Norma Legal Oficial del día 28 de Agosto del año 2000 (28/08/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

REQUISITOS

DERECHOS ADMINISTRATIVOS

CALIFICACION

DEPENDENCIA DONDE SE INICIA EL PROCEDIMIENTO

DEPENDENCIA QUE APRUEBA EL TRAMITE

RECURSO DE RECONSIDERACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE RECONSIDERACION

RECURSO DE APELACION

RESOLUCION DEL RECURSO DE APELACION

9. RECTIFICACION DE PRENOMBRES, APELLIDOS MORDAZA Y/O MATERNO: Presenta dos modalidades:

a. RECTIFICACION A: La rectificacion administrativa procede cuando los prenombres o apellidos del titular consignados en la inscripcion no corresponden a los del Acta de Nacimiento o Titulo de Naturalizacion, segun corresponda. En territorio nacional: 1 % UIT. En territorio extranjero: 1.86 % UIT. Fiscalizacion previa Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento verbal del solicitante de acuerdo al formulario, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Pago de derechos administrativos: En territorio nacional: 1 % UIT, En territorio extranjero: 1 % UIT. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Gerencia de Operaciones.

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1. Formulario, el mismo que tiene el caracter de declaracion jurada 2. MORDAZA certificada y simple del Acta de Nacimiento o del Titulo de Naturalizacion, segun corresponda. Las personas bautizadas MORDAZA del 14 de noviembre de 1936, podran sustentar la rectificacion que se solicita con la correspondiente Partida de Bautismo 3. Pago de derechos administrativos 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento Nacional de Identidad, una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA salvo prendas de naturaleza religiosa, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada.

Cuando se presenta un Acta de Nacimiento originada en una inscripcion extemporanea o en una reinscripcion civil, se debera presentar ademas la MORDAZA certificada del expediente que dio origen a dicha inscripcion.

b. RECTIFICACION B: La rectificacion procede cuando el solicitante ha obtenido un pronunciamiento judicial firme respecto de su pretension de suprimir, adicionar o modificar alguno de sus prenombres o apellidos, cuando se ha inscrito en los Registros de Estado Civil una rectificacion notarial o administrativa de conformidad con el Decreto Supremo N° 015-98-PCM En territorio nacional: 1 % UIT. En territorio extranjero: 1.86 % UIT. Fiscalizacion previa Opera el silencio administrativo negativo, si transcurridos 30 dias, la entidad no emite pronunciamiento alguno. Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento verbal del solicitante de acuerdo al formulario, debiendo sustentarse necesariamente en nueva prueba instrumental. Es de tramite gratuito. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el rechazo es puesto en conocimiento del solicitante u opera el silencio administrativo negativo. Pago de derechos administrativos: En territorio nacional: 1 % UIT, En territorio extranjero: 1 % UIT. Gerencia de Operaciones.

NORMAS LEGALES

1. Formulario, el mismo que tiene el caracter de declaracion jurada 2. MORDAZA certificada y simple del Acta de Nacimiento con la anotacion marginal del pronunciamiento judicial firme, de la rectificacion notarial o administrativa obtenida segun el Decreto Supremo N° 015-98-PCM. 3. Pago de derechos administrativos 4. Solamente para los ciudadanos que no tienen Documento Nacional de Identidad, una foto tamano pasaporte (35 x 43 mm.) sin MORDAZA, de superficie MORDAZA no porosa, a color, en fondo MORDAZA, actual, de frente, a la altura del medio torax, sin prendas en la MORDAZA salvo prendas de naturaleza religiosa, sin lentes oscuros, ni uniforme, sin sombras ni manchas, no artistica ni retocada.

Cuando se presenta un Acta de Nacimiento originada en una inscripcion extemporanea o en una reinscripcion civil, se debera presentar ademas la MORDAZA certificada del expediente que dio origen a dicha inscripcion.

Las personas bautizadas MORDAZA del 14 de noviembre de 1936, podran sustentar la rectificacion que se solicita con la correspondiente Partida de Bautismo certificada por notario eclesiastico.

Adicionalmente, en el caso de adoptados mayores de edad, se debera presentar MORDAZA certificada y MORDAZA simple del Acta de Nacimiento original con anotacion de archivamiento, asi como de la nueva Acta de nacimiento. Original y MORDAZA simple de la Libreta Militar, en las que consten los nuevos nombres del solicitante.

10. RECTIFICACION DEL NUMERO DE INSCRIPCION MILITAR: Este tramite procede unicamente por cambio de clase u otro analogo debidamente sustentado. En territorio nacional: 1 % UIT. En territorio extranjero: Fiscalizacion previa Opera el silencio administrativo negativo, Unidad de recepcion de documentos. Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la fecha en que el Division Central de Procesos. Dentro de los 15 dias habiles posteriores a la Gerencia de Operaciones.

MORDAZA, lunes 28 de agosto de 2000

1. Formulario, el mismo que tiene el caracter de declaracion jurada 2. Original y MORDAZA simple de la Libreta Militar, en la que

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