Norma Legal Oficial del día 07 de Agosto del año 2000 (07/08/2000)


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RESOLUCION JEFATURAL Nº 477-2000-JEF/RENIEC MORDAZA, 1 de agosto de 2000

NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 7 de agosto de 2000

Visto el Informe Nº 350-2000-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 18 de MORDAZA del 2000. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que los ciudadanos Hernandio MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, que dicen llamarse MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Hiray, respectivamente, han incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, utilizando sustento documental presuntamente falsificado; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la inscripcion electoral y contra la fe publica, en la modalidad de falsedad ideologica e impropia, previsto y sancionado en los Articulo 91º y 93º del Decreto Ley Nº 14207 y los Articulos 427º y 428º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra Hernandio MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra Hernandio MORDAZA MORDAZA e MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA, por presunto delito contra la inscripcion electoral y contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 9014 RESOLUCION JEFATURAL Nº 478-2000-JEF/RENIEC MORDAZA, 1 de agosto de 2000 Visto el Informe Nº 351-2000-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 19 de MORDAZA del 2000. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que persona no identificada que dice llamarse Mae MORDAZA Seto MORDAZA y Magna Bethzabe MORDAZA MORDAZA y/o Mae MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, respectivamente, habrian incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, utilizando para este efecto documento presuntamente falsificado; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la inscripcion electoral y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica propia e impropia, previsto y sancionado en el Articulo 91º del Decreto Ley Nº 14207 y el Articulo 428º del Codigo Penal vigente;

Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga contra quienes resulten responsables, las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion Nacional de Investigacion Criminal de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion de quienes se hacen llamar Mae MORDAZA Seto MORDAZA y/o Mae MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Magna Bethzabe MORDAZA MORDAZA y/o MORDAZA MORDAZA Rojas; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la inscripcion electoral y contra la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase los actuados al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 9015 RESOLUCION JEFATURAL Nº 479-2000-JEF/RENIEC MORDAZA, 1 de agosto de 2000 Visto el Informe Nº 352-2000-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 19 de MORDAZA del 2000; CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del Informe del Visto se desprende que el ciudadano MORDAZA MORDAZA Azanza ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a alterar el estado civil de menor de edad respecto a sus vinculos de familia; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra el estado civil y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 145º, 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan contra MORDAZA MORDAZA Azanza y quienes resulten responsables, en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra el ciudadano MORDAZA MORDAZA Azanza y quienes resulten responsables, por el presunto delito contra el estado civil y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural.

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