Norma Legal Oficial del día 27 de Febrero del año 2000 (27/02/2000)


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Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 2421

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 27 de febrero de 2000

Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "E", mediante Informe ASIF "E" Nº 0262000/OT del 2000.2.14; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular SBS Nº CR-60-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Promotora de Finanzas S.A.A. - "Profinanzas S.A.A.", el traslado de su Agencia Imperial ubicada en la avenida MORDAZA Nº 165, del distrito de Imperial, provincia de Canete, departamento de Lima; hacia el MORDAZA El MORDAZA Nº 400, esquina con el MORDAZA 28 de MORDAZA, de la misma localidad. Articulo 2º.- Dejar sin efecto, la Resolucion SBS Nº 107198 de fecha 98.10.19. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 2392

SBS
Autorizan a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Profinanzas S.A.A. trasladar agencias ubicadas en la provincia de Canete
RESOLUCION SBS Nº 0101-2000 MORDAZA, 16 de febrero del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Promotora de Finanzas S.A.A. - "Profinanzas S.A.A.", para que se le autorice el traslado de su Agencia Mala ubicada en el MORDAZA Marchand Nº 308, del distrito de Mala, provincia de Canete, departamento de Lima; hacia el MORDAZA Marchand Nº 115, de la misma localidad; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado; Estando a lo informado por la Intendencia de Instituciones Financieras "E", mediante Informe ASIF "E" Nº 0262000/OT del 2000.2.14; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 32º de la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros y la Circular SBS Nº CR-60-97 y en virtud de las facultades delegadas por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Promotora de Finanzas S.A.A. - "Profinanzas S.A.A.", el traslado de su Agencia Mala ubicada en el MORDAZA Marchand Nº 308, del distrito de Mala, provincia de Canete, departamento de Lima; hacia el MORDAZA Marchand Nº 115, de la misma localidad. Articulo 2º.- Dejar sin efecto, la Resolucion SBS Nº 32996 de fecha 96.5.15. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendente Adjunta de Banca 2391 RESOLUCION SBS Nº 0110-2000 MORDAZA, 18 de febrero del 2000 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Rural de Ahorro y Credito Promotora de Finanzas S.A.A. - "Profinanzas S.A.A.", para que se le autorice el traslado de su Agencia Imperial ubicada en la avenida MORDAZA Nº 165, del distrito de Imperial, provincia de Canete, departamento de Lima; hacia el MORDAZA El MORDAZA Nº 400, esquina con el MORDAZA 28 de MORDAZA, de la misma localidad; y, CONSIDERANDO: Que, la referida empresa ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica el traslado solicitado;

ADUANAS
Modifican Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA DE ADUANAS Nº 000320 Callao, 23 de febrero de 2000 Visto, la Hoja Informativa Nº 06-2000-ADUANAS-OCTIP-DPD resultante de la evaluacion efectuada por la Oficina de Cooperacion Tecnica Internacional y Planeamiento de la estructura organica y funcional de las Dependencias de la Superintendencia Nacional de Aduanas; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001223 del 24.NOV.1999 se aprobo el Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS; Que, la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809 del 18.ABR.1996, mediante su Tercera Disposicion Complementaria faculta a la Superintendencia Nacional de Aduanas para aprobar o modificar la Estructura Organica, el Estatuto y otros reglamentos internos de ADUANAS, asi como para expedir disposiciones complementarias necesarias para el mejor cumplimiento de la mencionada Ley y su Reglamento; Que, en el documento del visto se recomienda modificar el ambito funcional de las Intendencias Nacionales de Tecnica Aduanera y de Fiscalizacion Aduanera, referidos en los Articulos 20º y 22º del Estatuto de ADUANAS, para los efectos de la implementacion del Acuerdo sobre Valoracion en Aduana de la OMC; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Estatuto de ADUANAS, Resolucion de Superintendencia de Aduanas Nº 001223 del 24.NOV.1999, facultad otorgada por la Tercera Disposicion Complementaria de la Ley General de Aduanas, Decreto Legislativo Nº 809 y Resolucion Suprema Nº 168-99EF del 22.ABR.1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- SUSTITUYASE, el texto de los Articulos 20º y 22º del Estatuto de la Superintendencia Nacional de Aduanas - ADUANAS, por los siguientes: "Articulo 20º.- La Intendencia Nacional de Tecnica Aduanera es la encargada de formular normas para la aplicacion de los Regimenes y Operaciones Aduaneras, Destinos Aduaneros Especiales o de Excepcion, Nomenclatura Arancelaria, Reglas de Origen, Valoracion Aduanera, Tratados y Convenios Internacionales; el procesamiento de exoneracion de derechos y/o franquicias aduaneras, la facilitacion del transporte y comercio exterior, el tratamiento y disposicion de las mercancias bajo potestad aduanera, la autorizacion de actividades de operadores de comercio exterior, y los aspectos aduaneros relativos a las empresas verificadoras; asi como absuelve las consultas institucionales sobre el sentido y el alcance de las disposiciones aduaneras y/o tributario aduaneras, de su competencia."

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