Norma Legal Oficial del día 26 de Enero del año 2000 (26/01/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, miercoles 26 de enero de 2000
SE ACUERDA:

NORMAS LEGALES

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1.- FIJAR la suma de S/. 2,100 Nuevos Soles por concepto de Dieta de los Regidores, por cada Sesion de Concejo y con un MORDAZA de 2 (dos) Sesiones pagadas mensuales, descontandose lo estipulado por Ley. 2.- Disponer que el presente Acuerdo entrara en vigencia a partir del mes de enero del 2000. 3.- Publicar en el Diario El Peruano, el presente Acuerdo. Registrese, comuniquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA 0929

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE AZANGARO
Inician MORDAZA administrativo disciplinario a servidores de la municipalidad
RESOLUCION MUNICIPAL Nº 241-99-MPA Azangaro, 30 de diciembre de 1999 VISTOS:

Declaran en situacion de urgencia el servicio de limpieza publica del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-2000/MVES MORDAZA El MORDAZA, 4 de enero del 2000 Visto: La Mocion de Orden del dia, presentada por el Regidor: MORDAZA MORDAZA PUNTO; CONSIDERANDO: Que, el servicio de limpieza publica presenta en la actualidad serios problemas de financiamiento, equipamiento y capacidad operativa para dar continuidad y garantia de un servicio minimo, cuyo impacto en el saneamiento ambiental y salud de la poblacion puede constituir una situacion de alto riesgo sanitario, especialmente en la temporada de verano; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26850, Art. 21º, una situacion de urgencia se configura cuando la ausencia de un bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de un servicio esencial, estando el servicio de limpieza publica, en esta situacion y por lo que amerita declararla de urgencia, a fin de tomar todas las medidas pertinentes para su atencion y solucion en el mas corto plazo; Que, dentro de las medidas del servicio de limpieza publica, es necesario tomar acciones relativas a la adquisicion de equipos, prestacion de servicios y otros, que conforme los Articulos 19º y 20º de la Ley Nº 26850 se contempla para estas situaciones y por el plazo que dure la declaratoria de urgencia; De conformidad con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el MORDAZA legal del Concejo Municipal; SE ACUERDA: 1.- Declarar en situacion de urgencia al servicio de Limpieza Publica de toda la Jurisdiccion de MORDAZA El MORDAZA, por un tiempo de 90 dias calendario. 2.- Autorizar a la Alcaldia, tomar todas las acciones administrativas para proceder al equipamiento y contrataciones de servicios dentro del MORDAZA de urgencia, a fin de dar solucion al problema presentado. 3.- Designar al REG. MORDAZA MORDAZA PUNTO, como responsable de formular y coordinar las acciones operativas para el servicio de limpieza publica, en coordinacion con el equipo tecnico que conforme. Registrese, comuniquese y cumplase. R. MORDAZA PUMAR MORDAZA MORDAZA 0932

Informe Nº 008-99-MPA/DPERE, evacuado por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de la Unidad de Personal, sobre incrementos indebidos respecto al Sistema Privado de Pensiones (AFP), otorgado a favor de los servidores nombrados de esta Municipalidad Provincial de Azangaro, cometido por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex jefe de la Unidad de Personal. CONSIDERANDO: Que, el servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por mandato de Alcaldia, en varias oportunidades ha ostentado el cargo de Jefe de la Unidad de Personal de esta Municipalidad Provincial de Azangaro; Que, el ex jefe de la Unidad de Personal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el mes de junio del ano de 1997, ha incrementado en lo que concierne a TRANSITORIA PARA HOMOLOGACION a todo el personal nombrado sin ninguna autorizacion, mas aun en el mes de febrero del mismo ano, se incremento en el rubro de BONIFICACION DIFERENCIAL de S/. 5.06 a 23.06 haciendo una diferencia de S/. 18.00, posterior a ello lo transfiere a TRANSITORIA PARA HOMOLOGACION, dicho monto es de S/. 23.06, sumando un total de S/. 227.40, y en el mes de MORDAZA el mismo servidor se incremento a S/. 253.33; en consecuencia, hasta esa fecha ha sido el unico servidor que se ha beneficiado; es decir, mas que un trabajador antiguo; consiguientemente, se aprovecho del cargo sacando provecho personal; Que, en cuanto se refiere al nivel remunerativo del ex jefe de personal MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprovechando del cargo que ostentaba, se ha ascendido de STB a STA sin ningun documento que ampare dicho ascenso; Que, de planillas de pagos se desprende que indebidamente, durante los meses de MORDAZA de 1995 a marzo de 1997, ha incrementado a 21 servidores nombrados de esta Municipalidad Provincial de Azangaro (doble incremento), esto en lo que respecta a las AFPs; y de enero a marzo del ano de 1997, de igual forma ha incrementado a 10 servidores nombrados, incremento que no les correspondia; lo que significa que, el ex Jefe de Personal no ha observado lo estipulado en las Leyes Nºs. 25504 y 25897 que regulaba los incrementos para las pensiones; empero, no ha sucedido lo mismo con el servidor MORDAZA MORDAZA HUARANCA, pese a estar afiliado a una AFP, quien no ha sido beneficiado con dicho incremento, de estos hechos es directo responsable el ex Jefe de la Unidad de Personal don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ya que con estos actos ha perjudicado economicamente a esta Municipalidad Provincial de Azangaro; Que, los hechos cometidos por el ex Jefe de la Unidad de Personal, servidor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, conforme prescribe el Articulo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, Articulo 150º y siguientes del Decreto Supremo Nº 00590-PCM, constituye falta disciplinaria grave, por haber efectuado incrementos indebidos aprovechandose del cargo en beneficio personal, no habiendo actuado con correccion y certeza; Estando a lo dispuesto en el inciso 6) del Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades numero 23853, opinion favorable de Asesoria Legal y Acuerdo de Concejo de Regidores de fecha 8 de setiembre de 1999; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario en la via sumarisima, al servidor de

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