Norma Legal Oficial del día 14 de Mayo del año 2000 (14/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, MORDAZA 14 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Singapur, Singapur, se llevara a cabo Competition Law and Policy, Jakarta, Indonesia; Grupo de Trabajo sobre Estandares y Barreras Tecnicas y en Bandar Seri, Begawan, Brunnei; Politica de Competencia y Desregulacion, del 14 al 30 de MORDAZA del 2000; Que, se ha considerado conveniente la participacion de un representante de INDECOPI en dicho evento; Que, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, financiara los gastos por concepto de pasajes aereos, los viaticos y el impuesto de salida; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27111; el Decreto Supremo Nº 053-84-PCM, el Decreto Supremo Nº 07485-PCM, el Decreto Supremo Nº 135-90-PCM y el Decreto Ley Nº 25831; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe del Area de Estudios Economicos del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, a las ciudades de Singapur, Singapur, Jakarta, Indonesia, Bandar Seri, Begawan, Brunnei, del 13 al 31 de MORDAZA del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del viaje referido en el Articulo 1º de la presente Resolucion Suprema, seran asumidos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Proteccion de la Propiedad Intelectual -INDECOPI-, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje Aereo Tarifa Corpac Viaticos TOTAL US$ US$ US$ 386.40 25.00 1,560.00 -----------US$ 1,971.40

relativos a la Policia Nacional del Peru para que interponga las acciones judiciales pertinentes en su contra, de conformidad a lo establecido en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulo 37º del Decreto Legislativo Nº 560 y Decretos Leyes Nºs. 17537 y Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion de Logistica, en su Dictamen Nº 2164-99-DIRLOGPNP/OAJ del 8.NOV.99; Lo propuesto por el General Director de Logistica de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, relativos a la Policia Nacional del Peru, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones judiciales que correspondan contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA GABALDONI, representantes legales de la Empresa "San MORDAZA Transporte E.I.R.L.", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- Remitir al Sr. Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, todos los actuados, para los fines que se contrae el articulo anterior. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 4931

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema, no MORDAZA o exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 5410

Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales para que servidores reintegren gastos de especializaciones medicas
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0501-2000-IN/PNP MORDAZA, 28 de MORDAZA del 2000 Visto, el PARTE Nº 89/99-DIRSAN.HC.PNP.INSP.Dpto.Inv. de 4.MAR.99 y demas actuados, instruidos contra la Capitan Medico PNP (R) MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por faltas graves Contra la Moral, la Disciplina y el Servicio Policial; CONSIDERANDO:

INTERIOR
Autorizan a procurador iniciar MORDAZA judicial a empresa por inejecucion de obligaciones
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0493-2000-IN/PNP MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2000 Visto, el Parte Nº 042-99-DIRLOG-PNP/INSPECTORIA.UMD del 24.SET.99 concerniente a la investigacion administrativo-disciplinaria efectuada por la Inspectoria de la Direccion de Logistica de la PNP sobre el incumplimiento en el traslado de bienes por parte de la Empresa "San MORDAZA Transporte E.I.R.L." valorizados en S/. 11,705.40 Nuevos Soles destinados a la X-RPNP-Cusco; CONSIDERANDO: Que, de la investigacion administrativo-disciplinaria efectuada se concluye que, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA GABALDONI, representantes legales de la Empresa "San MORDAZA Transporte E.I.R.L." no cumplieron con entregar oportunamente una serie de bienes consignados en la Pecosa Nº 3270 del 12.ENE.98 valorizados en S/. 11,705.40 Nuevos Soles; bienes que fueron entregados a la X-RPNPCusco luego de 17 meses ocasionando danos y perjuicios a la Institucion Policial; Que, resulta necesario autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior

Que, en el MORDAZA administrativo disciplinario seguido contra la citada servidora se ha establecido que, desde el 5.FEB.99 dejo de asistir injustificadamente a su Unidad y servicios en el Hospital Central PNP, desconociendose su situacion y paradero actual; hecho por el cual ha sido denunciada ante la II-Zona Judicial de Policia - 1ra. Sala, con Oficio Nº 437-99-HCPNP/SEC de 26.ABR.99; Que, la mencionada Oficial Subalterno de Servicios realizo Residentado Medico en la Especialidad de Radiologia desde el 1.JUN.95 hasta el 30.MAY.98, estando por consiguiente comprometida para prestar servicios por el doble del tiempo que duro dicha instruccion o reintegrar al Estado el total de los gastos ocasionados en la misma; no habiendo cumplido con ninguno de estos requisitos por lo que es procedente autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales pertinentes a efectos de que la referida Capitan Medico, reintegre al Estado el total de los gastos ocasionados por su especializacion, incluidos los intereses legales generados a la fecha de reversion; Que, de conformidad con lo prescrito por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con lo estipulado por el D.L. Nº 17537 modificado por el D.L. Nº 17667; Lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion de Personal PNP, en el Dictamen Nº 1329-99-OALDAPO-DIPER-PNP de 13.AGO.99; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos a la Policia Nacional del Peru, para que inicie las acciones legales

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