presentada por dicho postor era diminuta, no constituyendo ello defecto de forma subsanable; Que, por Resolucion Directoral Nº 0901.99/SA/DS/D/ UP/HNDM, del 26.8.99, notificada el 1.9.99, la Entidad Licitante declaro fundado el recurso de apelacion del postor LABORATORIOS MORDAZA DEL PERU S.A. y anulo todos los Items Adjudicados al postor B. BRAUN MEDICAL PERU S.A.; Que, el 6.9.99 el postor B. BRAUN MEDICAL PERU S.A., interpuso recurso de revision contra la Resolucion Directoral Nº 0901-99/SA/DS/D/UP/HNDM, argumentando que su representada si cumplio con presentar la documentacion exigida en las Bases y que, de no haber sido asi, el Comite Especial le habria devuelto la documentacion que presento; Que, del analisis de antecedentes se desprende, que el recurso de apelacion interpuesto por el postor Laboratorios MORDAZA del Peru S.A. el 17.8.99 contra el otorgamiento de la Buena Pro al postor B. Braun Medical Peru S.A., el

9.8.99, debio haber sido presentado en el termino de los 5 dias posteriores al acto publico, en aplicacion de lo dispuesto en el Articulo 121º del D.S. Nº 039.98.PCM, Reglamento de la Ley Nº 26850, termino que vencio el 16.8.99, empero, como fue interpuesto el 17.8.99, resulta improcedente por extemporaneo y, como consecuencia, el otorgamiento de la Buena Pro a favor del postor B. BRAUN MEDICAL PERU S.A., ha quedado firme en todos sus extremos y para todos sus efectos; Que, mas aun, el recurso de apelacion presentado el 17.8.99 debio haber sido resuelto y notificado por la Entidad en el termino MORDAZA de 5 dias utiles, que vencio el 24.8.99, empero, habiendo sido resuelto con la Resolucion Directoral Nº 0901.99.SA/DS/D/HNDM, del 26.8.99 y notificado recien el 1.9.99, esto es, al noveno dia, la Entidad genero una denegatoria ficta que, al no haber sido impugnada por el postor apelante, quedo consentida y dicha resolucion deviene en nula en aplicacion de lo dispuesto en el Art. 43º del D.S. Nº 02.94.JUS, y como consecuencia, el otorgamiento de la Buena Pro por el Comite Especial, continua igualmente valido en todos sus extremos y para todos sus efectos, resultando fundado el recurso de revision del recurrente; Que, la presente resolucion sienta precedente de observancia obligatoria, siendo de aplicacion lo dispuesto en el Inc. 6) del Art. 1º del D.S. Nº 018.97.PCM, del 18.4.97; Que, de acuerdo con las facultades concedidas por el Titulo V de la Ley Nº 26850 y los Arts. 8º y 9º del D.S. Nº 047.98.PCM, los antecedentes y luego de agotado el correspondiente debate, con la intervencion del senor Vocal Ing. MORDAZA Jessen MORDAZA por ausencia del senor Vocal Dr. MORDAZA Solari Andrade; SE RESUELVE: 1º.- Declarar fundado el recurso de revision interpuesto por el postor B. Braun Medical Peru S.A., nula la Resolucion Directoral Nº 0901-99-SA/DS/D/UP/HNDM, y como consecuencia, valido en todos sus extremos y para todos sus efectos legales el otorgamiento de la Buena Pro efectuado por el Comite Especial de la L.P. Nº 001-99-CEHNDM - Equipo de Transfusion - el 8.9.99. 2º.- Ejecutar a favor del CONSUCODE la Carta Fianza presentada por el postor Laboratorios MORDAZA del Peru, en su recurso de apelacion, de conformidad con el Art. 128º del D.S. Nº 039.98.PCM. 3º.- Devolver al postor B. BRAUN MEDICAL PERU S.A., la Carta Fianza con que recaudo su recurso de revision, de conformidad con el Art. 128º del D.S. Nº 039.98.PCM. 4º.- Devolver los antecedentes a la Entidad licitante para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA TACKOEN; MORDAZA PODESTA; JESSEN MORDAZA 12204

INDECOPI
Autorizan entidades como organismos de certificacion de establecimientos de salud
RESOLUCION COMISION DE REGLAMENTOS TECNICOS Y COMERCIALES Nº 0052-1999/INDECOPI-CRT MORDAZA, 16 de septiembre de 1999 Expediente Nº0031-98-CRT/C ORGANISMO DE CERTIFICACION DE LA UNIVERSIDAD PERUANA MORDAZA MORDAZA S.A.C. Autorizacion de Organismo de Certificacion de Establecimientos de Salud VISTA: La solicitud de autorizacion como Organismo de Certificacion de Establecimientos de Salud presentada por el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.