Norma Legal Oficial del día 02 de Marzo del año 2000 (02/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 2 de marzo de 2000

NORMAS LEGALES

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comunican la intervencion policial realizada al Sr. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, al conducir vehiculo motorizado en estado de ebriedad; Que, el senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, ha incurrido en infraccion tipificada en el Articulo 3º literal F-4 del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC de fecha 16 de junio de 1994, al haber conducido vehiculo motorizado estando con licencia de conducir suspendida; en consecuencia, es pasible a la sancion administrativa de CANCELACION de su licencia de conducir e INHABILITACION por el lapso de tres anos para obtener nueva licencia de conducir, conforme lo establece el Articulo 6º inciso h) del reglamento acotado; Que, el Articulo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, establece textualmente: "En los casos en que la infraccion originara la retencion de la licencia de conducir esta sera remitida a la Autoridad Competente de Circulacion Terrestre para la aplicacion de la sancion administrativa prevista en el presente reglamento"; Estando a lo opinado por el Area de Antecedentes de la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir en informe indicado en Vistos y por la Asesoria Legal de la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial en Informe Nº 010-2000-MTC/15.18.05.AL; Con las visaciones correspondientes de las Direcciones de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial y de Asesoria Legal MORDAZA dependencias de la Direccion General de Circulacion Terrestre; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 111º del Codigo de MORDAZA y Seguridad Vial aprobado por Decreto Legislativo Nº 420 modificado por la Ley Nº 26322, Articulo 20º del Reglamento de Infracciones y Sanciones de MORDAZA aprobado por Decreto Supremo Nº 17-94-MTC, Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Sancionar al senor MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, con la CANCELACION de su licencia de conducir Nº Q-289802, clase A, categoria I, asi como el respectivo canje realizado en cumplimiento de lo dispuesto en la Resolucion Directoral Nº 665-96-MTC/15.15; e INHABILITACION por el lapso de tres anos para obtener nueva licencia de conducir, la que se computara a partir del 29 de MORDAZA de 1999, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Segundo.- De conformidad con lo establecido en la Cuarta Disposicion Complementaria del Reglamento para obtener Licencia de Conducir para Vehiculos Motorizados de Transporte Terrestre aprobado por Decreto Supremo Nº 15-94-MTC, la presente resolucion se publicara en el Diario Oficial El Peruano. Tercero.- Encargar la ejecucion de esta resolucion a la Direccion de MORDAZA Automotor y Circulacion Vial. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 2499

Vista la solicitud de TRANSPORTES AEREOS DEL MERCOSUR S.A. - TAM, sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, concedido mediante Resolucion Ministerial Nº 204-92TC/15.12; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 204-92-TC/ 15.12 de fecha 8 de MORDAZA de 1992, se otorgo Permiso de Operacion para efectuar un Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo a TRANSPORTES AEREOS DEL MERCOSUR S.A. - TAM, por un plazo de tres (3) anos, contados a partir del 14 de marzo de 1991; Que, segun los terminos del Memorandum Nº 038099-MTC/15.16.02 y Memorandum Nº 0467-99-MTC/ 15.16.02, emitidos por la Direccion de Asesoria Legal; Memorandum Nº 274-99-MTC/15.16.05.2, emitido por la Subdireccion de Material Aeronautico; y Memorandum Nº 281-99-MTC/15.16.05.03, emitido por la Subdireccion de Operaciones e Informe Nº 402-99-MTC/ 15.16.03 emitido por la Asesoria para Asuntos de Politica Aerea, se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con los requisitos establecidos en la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670; su Reglamento; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; y demas disposiciones legales vigentes; Que, la Direccion Nacional de Aeronautica Civil de la Republica del MORDAZA, ha autorizado a TRANSPORTES AEREOS DEL MERCOSUR S.A. - TAM, para realizar servicios de transporte aereo regular internacional de pasajeros, carga y correo; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley Nº 25035 y el Decreto Legislativo Nº 757; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 24882 - Ley de Aeronautica Civil, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su Reglamento; Ley Nº 26917, modificada por la Ley Nº 27085; las Regulaciones Aeronauticas del Peru y demas disposiciones legales vigentes; y, con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar bajo el MORDAZA de Reciprocidad, a TRANSPORTES AEREOS DEL MERCOSUR S.A. - TAM, la Renovacion y Modificacion de su Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cinco (5) anos, en periodos sucesivos que se computaran a partir del vencimiento de la Resolucion Ministerial Nº 204-92-TCC/15.12; por tanto, el Permiso que se renueva vencera el 13 de marzo de 2004, estando sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO:

Renuevan y modifican permiso de operacion otorgado a empresa para prestar servicio de transporte aereo internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 238-99-MTC/15.16 MORDAZA, 17 de noviembre de 1999

- Internacional. MATERIAL AERONAUTICO: - FOKKER F-100. RUTAS Y FRECUENCIAS: - MORDAZA - MORDAZA y vv., con dos (2) frecuencias semanales y con derechos de trafico de Tercera y Cuarta MORDAZA del Aire.

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