Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2000 (26/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 54

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2000

b) Servicio Vespertino (18:01 a 21:00 horas) Automoviles, camiones y otros S/. 2.00 por hora o fraccion, existiendo una tolerancia de 10 minutos libres. Asimismo, los camiones de reparto, pagaran el importe proporcional a los espacios que ocupen; existiendo una tolerancia de 10 minutos libres. c) Servicio Nocturno (21:01 a 06:00 horas del dia siguiente) Camionetas, automoviles y otros S/. 3.00 por toda la noche, existiendo una tolerancia de 10 minutos libres. Asimismo, los camiones de reparto, pagaran el importe proporcional a los espacios que ocupen; existiendo una tolerancia de 10 minutos. Articulo Septimo.- Las zonas en las que se cobraran las tasas de estacionamiento vehicular son: I. Servicio Diurno, Vespertino y Nocturno 1) Av. San MORDAZA con Iglesia Santisima MORDAZA en paralelo. 2) Frontis de la Iglesia Santisima MORDAZA en diagonal. 3) Frontis del MORDAZA Municipal en diagonal. 4) Av. Grau, cuadra 1, lado MORDAZA en paralelo. 5) Av. Grau, cuadra 2, lado MORDAZA en paralelo. 6) Av. Grau, cuadra 3, lado MORDAZA en paralelo. 7) Av. Grau, cuadra 4, lado MORDAZA en paralelo. 8) Av. Grau, cuadra 5, lado derecho en diagonal. 9) Av. Grau, cuadra 6, lado MORDAZA en diagonal. 10) Av. Grau, cuadra 6, lado derecho en paralelo. 11) Av. Grau, cuadra 10, lado derecho en diagonal. 12) Av. Grau, cuadra 14, lado derecho en paralelo. 13) Av. MORDAZA de Pierola, cuadra 4, lado MORDAZA en diagonal. 14) Av. El Sol, cuadra 1, lado derecho en paralelo. 15) Av. El Sol, cuadra 1, lado MORDAZA en diagonal. 16) Av. El Sol, cuadra 2, lado derecho en paralelo. 17) Av. San MORDAZA, cuadra 7, lado MORDAZA en diagonal. 18) Av. San MORDAZA, cuadra 7, lado derecho en diagonal Estadio MORDAZA Chipoco. 19) Av. 28 de MORDAZA, cuadra 1, lado MORDAZA en paralelo. 20) Av. 28 de MORDAZA, cuadra 2, lado MORDAZA en paralelo. 21) Perimetro de la Iglesia San MORDAZA, calles MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y San Marcos. 22) Av. Republica de Panama, cuadra 1, en diagonal en ambos lados. 23) Av. Republica de Panama, cuadra 2, en diagonal en ambos lados. 24) Av. Republica de Panama, cuadra 3, en diagonal en ambos lados. 25) Jr. MORDAZA, cuadra 3, ambos lados en paralelo. 26) Av. MORDAZA MORDAZA, cuadra 5, ambos lados en paralelo. II. Servicio Nocturno 1) Malecon MORDAZA, cuadra1, lado MORDAZA en paralelo. 2) Malecon MORDAZA , cuadra 2 , lado MORDAZA en paralelo. 3) Av. MORDAZA de Osma, cuadra 1, lado derecho en paralelo. 4) Av. MORDAZA de Osma cuadra 2, lado derecho en paralelo. 5) Av. MORDAZA de Osma, cuadra 3, lado derecho en paralelo. 6) Av. MORDAZA de Osma, cuadra 4, via auxiliar en paralelo. 7) MORDAZA Domeyer, cuadra 1, lado derecho en paralelo. 8) MORDAZA Sucre, cuadra 3, lado MORDAZA en paralelo. 9) MORDAZA MORDAZA, cuadra 1 lado derecho en paralelo. 10) Av. MORDAZA de Pierola, cuadra 1, ambos lados en paralelo. 11) Bajada de Banos en paralelo. 12) Jr. MORDAZA, cuadra 1, lado MORDAZA en paralelo. 13) Plaza Butters, todo el perimetro. 14) Jr. MORDAZA MORDAZA, cuadra 8, ambos lados en paralelo. 15) Jr. MORDAZA Fanning, cuadra 4, ambos lados en paralelo. 16) Jr. MORDAZA MORDAZA, cuadra 4, ambos lados en paralelo. 17) MORDAZA MORDAZA, cuadra 65, lado derecho. Articulo Octavo.- Estan inafectos al pago de la Tasa de Estacionamiento, siempre y cuando se encuentren en servicio oficial los siguientes vehiculos: a) Las Ambulancias.

b) Los de la Compania de Bomberos c) Los de las Fuerzas Armadas y Fuerzas Policiales del Peru. d) Los de la Municipalidad de Barranco. e) Los de residentes en las zonas destinadas a parqueo, (un vehiculo por establecimiento y/o vivienda). Articulo Noveno.- Para que los residentes se puedan acoger a la inafectacion a la Tasa de Estacionamiento, previamente tienen que inscribir a sus vehiculos en la Oficina de Rentas, adjuntando: 1) Solicitud impresa por el Municipio, (valor de acuerdo a la estructura de costos). 2) MORDAZA autenticada de la Tarjeta de Propiedad del Vehiculo. 3) MORDAZA de la L.E o D.N.I autenticada. 4) MORDAZA de la Declaracion Jurada de Autovaluo en caso de Vivienda o Licencia de Funcionamiento en caso de ser establecimiento comercial. Solamente, se considera un vehiculo por vivienda o establecimiento, posteriormente a la inscripcion, se le otorgara una calcomania identificatoria, con la cual no se le cobrara la Tasa de Estacionamiento Vehicular en la MORDAZA y espacio designado. Articulo Decimo.- El conductor del vehiculo que usufructa el espacio destinado como MORDAZA de estacionamiento y no pague la Tasa correspondiente, sera sancionado con una multa equivalente al 4% de la U.I.T (Cuatro por ciento de la Unidad Impositiva tributaria). Articulo Decimo Primero.- La mencionada multa, debe ser pagada dentro del plazo que establece la Ley. En caso de no ser pagada en dicho plazo, se efectuara la cobranza a traves de Ejecutoria Coactiva. Articulo Decimo Segundo.- Deroguense todas las Normas que se opongan a la presente. Ratifiquese la Ordenanza Nº 04-99- MDB. Articulo Decimo Tercero.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza, a las Unidades de Administracion Tributaria, Recaudacion y Control, Fiscalizacion Tributaria y Ejecutoria Coactiva de la Oficina de Rentas y la Direccion de Seguridad Ciudadana, y Defensa Civil. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 0964

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Declaran en situacion de urgencia la adquisicion de insumos para el Programa del Vaso de Leche
ACUERDO DE CONCEJO Nº 02-2000-C/MC Comas, 19 de enero de 2000 EL CONCEJO DISTRITAL DE COMAS Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo del 19 de enero del 2000, el Pedido de las Regidoras Luz MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA, referente a la Reconsideracion para la Declaracion de Urgencia para la Adquisicion de Productos para el Programa del Vaso de Leche. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru, prescribe que las Municipalidades distritales son organos de gobierno local con autonomia politica economica y administrativa en los asuntos de su competencia;

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