Norma Legal Oficial del día 28 de Agosto del año 2000 (28/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

REQUISITOS administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Pago de derechos administrativos: En territorio nacional: 1 % UIT, En territorio extranjero: 1 % UIT.

DERECHOS ADMINISTRATIVOS

CALIFICACION

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE

RECURSO DE RECONSIDERACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE RECONSIDERACION

RECURSO DE APELACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE APELACION

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2. La documentacion y requisitos del Item que corresponda. 3. Una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA salvo prendas de naturaleza religiosa, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada. 4. Pago de derechos administrativos.

Solo se requerira la libreta militar a las personas mayores de edad que se hallen en la edad militar de acuerdo a la ley.

fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento verbal del solicitante de acuerdo al formulario, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito.

Asimismo, en lo relativo al domicilio del solicitante, se presumira que le corresponde aquel consignado en la Libreta Militar. En caso contrario, se debe acreditar la existencia de la nueva direccion declarada en el formulario respectivo, con la MORDAZA en original y MORDAZA simple del recibo de servicio publico o tributo municipal, emitidos con una antiguedad no mayor de tres meses. Solo para los ciudadanos que domicilian en un centro poblado MORDAZA marginal, caserio, comunidad, anexo u otro MORDAZA de centro poblado menor en los que no se cuente con servicio publico, se requerira unicamente una declaracion jurada del domicilio, la misma que se tendra por efectuada en el propio formulario de tramite

NORMAS LEGALES

Cuando se presenta un Acta de Nacimiento originada en una inscripcion extemporanea o en una reinscripcion civil, se debera presentar ademas la MORDAZA certificada del expediente que dio origen a dicha inscripcion.

Para efectos del tramite de inscripcion regular, se presumira la solteria de los solicitantes, salvo prueba en contrario. En tal caso, se debera presentar la siguiente documentacion: a. Para el casado: MORDAZA certificada y simple del Acta de Matrimonio. b. Para el divorciado: MORDAZA certificada y simple del Acta de Matrimonio con la anotacion marginal del divorcio o disolucion del vinculo matrimonial. c. Para el viudo: MORDAZA certificada y simple del Acta de Matrimonio y del Acta de Defuncion.

Los MORDAZA de instruccion primaria y secundaria no requieren acreditarse documentalmente, solo basta la declaracion jurada efectuada en el formulario.

Si se declara un grado de instruccion diferente a los mencionados, se debe acreditar con alguno de los siguientes documentos de sustento, presentados en original y MORDAZA simple: Carne del centro de estudios, MORDAZA de matricula, MORDAZA de estudios, certificado de notas, diplomas, etc.

Las personas bautizadas MORDAZA del 14 de noviembre de 1936, podran sustentar la inscripcion que se solicita con la correspondiente Partida de Bautismo. Para las personas casadas MORDAZA de dicha fecha, se podra acreditar el estado civil de casado con el Acta de Matrimonio Religioso. Ambos documentos deberan encontrarse certificados por el notario eclesiastico.

7. REINSCRIPCION EN EL REGISTRO UNICO DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS NATURALES: Tramite que deben realizar aquellas personas cuyas partidas de inscripcion se encuentran desaparecidas o destruidas o, cuando existiendo estas, no presenta fotografia, firma y/o impresion digital o esta MORDAZA presenta limitaciones de orden tecnico. En territorio nacional: 1 % UIT. En territorio extranjero: 1.86 % UIT. Fiscalizacion previa Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento verbal del Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto Gerencia de Operaciones.

MORDAZA, lunes 28 de agosto de 2000

1. Formulario, el mismo que tiene el caracter de declaracion jurada 2. MORDAZA certificada y simple del Acta de Nacimiento 3. Original y MORDAZA simple de la Libreta Militar. 4. Una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de

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