Norma Legal Oficial del día 28 de Agosto del año 2000 (28/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 2

TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DEL REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
DERECHOS ADMINISTRATIVOS UNIDAD ORGANICA: DIVISION CENTRAL DE PROCESOS DE LA GERENCIA DE OPERACIONES CALIFICACION DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO DEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE RECURSO DE RECONSIDERACION RESOLUCION DEL RECURSO DE RECONSIDERACION RECURSO DE APELACION RESOLUCION DEL RECURSO DE APELACION

REQUISITOS

ENTIDAD: REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL

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1. INSCRIPCION REGULAR: Para personas naturales mayores de 18 anos y hasta los 19, con plena capacidad civil, dentro de los 90 dias calendario posteriores a la fecha en que se adquiere la mayoria de edad o la MORDAZA fecha que conste en la Libreta Militar, en caso encontrarse dentro del territorio nacional. El tramite que se realice en una oficina registral en el extranjero se aceptara hasta los 20 anos. Gratuito Fiscalizacion previa Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento verbal del solicitante de acuerdo al formulario, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Pago de derechos administrativos: En territorio nacional: 1 % UIT, En territorio extranjero: 1 % UIT. Gerencia de Operaciones.

1. Formulario, el mismo que tiene el caracter de declaracion jurada 2. Original y MORDAZA de la Libreta Militar. 3. MORDAZA certificada y simple del Acta de Nacimiento 4. Una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA salvo prendas de naturaleza religiosa, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada.

Cuando se presenta un Acta de Nacimiento originada en una inscripcion extemporanea o en una reinscripcion civil, se debera presentar ademas la MORDAZA certificada del expediente que dio origen a dicha inscripcion.

Para efectos del tramite de inscripcion regular, se presumira la solteria de los solicitantes, salvo prueba en contrario. En tal caso, se debera presentar la siguiente documentacion: a. Para el casado: MORDAZA certificada y simple del Acta de Matrimonio. b. Para el divorciado: MORDAZA certificada y simple del Acta de Matrimonio con la anotacion marginal del divorcio o disolucion del vinculo matrimonial. c. Para el viudo: MORDAZA certificada y simple del Acta de Matrimonio y del Acta de Defuncion.

NORMAS LEGALES

Asimismo, en lo relativo al domicilio del solicitante, se presumira que le corresponde aquel consignado en la Libreta Militar. En caso contrario, se debe acreditar la existencia de la nueva direccion declarada en el formulario respectivo, con la MORDAZA en original y MORDAZA simple del recibo de servicio publico o tributo municipal, emitidos con una antiguedad no mayor de tres meses. Solo para los ciudadanos que domicilian en un centro poblado MORDAZA marginal, caserio, comunidad, anexo u otro MORDAZA de centro poblado menor en los que no se cuente con servicio publico, se requerira unicamente una declaracion jurada del domicilio, la misma que se tendra por efectuada en el propio formulario de tramite.

Los MORDAZA de instruccion primaria y secundaria no requieren acreditarse documentalmente, solo basta la declaracion jurada efectuada en el formulario.

MORDAZA, lunes 28 de agosto de 2000

Si se declara un grado de instruccion diferente a los mencionados, se debe acreditar con alguno de los siguientes documentos de sustento, presentados en original y MORDAZA simple: Carne del centro de estudios, MORDAZA de matricula, MORDAZA de estudios, certificado de notas, diplomas, etc.

Para los ciudadanos que han sido dados de baja o puestos en situacion de retiro de las Fuerzas Armadas o de la Policia Nacional del Peru, deberan de presentar ademas MORDAZA certificada y simple de la resolucion de baja o retiro. La MORDAZA certificada de la resolucion de baja o retiro debera ser emitida por el fedatario de la institucion castrense. Las resoluciones con antiguedad mayor a 1990, deberan venir acompanadas de una declaracion jurada en hoja aparte en donde conste

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