Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2000 (26/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, del estudio y analisis de los actuados administrativos se infiere que existen indicios razonables de la comision de delito en agravio del Estado, por lo que es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra don MORDAZA MORDAZA Taquiamarca y don MORDAZA MORDAZA Huarcaya; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25962 y Articulos 20º y 21º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra don MORDAZA MORDAZA Taquiamarca y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico los antecedentes de la presente Resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 1004 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 019-2000-EM/SG MORDAZA, 19 de enero de 2000 Visto el expediente sobre extraccion ilicita de minerales no metalicos en agravio del Estado en el area de la concesion minera metalica denominada SENOR DE MORDAZA 97, Codigo Nº 01-01668-97 de 100 has. ubicada en el paraje "Llachayoc", distrito de Huaro, provincia de Quispicanchis, departamento del Cusco. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral de fecha 4 de noviembre de 1999, la Direccion General de Mineria declaro comprobada la extraccion de mineral no metalico sin derecho alguno en agravio del Estado en la concesion minera metalica denominada SENOR DE MORDAZA 97, Codigo Nº 01-01668-97; Que, del estudio y analisis de los actuados administrativos se infiere que existen indicios razonables de la comision de delito en agravio del Estado, por lo que es necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la concesion minera metalica SENOR DE MORDAZA 97 y contra la Municipalidad Distrital de Huaro; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, Decreto Ley Nº 25962 y Articulos 20º y 21º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 027-93-EM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Energia y Minas, para que en nombre y representacion del Estado, formule la correspondiente denuncia penal y demas acciones legales pertinentes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, titular de la concesion minera metalica SENOR DE MORDAZA 97 y contra la Municipalidad Distrital de Huaro, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitase al referido Procurador Publico los antecedentes de la presente Resolucion con transcripcion de la misma, para su conocimiento y demas fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CHAMOT Ministro de Energia y Minas 1005

ECONOMIA Y FINANZAS
Establecen normas para gestion y MORDAZA presupuestario de empresas y entidades bajo el ambito del FONAFE, correspondiente al ejercicio 2000
FONAFE DIRECTIVA Nº 001-2000/FONAFE Aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE DIRECTIVA DE GESTION Y MORDAZA PRESUPUESTARIO OBJETIVO Establecer normas que orienten la gestion y el MORDAZA presupuestario correspondiente al ejercicio 2000 de las Empresas y Entidades bajo el ambito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado FONAFE, con la finalidad de conciliar los objetivos especificos de estas, con los intereses del Estado y la ciudadania. BASE LEGAL Ley Nº 27247, Ley que modifica la Ley Nº 27170. Ley Nº 27212, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000. Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado. Ley Nº 27170, Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado. Ley Nº26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 039-98-PCM. Ley Nº 24948, Ley de la Actividad Empresarial del Estado. AMBITO Las normas de la presente Directiva son de aplicacion a las Empresas y Entidades comprendidas en el Articulo 9º y la Novena Disposicion Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 27212 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2000. DEFINICIONES BASICAS Para efecto de la aplicacion de la presente Directiva, debe entenderse por: a) FONAFE, Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado. b) Empresas, aquellas Empresas del Estado consideradas como tales por la Ley de Actividad Empresarial del Estado, Ley Nº 24948 . c) Entidades distintas a Empresas, todas aquellas comprendidas dentro del ambito del FONAFE distintas a Empresas. d) Entidades, comprenden a las senaladas en los literales b) y c) precedentes. e) Instrumentos de Gestion, son herramientas que miden resultados y estan orientadas a contribuir de manera efectiva a una mejor gestion de las Entidades y generacion de beneficios para el Estado y la ciudadania. Entre las principales herramientas se encuentran el Presupuesto, el Convenio de Gestion y el Gasto Integrado de Personal - GIP. f) Presupuesto, muestra los recursos a utilizar para la ejecucion de las actividades de las Entidades en el ano fiscal 2000, el mismo que se aplicara segun los principios de eficiencia y racionalidad. g) Gasto Integrado de Personal ­ GIP, permite administrar los gastos de personal en aplicacion de los principios de racionalidad, eficiencia y flexibilidad. Esta conformado por el conjunto de partidas presupuestales relacionadas con gastos de personal, MORDAZA estos prestados en forma directa o indirecta, y comprende: i) contratos a plazo indeterminado; ii) contratos a plazo fijo o sujetos a

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