Norma Legal Oficial del día 06 de Agosto del año 2000 (06/08/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 6 de agosto de 2000

l) Las resoluciones de Delimitacion o Rectificacion de Areas, Medidas Perimetricas y Linderos sobre terrenos de propiedad privada que presente supuestas superposiciones con terrenos que son objeto de las acciones de formalizacion de la propiedad; y, m) Los demas que senalen las disposiciones pertinentes. Sin perjuicio de lo establecido en el Articulo 17º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion de Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99-MTC, no procede medio impugnatorio alguno contra Titulos de Propiedad emitidos por COFOPRI, con lo cual queda agotada la via administrativa. Articulo 9º.- Instancias El conocimiento de procedimientos para la solucion de reclamaciones y oposiciones se actuaran al interior de COFOPRI, en primera instancia ante la Instancia Organica Funcional, y en MORDAZA instancia ante el Tribunal Administrativo de la Propiedad. La Instancia Organica Funcional es competente para conocer y resolver la: a) Oposicion, cuando se pretenda la impugnacion de las pretensiones a que hacen referencia los incisos a), b) y c) del Articulo 8º. b) Reclamacion, cuando se pretenda la impugnacion de la calificacion de un poseedor, para acreditar mejor derecho o para demostrar el incumplimiento de los requisitos de la respectiva adjudicacion, a que hacen referencia los incisos d), e), f), g), h) e i) del Articulo 8º. Contra las decisiones, actos o resoluciones de la Instancia Organica Funcional de COFOPRI, adoptada en primera instancia en los procedimientos que se tramiten dentro de su area de competencia, no procede la interposicion de recurso de reconsideracion. De plantearse este recurso, sera tramitado como recurso de apelacion. El Tribunal Administrativo de la Propiedad es competente para conocer y resolver los recursos de apelacion contra las resoluciones emitidas por la Instancia Organica Funcional competente en materia de oposicion y reclamacion, asi como contra las resoluciones a que hacen referencia los incisos j), k) y l) del Articulo 8º. Asimismo, conoce y resuelve los recursos de queja. Articulo 10º.- Contenido y Suscripcion de las Resoluciones Las resoluciones que se emitan en primera y en MORDAZA instancia, deberan ser motivadas y sustentadas en fundamentos de hecho y de derecho. Tambien deberan contener la expresion MORDAZA y precisa de lo que se decide u ordena respecto de todos los puntos controvertidos. En el caso que la resolucion de primera instancia carezca de alguno de los requisitos MORDAZA senalados, sera declarada nula o integrada por el Tribunal Administrativo de la Propiedad al resolver la apelacion planteada por el recurrente. En tal caso, se precisaran las razones de la nulidad y resolvera ademas segun corresponda a la naturaleza del conflicto de intereses, para lo cual podra solicitar a la primera instancia, y/o al recurrente, le alcancen informacion y/o documentacion complementaria que requiera para resolver. Articulo 11º.- Especialidad del Reglamento El presente Reglamento, en razon de su especialidad, es de aplicacion preferente sobre las normas generales de procedimientos administrativos y sobre aquellas de derecho comun que fueran aplicables. En virtud a lo establecido en el Articulo 15º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion de Acceso a la Propiedad Formal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-99MTC, en todo lo no previsto en este Reglamento, se aplicara supletoriamente y en ese orden, lo establecido por la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos y el Codigo Procesal Civil, en lo pertinente. TITULO II DE LOS ORGANOS DE APOYO Y RESOLUCION CAPITULO PRIMERO DEL SERVICIO DE ASISTENCIA AL USUARIO Articulo 12º.- Funciones del Servicio de Asistencia Legal al Usuario Para cautelar un acceso igualitario al derecho de defensa de los interesados, COFOPRI contara dentro de su Instancia Organica Funcional con Oficinas de Servicio de Asistencia Legal al Usuario encargadas de orientar gratuitamente ante la referida institucion a los interesados en sus impugnaciones,

en los actos derivados de estas o de las resoluciones recurridas, asi como en sus denuncias y quejas contra los empleados y funcionarios que pudieran incumplir las disposiciones legales y reglamentarias. Las denuncias, quejas o impugnaciones referidas en el parrafo anterior podran ser presentadas por escrito o verbalmente en las Oficinas de Servicio de Asistencia Legal al Usuario. En este ultimo caso deberan hacerse constar en acta que se levantara al efecto. Las demas funciones de las Oficinas de Servicio de Asistencia Legal al Usuario son precisadas y ampliadas en el Manual de Organizacion y Funciones que se aprobara mediante resolucion de la Gerencia General. Articulo 13º.- Designacion de las Oficinas de Servicio de Asistencia Legal al Usuario Las Oficinas de Servicio de Asistencia Legal al Usuario son organos ejecutivos designados por la Gerencia General de COFOPRI. Articulo 14º.- Rendicion de Informes de Actividades Las Oficinas de Servicio de Asistencia Legal al Usuario llevaran un registro de las actividades y gestiones realizadas, rindiendo cuenta de ellas a la Gerencia General y a la Gerencia de Planeamiento y Operaciones mediante un informe que deberan presentar trimestralmente. CAPITULO MORDAZA DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE LA PROPIEDAD Articulo 15º.- Competencia del Tribunal Administrativo de la Propiedad El Tribunal Administrativo de la Propiedad es el organo administrativo de resolucion de MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa, con competencia a nivel nacional, que conoce y resuelve los procedimientos administrativos relacionados con las competencias de COFOPRI, asi como las reclamaciones administrativas en via de apelacion contra las resoluciones emitidas por la Instancia Organica Funcional en materia de oposicion, reclamacion, asi como contra las resoluciones a que hacen referencia los incisos j), k) y l) del Articulo 8º. Es funcionalmente independiente y rige su actuacion por el presente Reglamento y por las normas que lo complementan. Las resoluciones del Tribunal Administrativo de la Propiedad que interpreten de modo expreso y con caracter general el sentido de determinadas normas y reglamentos de COFOPRI constituiran precedentes de observancia obligatoria, mientras dicha interpretacion no sea modificada por el propio Tribunal Administrativo de la Propiedad mediante otra resolucion debidamente motivada. Articulo 16º.- Obligacion de suplir los defectos o deficiencias de las normas El Tribunal Administrativo de la Propiedad no podra dejar de resolver por vacio o deficiencia de la ley, en cuyo caso aplicara las MORDAZA supletorias del derecho. Articulo 17º.- De las funciones generales del Tribunal Administrativo de la Propiedad El Tribunal Administrativo de la Propiedad tiene las siguientes funciones: 1. Conocer y resolver en MORDAZA y MORDAZA instancia administrativa los procedimientos relacionados con recursos de apelacion contra las resoluciones emitidas por la Instancia Organica Funcional en materia de oposicion y reclamacion, asi como contra las resoluciones a que hacen referencia los incisos j), k) y l) del Articulo 8º; 2. Conocer y resolver las quejas; 3. Establecer precedentes de observancia obligatoria, mientras dicha interpretacion no sea modificada por resolucion debidamente motivada por el propio Tribunal Administrativo de la Propiedad, en los casos particulares que conozca, cuando interprete de modo expreso y con caracter general el sentido de la legislacion aplicable; 4. Emitir directivas de orden procesal; 5. Dictar lineamientos de caracter general y sin fuerza vinculante que contengan los criterios utilizados para la resolucion de los recursos de apelacion; 6. Emitir Informes Tecnico-Juridicos sobre las denuncias que se formulen contra funcionarios o trabajadores de COFOPRI por supuestos delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones, relacionados sobre predios respecto de los cuales COFOPRI ejerza funciones; 7. Proponer a la Gerencia de Planeamiento y Operaciones de COFOPRI las normas que juzgue necesarias para suplir deficiencias en la normatividad sobre formalizacion; 8. Solicitar informacion a cualquier organismo publico; 9. Designar al Presidente y Vicepresidente del Tribunal; 10. Adoptar los acuerdos que MORDAZA necesarios para su mejor desarrollo y funcionamiento;

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