Norma Legal Oficial del día 10 de Enero del año 2000 (10/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, lunes 10 de enero del 2000 CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, el Art. 1º del D.S. Nº 046-88-IN del 1.DIC.88 dispone que los bienes decomisados e incautados y en MORDAZA judicial, como consecuencia del trafico ilicito de drogas (TID) excepto los terrenos de cultivo y el dinero empleado y obtenido en la comision del delito, podran ser adjudicados al Estado, sus entidades, empresas, asi como, entidades educacionales y asistenciales sin fines de lucro reconocidas oficialmente; o puestos a remate publico, transcurrido el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha del decomiso o incautacion dispuesta por el juez, abonando dichas entidades el justiprecio en caso de sentencia absolutoria, conforme lo dispone el Art. 3º del mismo Decreto Supremo; Que, con Of. Nº 4357-SGMD-D del 11.JUN.98, el Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, solicita la adjudicacion definitiva de vehiculos incautados por comision de delito de trafico ilicito de drogas, asignados a dicha institucion; Que, habiendose publicado con fecha 27.NOV.98 en el Diario Oficial El Peruano la relacion de vehiculos incautados por TID que se encuentran asignados para uso oficial de dependencias publicas y/o en custodia de las mismas, en situacion de deteriorio y/o de inoperatividad, los cuales deben ser adjudicados en forma definitiva a fin de incluirlos en el margesi de bienes de dichas entidades; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Adjudicar a favor del MINISTERIO DE DEFENSA - MORDAZA DE MORDAZA DEL PERU - COMANDO POLITICO MILITAR DEL FRENTE UCAYALI, los siguientes vehiculos incautados por trafico ilicito de drogas: 1. CAMIONETA, MORDAZA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE PGB-203, MOTOR Nº 3L3559354. 2. CAMIONETA, MORDAZA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE PY-6873, MOTOR Nº 4Y-0352751. 3. CAMIONETA, MORDAZA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE OQ-8028, MOTOR Nº 4Y-0276763. 4. CAMIONETA, MORDAZA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE OO-9344, MOTOR Nº 22R-3846251. 5. CAMIONETA, MORDAZA TOYOTA, CON PLACA DE RODAJE OO-9401, MOTOR Nº 3Y-0264883. 6. CAMION, MORDAZA FORD F-350, CON PLACA DE RODAJE WP-4611, MOTOR Nº 9AT3JHS-26544. 7. MOTOCICLETA, MORDAZA HONDA XL-185, SIN PLACA DE RODAJE, MOTOR Nº LI185SE5426661. 8. MOTOCICLETA, MORDAZA YAMAHA, SIN PLACA DE RODAJE, MOTOR Nº 3Y2-072451. 9. MOTOCICLETA, MORDAZA SUZUKI, CON PLACA DE RODAJE NY-15653. 10. MOTOR FUERA DE MORDAZA, MORDAZA BRIGGS, STRATTON, SERIE Nº H-569435. 11. MOTOR FUERA DE MORDAZA, MORDAZA SUZUKI Z-U, SERIE ILEGIBLE. 12. BOTE DE MORDAZA, SIN PLACA. 13. BOTE DE MORDAZA, SIN PLACA. 14. DESLIZADOR, SIN PLACA. 15. MOTOR FUERA DE MORDAZA, MORDAZA HONDA GX-340.

16. MOTOR FUERA DE MORDAZA, MORDAZA EVINRUDE, SERIE 338475. 17. MOTOR FUERA DE MORDAZA, MORDAZA BRIGGS STRATTON, MOTOR Nº K568159. 18. BOTE DE MORDAZA, SIN PLACA. Articulo 2º.- La referida entidad debera proceder a la inscripcion de dichos vehiculos en la Superintendencia de Bienes Nacionales del Ministerio de la Presidencia, a efecto de que pasen a ser propiedad del Estado. Articulo 3º.- En caso exista sentencia absolutoria, la entidad adjudicataria debera abonar el justiprecio de los vehiculos adjudicados conforme a ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 0251 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1336-99-IN/1104 MORDAZA, 31 de diciembre de 1999 Visto, el Of. Nº 267-99-IN/0104 del 30.NOV.99 del Despacho Viceministerial del Interior en el cual se autoriza la culminacion del MORDAZA de adjudicacion de vehiculos incautados por TID asignados y/o en custodia de diversas entidades publicas iniciado en el ano 1998; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 1º del D.S. Nº 046-88-IN del 1.DIC.88 dispone que los bienes decomisados e incautados y en MORDAZA judicial, como consecuencia del trafico ilicito de drogas (TID) excepto los terrenos de cultivo y el dinero empleado y obtenido en la comision del delito, podran ser adjudicados al Estado, sus entidades, empresas, asi como, entidades educacionales y asistenciales sin fines de lucro reconocidas oficialmente; o puestos a remate publico, transcurrido el plazo de un (1) ano, contado a partir de la fecha del decomiso o incautacion dispuesta por el juez, abonando dichas entidades el justiprecio en caso de sentencia absolutoria, conforme lo dispone el Art. 3º del mismo Decreto Supremo; Que, con Of. IV-55-OPAL - Nº 0186 del 23.FEB.96, el Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, solicita la adjudicacion definitiva de vehiculo incautados por comision de delito de trafico ilicito de drogas, asignado a dicha institucion; Que, habiendose publicado con fecha 27.NOV.98 en el Diario Oficial El Peruano la relacion de vehiculos incautados por TID que se encuentran asignados para uso oficial de dependencias y/o en custodia de las mismas, en situacion de deterioro y/o de inoperatividad, los cuales deben ser adjudicados en forma definitiva a fin de incluirlos en el margesi de bienes de dichas entidades; Estando a lo propuesto por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Adjudicar a favor del MINISTERIO DE DEFENSA - FUERZA AEREA DEL PERU, el siguiente vehiculo incautado por trafico ilicito de drogas:

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