Norma Legal Oficial del día 06 de Agosto del año 2000 (06/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de agosto de 2000

a) Cualquiera de las partes comunicara a la otra, por escrito y con MORDAZA a OSIPTEL, su intencion de modificar el Proyecto Tecnico de Interconexion, adjuntando las modificaciones sugeridas y las respectivas justificaciones. b) La parte notificada tendra un plazo MORDAZA de 60 dias calendario para pronunciarse respecto de las modificaciones propuestas. A falta de pronunciamiento se presume que tales modificaciones han sido aceptadas por la parte notificada. c) En el caso que la parte notificada no estuviera de acuerdo con las modificaciones sugeridas, debera comunicarlo a la otra como MORDAZA al termino de los 60 dias calendario establecidos en el parrafo anterior, lo que MORDAZA inicio a un periodo de negociacion de 30 dias calendario para superar las divergencias que hubieran. d) Si transcurridos los 30 dias mencionados en el parrafo anterior, y si las partes llegaran o no a un acuerdo , presentaran de manera conjunta o por separado su propuesta a OSIPTEL, dentro de los cinco (5) dias calendario siguientes al vencimiento de los plazos establecidos en el inciso c), para su evaluacion y de ser el caso la aprobacion correspondiente. e) Cada una de las partes realizara a su costo, las modificaciones aprobadas por OSIPTEL. 8. INTERRUPCION Y SUSPENSION DE LA INTERCONEXION La interrupcion y suspension de la interconexion se regira conforme a lo establecido en el Anexo 3 del MANDATO. 9. PLAN DE NUMERACION De acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 020-98-MTC, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion ha asignado a BIPER EXPRESS el codigo de operador 1917 para la operatividad del sistema de preseleccion y del sistema de llamada por llamada. TELEFONICA debera tener implementado el codigo 1917 en su red. Con cinco (5) dias calendario de anticipacion a la puesta en operacion de la interconexion, TELEFONICA debera informar al otro operador que la numeracion requerida se encuentra habilitada. 10. PRESELECCION Los abonados de la red fija de TELEFONICA que preseleccionen a BIPER EXPRESS para que este curse su trafico de Larga Distancia, deberan ser programados en las centrales locales de la red fija de TELEFONICA. Por este concepto, TELEFONICA cobrara a BIPER EXPRESS, durante los tres (3) primeros meses de implementado el Sistema de Preseleccion en el area local, un cargo por la programacion de cada numero telefonico presuscrito. Este cargo sera negociado por las partes considerando como tope la tarifa MORDAZA establecida por OSIPTEL en la Resolucion Nº 036-99-CD/OSIPTEL. Dicho acuerdo debera ser puesto en conocimiento de OSIPTEL en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario de su suscripcion para su aprobacion. Los plazos fijados, los montos y el procedimiento seguido para la programacion de cada numero preseleccionado a BIPER EXPRESS, se ceniran a lo establecido en la normativa vigente sobre Preseleccion. 11. FACTURACION Y COBRANZA BIPER EXPRESS efectuara la facturacion y cobranza a los abonados que cursen llamadas de larga distancia por su red portadora. Sin perjuicio de lo mencionado BIPER EXPRESS podra negociar con TELEFONICA para que sea esta MORDAZA la encargada de realizar la facturacion y cobranza. A tal efecto MORDAZA partes o una de ellas enviara a OSIPTEL el acuerdo establecido en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario de su suscripcion. 12. TASACION De acuerdo a las especificaciones tecnicas de la senalizacion Nº 7 -SS7, una llamada se empieza a

tasar en cualquier red que use dicha senalizacion una vez recibida la senal de respuesta, en este caso, es el mensaje de respuesta ANM (o RST), o el mensaje de conexion CON (o COX), con estos mensajes (ANM o CON) la central de origen inicia el MORDAZA de tarificacion. Se detendra el MORDAZA de tarificacion en la Central que controla y tarifica la llamada cuando esta envie o reciba el mensaje de liberacion REL (o LIB). El tiempo de conversacion debe ser el intervalo (expresado en segundos) entre la recepcion por parte de la Central de Origen de cualquiera de los mensajes CON o ANM y el momento en que la Central de Origen envie o reciba la senal de release REL (LIB). Se considerara dentro del tiempo de conversacion los periodos en los cuales se tengan pausas producto del mensaje Suspend (SUS). En caso de requerirse el envio de mensajes adicionales para fines de establecer la tasacion de una llamada, las partes se sujetaran a lo establecido en el numeral 7 del presente Anexo. 13. UBICACION DE EQUIPOS DE INTERCONEXION Y PERMISOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL A LAS INSTALACIONES DE LOS OPERADORES De conformidad con las normas vigentes sobre interconexion, de requerirse la coubicacion, las partes negociaran los acuerdos respectivos. Los acuerdos mencionados en el parrafo anterior, deberan ser puestos en conocimiento de OSIPTEL, en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles contados a partir de su suscripcion, para su respectiva aprobacion. ANEXO 1.B PUNTOS DE INTERCONEXION 1. AREAS DE SERVICIO COMPRENDIDAS EN LA INTERCONEXION Las areas de servicio que estan comprendidas en el presente proyecto tecnico son las siguientes: a) TELEFONICA : Todos los departamentos del territorio nacional. b) BIPER EXPRESS: Inicialmente los departamentos de MORDAZA, incluyendo la Provincia Constitucional del Callao, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA y Junin. 2. PUNTOS DE INTERCONEXION Y SU UBICACION Los puntos de interconexion iniciales son cinco (5), y su ubicacion se indica en el cuadro siguiente:
Departamento MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao. MORDAZA La MORDAZA MORDAZA Ica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ica Direccion de TELEFONICA Av. MORDAZA Real 208 - San MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 213-217 Jr. MORDAZA y Jr. MORDAZA 666 Av. El Sol 382 y Puluchapata Jr. MORDAZA 289 Cercado de Ica

3. REQUERIMIENTOS DE ENLACES DE INTERCONEXION INICIALES Y PROYECTADOS El requerimiento inicial y proyectado de E1's para la conexion de BIPER EXPRESS con TELEFONICA es el indicado en el cuadro consignado en el numeral 3 del Anexo 1.B del Proyecto Tecnico de Interconexion remitido por BIPER EXPRESS a TELEFONICA con la carta GG.033.2000 del 17 de MORDAZA de 2000. 4. EQUIPOS UTILIZADOS PARA LOS ENLACES DE INTERCONEXION Los equipos utilizados para los enlaces de interconexion podran ser provistos por cualquiera de las partes. Los enlaces de interconexion se sujetaran a lo establecido en el numeral 5 del Anexo 2 - Condiciones Economicas.

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