Norma Legal Oficial del día 23 de Marzo del año 2000 (23/03/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, jueves 23 de marzo de 2000 FUNCION PROGRAMA SUBPROGRAMA PROYECTO : :

NORMAS LEGALES

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05 Asistencia y Prevision Social 014 Promocion y Asistencia Social y Comunitaria : 0050 Promocion y Asistencia Comunitaria : 00526 Rehabilitacion y Reconstruccion Fenomeno El MORDAZA 65 874 65 874 65 874 =======

siciones Finales y, como Anexo, forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Articulo 2º.- El presente Decreto Supremo es refrendado por los Ministros de la Presidencia y de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintiun dias del mes de marzo del ano dos mil. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia MORDAZA GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economia y Finanzas REGLAMENTO DE LA LEY QUE DISPONE LA CULMINACION Y EJECUCION DE PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA MORDAZA BASICA DE AGUA POTABLE, ALCANTARILLADO Y/O ELECTRIFICACION CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 1º.- La Comision Liquidadora del FONAVI, en adelante COLFONAVI, ejecutara los proyectos de infraestructura MORDAZA basica en los que, a traves del correspondiente MORDAZA de seleccion realizado con la participacion de UTE-FONAVI, se hubiere otorgado la buena pro a la empresa contratista de obra con anterioridad al 28 de agosto de 1998. COLFONAVI podra celebrar convenios con otras entidades publicas especializadas con el fin de facilitar la implementacion de las acciones previstas en el presente Reglamento. Articulo 2º.- En forma previa al inicio de los desembolsos de obra, la Empresa Concesionaria de la jurisdiccion debera emitir Resolucion ratificando la vigencia del proyecto asi como la factibilidad de suministro. Una vez culminadas las obras, la Empresa Concesionaria de conformidad con las disposiciones especificas sobre la materia, debera proceder a la recepcion y puesta en servicio de las instalaciones construidas. CAPITULO II DE LAS OBLIGACIONES Y RESPONSABILIDADES DE LOS BENEFICIARIOS DE LAS OBRAS Articulo 3º.- En forma previa al inicio de los desembolsos de obra, los integrantes del respectivo Comite de Obras, debidamente facultados por Acta de Asamblea General de Pobladores y acreditados ante la UTE-FONAVI, deberan suscribir el "Contrato Global de Financiamiento FONAVI para la ejecucion de Obras de Infraestructura MORDAZA Basica". En virtud de dicho contrato, el Comite de Obras quedara a cargo, unicamente, de coordinar la suscripcion y MORDAZA del padron de prestatarios y los "Contratos Individuales de Adhesion al Contrato Global de Financiamiento para la ejecucion de Obras de Infraestructura MORDAZA Basica", asi como de acreditar la libre disponibilidad del terreno en donde se ejecutaran los trabajos de obra. Articulo 4º.- Los beneficiarios individuales, a traves de sus respectivos Comites de Obras y en forma previa al inicio de los desembolsos de obra, deberan presentar a la COLFONAVI los "Contratos Individuales de Adhesion al Contrato Global de Financiamiento FONAVI para la ejecucion de Obras de Infraestructura MORDAZA Basica", los cuales se sujetaran, inicialmente, a los terminos y condiciones financieras del credito aprobado por el Consejo de Administracion de UTE-FONAVI. Transcurridos sesenta (60) dias calendario sin que se hubiera cumplido con la MORDAZA de los contratos individuales conforme a los requisitos que establezca la COLFONAVI, se entendera a los interesados como desistidos de su solicitud de financiamiento.

6 GASTOS DE CAPITAL 6.5 INVERSIONES TOTAL EGRESOS

Articulo 2º.- La Oficina de Asuntos Financieros del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, responsable del MORDAZA presupuestario de la Unidad Ejecutora 003: Secretaria General - PCM, elaborara la correspondiente "Nota para Modificacion Presupuestaria", como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 3º.- Transcribase la presente Resolucion a la Direccion Nacional del Presupuesto Publico, a la Comision de Presupuesto del Congreso de la Republica y a la Contraloria General de la Republica, dentro de los cinco (5) dias de aprobada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros 3294

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Reglamento de la Ley que dispone la Culminacion y Ejecucion de Proyectos de Infraestructura MORDAZA Basica de Agua Potable, Alcantarillado y/o Electrificacion
DECRETO SUPREMO Nº 025-2000-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27224, se encargo a la Comision Liquidadora del Fondo Nacional de Vivienda - COLFONAVI, la ejecucion de los proyectos de infraestructura MORDAZA basica de agua potable, alcantarillado o electrificacion, en los cuales, con anterioridad al 28 de agosto de 1998, fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 26969, se otorgo la buena pro a la firma contratista en el correspondiente MORDAZA de seleccion; Que, en la Ley Nº 27224, tambien se dispuso la culminacion de los proyectos de infraestructura MORDAZA basica de agua potable, alcantarillado y/o electrificacion financiados con recursos del Fondo Nacional de Vivienda FONAVI que se encontraban con avance de obra fisica al 28 de agosto de 1998, con sujecion a los lineamientos que determine la COLFONAVI; Que, es necesario aprobar las normas reglamentarias para la aplicacion de lo dispuesto en la Ley referida en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el numeral 8. del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru y en la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 27224; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase el Reglamento de la Ley Nº 27224, Ley que dispone la Culminacion y Ejecucion de Proyectos de Infraestructura MORDAZA Basica de Agua Potable, Alcantarillado y/o Electrificacion, el cual consta de tres (3) Capitulos, diez (10) articulos y tres (3) Dispo-

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