Norma Legal Oficial del día 13 de Marzo del año 2000 (13/03/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 13 de marzo de 2000

iv. En el supuesto que los adjudicatarios no hubiesen terminado de cancelar el precio de venta de la unidad inmobiliaria, el pago del saldo se realizara ante las entidades responsables. En todos los casos en que se hubieran otorgado declaraciones juradas, COFOPRI realizara verificaciones posteriores y selectivas de la informacion en los registros de las entidades pertinentes, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 25035, Ley de Simplificacion Administrativa. Seran de aplicacion las disposiciones de esta Ley para la verificacion y en caso de comprobarse la falsedad de las declaraciones. Articulo 26º.- Entrega de los titulos de propiedad y otros a los beneficiarios. Una vez inscrito en el Registro el derecho de propiedad a favor de los adjudicatarios sobre las unidades inmobiliarias, la Gerencia de Titulacion coordinara con la Gerencia de MORDAZA la entrega de los titulos de propiedad debidamente formalizados y/o las constancias de inscripcion correspondientes. TITULO IV DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Aplicacion de otras normas de formalizacion. Seran aplicables para la Formalizacion de la Propiedad en Programas de Vivienda ejecutados por el Estado las normas dispuestas en el Reglamento de Formalizacion de la Propiedad, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-99-MTC, en lo que fuere pertinente, asi como lo dispuesto en la Cuarta Disposicion Complementaria y Final de la Ley Nº 26845, sus ampliaciones y modificatorias. Segunda.- Aprobacion de formatos. Mediante Resolucion de la Gerencia General se estableceran el contenido, las caracteristicas y el Formato del Instrumento de Inscripcion y/o Rectificacion del Titulo de Propiedad. Mediante Resolucion de la Gerencia de Planeamiento y Operaciones se estableceran el contenido y caracteristicas de los formatos sobre solicitudes, avisos, declaraciones juradas, padron de poseedores, declaraciones de veracidad y demas que se requieran conforme a lo previsto en el presente Reglamento. Tercera.- Ejecucion de los Procedimiento y Designacion de Responsables. En todos los casos, la Gerencia de Titulacion o, cuando corresponda, las Gerencias Zonales, Jefaturas de las Oficinas de Jurisdiccion Ampliada, o las personas que estas designen, ejecutaran los procedimientos establecidos en el presente Reglamento. Cuarta.- Exoneraciones en favor de COFOPRI. Precisase que se encuentran exoneradas de todo pago por concepto de tasas, aranceles y derechos registrales por la inscripcion de los actos y/o contratos, asi como por las demas acciones que involucren a los servicios que presten los Registros Publicos que forman parte del Sistema Nacional de los Registros Publicos y del Registro Predial MORDAZA que les MORDAZA solicitados por COFOPRI dentro del Programa de Formalizacion de la Propiedad. Asimismo, las transferencias, informacion, documentacion y toda otra accion exonerada de todo MORDAZA de pago o cobro, ordenada por el Articulo 35º del MORDAZA Legal incluyen los servicios requeridos a las entidades publicas, como el acceso y adquisicion de informacion, la realizacion de tramites administrativos, la adquisicion de informacion cartografica, entre otros. Quinta.- Saneamiento de Inmuebles de propiedad de entidades responsables de los Programas de Vivienda. Mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de la Presidencia, previa opinion favorable

de la Superintendencia de Bienes Nacionales, se podra disponer la transferencia a favor de las entidades responsables, de predios ocupados por sus Programas de Vivienda, de propiedad de otras entidades del Estado. Dicha Resolucion establecera las condiciones segun las cuales se efectuara la transferencia y tendra merito suficiente para su inscripcion en el Registro respectivo. En aquellos casos en que MORDAZA sido dispuesta la transferencia de predios sobre los que se han ejecutado Programas de Vivienda en favor de alguna entidad o fondo del Estado, COFOPRI, mediante oficio de su Gerencia de Titulacion, podra solicitar la inscripcion de la transferencia, adjuntando MORDAZA de la Resolucion correspondiente. El oficio de Cofopri, acompanado de MORDAZA de la Resolucion, tendran merito suficiente para su inscripcion en el Registro Publico correspondiente. Una vez inscrita la transferencia a que se refiere el parrafo anterior, COFOPRI comunicara a las entidades involucradas para que efectuen las regularizaciones que correspondan. Sexta.- Emision de Directivas Complementarias. Mediante directivas de la Gerencia General podra complementarse lo establecido en el presente Reglamento. 2967

Autorizan viaje del Director General del INICTEL a Costa Rica, para participar en el Curso de Gerencia de Telecomunicaciones UIT/AHCIET
RESOLUCION SUPREMA Nº 033-2000-MTC MORDAZA, 11 de marzo del 2000 Visto, el Oficio Nº 021-2000-MTC/INICTEL-CD del Presidente del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones INICTEL; CONSIDERANDO: Que, segun el documento de Visto, la Asociacion Hispanoamericana de Centros de Investigacion y Empresas de Telecomunicaciones - AHCIET, ha otorgado una beca al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General del INICTEL, para que asista al Curso de Gerencia de Telecomunicaciones UIT/AHCIET (Universidad INCAE), el cual se desarrollara en la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica, durante los dias 13 al 31 de marzo del 2000; Que, en el citado curso se reuniran delegados de empresas de telecomunicaciones vinculadas en el manejo administrativo de las mismas y los temas a tratar permitira mejorar la comprension sobre el diseno e implementacion de herramientas regulatorias; Que, el Consejo Directivo en Acuerdo Nº 04.03.2000 ha estimado pertinente que el funcionario designado participe en el curso organizado por la AHCIET, cuya beca es financiada en parte por la UIT debiendo asumir los demas gastos el INICTEL; Que, debe expedirse el acto administrativo correspondiente; De conformidad con la Ley Nº 27212, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85PCM, 010-88-PCM, 031-89-EF y 135-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director General del Instituto Nacional de Investigacion y Capacitacion de Telecomunicaciones - INICTEL, a la MORDAZA de San MORDAZA, Costa Rica,

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