Norma Legal Oficial del día 13 de Abril del año 2000 (13/04/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, jueves 13 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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CRAWFORD FRY & BEHR PERU S.A. AJUSTADORES Y PERITOS DE SEGUROS, modificando consecuentemente el Articulo 1º de su Estatuto Social; Que, el mencionado acuerdo fue elevado a Escritura Publica con fecha 30 de diciembre de 1999, quedando debidamente inscrito en la Partida Nº 00946397 del Registro de Personas Juridicas de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; Estando a lo informado por el Departamento de Analisis y Supervision de Intermediarios y Auxiliares de Seguros de la Superintendencia Adjunta de Seguros, mediante Informe Nº 026-2000-DASIA; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; modificadas por las Leyes Nºs. 27008 y 27102, y, en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar el cambio de denominacion social de la empresa CRAWFORD-THG FRY & BEHR S.A. AJUSTADORES Y PERITOS DE SEGUROS por CRAWFORD FRY & BEHR PERU S.A. AJUSTADORES Y PERITOS DE SEGUROS; asi como la consecuente modificacion del Articulo 1º de su Estatuto Social cuyos documentos pertinentes quedan archivados en esta Superintendencia, lo cual no implica el cambio del numero del Certificado de inscripcion con el que figura en el Registro del Sistema de Seguros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUIROGA Superintendente Adjunta de Seguros 4154

- Aeropuerto MORDAZA FAP MORDAZA Velasco MORDAZA, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Cusco. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 4150

Prorrogan plazo para que MORDAZA municipal de credito popular proceda a enajenar bienes adjudicados en pago de deudas
RESOLUCION SBS Nº 0227-2000 MORDAZA, 30 de marzo de 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: La solicitud de prorroga del plazo para la enajenacion de los bienes que forman parte del Anexo de la presente resolucion recibidos o adjudicados en cobro de acreencias, presentada por la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA conforme a lo previsto por el Articulo 215º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, en adelante Ley General; CONSIDERANDO: Que el Articulo 215º de la Ley General, establece que cuando como consecuencia del pago de una deuda contraida previamente y de buena fe, se reciba o adjudique en pago total o parcial, bienes muebles o inmuebles, la empresa de que trate debe enajenarlos en el plazo de un (1) ano, el mismo que podra ser prorrogado por esta Superintendencia por una sola vez y por un MORDAZA de seis (6) meses; Que, en el MORDAZA parrafo del referido articulo se precisa que vencido dicho plazo, sin que la enajenacion se MORDAZA efectuado, el Banco debera constituir una provision hasta por el monto equivalente al costo en libros de los bienes no vendidos; Que, el numeral 4 de la Circular Nº B-2017-98 (F-35898, CM-207-98, CR-077-98, EAF-172-98, EDPYME-02998) establece que las solicitudes para prorroga del plazo establecido en el Articulo 215º de la Ley General, deberan ser presentadas con una anticipacion de, por lo menos, quince (15) dias MORDAZA de su vencimiento, caso contrario sera rechazada la solicitud; Que, estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "F" mediante Informe ASIF Nº 047-2000/OT y a lo opinado por las Superintendencias Adjuntas de Asesoria Juridica y de Banca; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros; RESUELVE: Articulo Primero.- Prorrogar por seis (6) meses el plazo a que se refiere el Articulo 15º de la Ley General, para que la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA proceda a la enajenacion de los bienes senalados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Vencido el plazo de prorroga que se otorga, la MORDAZA Municipal de Credito Popular de MORDAZA debera proceder conforme a lo establecido en el MORDAZA parrafo del Articulo 215º de la Ley General y la Circular SBS Nº B-2017-98(CM 207-98). Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca

Autorizan al Banco Santander Central Hispano - Peru el cierre de oficinas especiales ubicadas en los departamentos de MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 0230-2000 MORDAZA, 31 de marzo de 2000 LA SUPERINTENDENTE ADJUNTA DE BANCA VISTA: Las comunicaciones recibidas con fecha 24 de marzo del 2000 del Banco Santander Central Hispano - Peru, mediante las cuales solicita autorizacion para el cierre de las oficinas especiales que se detallan en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el cierre de dichas oficinas especiales; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "D", mediante Informe Nº ASIF "D"041-OT/2000; y, De acuerdo con lo dispuesto por el Articulo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, la Circular Nº B-1996-97; y, en virtud de la facultad delegada mediante Resolucion SBS Nº 003-98; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar al Banco Santander Central Hispano - Peru el cierre de las siguientes oficinas especiales ubicadas en: - Aeropuerto MORDAZA Ballon, distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa.

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