Norma Legal Oficial del día 04 de Febrero del año 2000 (04/02/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de febrero de 2000

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de su notificacion. Cuarto.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 1363 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 091-2000-MTC/15.18 MORDAZA, 19 de enero de 2000 VISTOS, el Expediente de Registro Nº 05690010, organizado por la empresa de transportes "TURISMO PERU BUS" S.A., sobre la Concesion de Ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 029-2000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes "TURISMO PERU BUS" S.A., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado la concesion de la ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 029-2000-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes "TURISMO PERU BUS" S.A., la concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de esta Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS HORARIOS DE SALIDA : MORDAZA - MORDAZA y VICEVERSA : MORDAZA : MORDAZA : PACASMAYO - TEMBLADERA SAN MORDAZA : UNA DIARIA : DE MORDAZA : 08.00 HORAS DE MORDAZA : 20.00 HORAS

TIEMPO DE VIAJE : 6 HORAS APROXIMADAMENTE FLOTA OPERATIVA : VG-4193 (1998) y VG-4192 (1998) FLOTA DE RESERVA : UD-3047 (1990) Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de su notificacion. Cuarto.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario, se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 1360

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Autorizan realizacion de cursos de capacitacion dirigidos a jueces de paz de la MORDAZA Judicial de MORDAZA y Juliaca
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1087-CME-PJ MORDAZA, 3 de febrero del 2000 VISTO: El Informe Nº 005-2000 de la Secretaria Ejecutiva del Poder Judicial, el Oficio Nº 05-2000 de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, y demas documentacion adjunta; y, CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26546 se crea la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, encargada de la gestion y gobierno del Poder Judicial, funciones que han sido ampliadas por las Leyes Nºs. 26623, 26695 y 27009, encargandosele ademas la Reestructuracion y Reorganizacion Integral del Poder Judicial, incluyendo las materias referidas a la MORDAZA Judicial y Estatuto Organico del Magistrado; Que, es interes fundamental de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial elevar el nivel academico de los Magistrados, promoviendo su participacion en actividades de capacitacion y actualizacion; Que, mediante Contrato Nº 1061-OC/PE, el Gobierno Peruano ha suscrito con el Banco Interamericano de Desarrollo, un contrato de prestamo para realizar tres componentes, el MORDAZA corresponde al "Proyecto para la Mejora de la Proteccion de los Derechos de las Mujeres y Menores por medio de la Justicia de Paz No Letrada", que incluye ademas "Actividades de caracter experimental para fomentar el acceso de la mujer a los cargos de Jueces de Paz"; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, mediante Oficio Nº 05-2000-P-CSJ/S de fecha 19 de enero del 2000, comunica la realizacion de los cursos "Capacitacion - Talleres dirigidos a los Jueces de Paz de la MORDAZA Judicial de MORDAZA y Juliaca" a realizarse del 10 al 12 de

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