Norma Legal Oficial del día 17 de Mayo del año 2000 (17/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

Pag. 186704
Anexo Nº 4 EPS EMAPA SAN MORDAZA S.A.

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2000

Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumo por Categoria de Usuarios Localidad de Lamas
Clasificacion Anterior Consumo Minimo m3/mes Asignacion de Consumo m3/mes Nueva Clasificacion Consumo Minimo m3/mes Asignacion de Consumo m3/mes

diciembre de 1994, incluye el periodo diciembre de 1994; asi como el Impuesto a la Renta correspondiente a dicho ejercicio. Articulo 2º.- Se encuentran comprendidas dentro de lo dispuesto en la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF: a) Aquellas deudas tributarias constituidas exclusivamente por recargos, intereses y/o reajustes. b) Las Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa, Ordenes de Pago u otras que contengan deudas pendientes por Bonos de Tesoreria, Bonos de Desarrollo y Bonos de Reconstruccion. Articulo 3º.- Para efecto de lo dispuesto en la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF, se considerara que la deuda se extingue a partir del dia siguiente de la publicacion del citado decreto. Articulo 4º.- Las costas y gastos devengados por deudas generadas al 31 de diciembre de 1994 dentro de un procedimiento de cobranza coactiva, solo se extinguiran cuando toda la deuda tributaria relacionada con estos se extinga por aplicacion de la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF. Articulo 5º.- Precisase que lo dispuesto en el inciso b) de la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 0222000-EF sera de aplicacion aun cuando solo parte de la deuda tributaria contenida en los documentos correspondientes, se encuentre en la situacion aludida en la MORDAZA citada. Articulo 6º.- Las disposiciones contenidas en el Capitulo I del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF, son de aplicacion en lo pertinente a lo dispuesto mediante la Primera Disposicion Transitoria del referido decreto. Articulo 7º.- La SUNAT notificara a los deudores tributarios las resoluciones en que se declare la deuda como de recuperacion onerosa, a traves de su publicacion en la pagina web, cuya direccion es http://www.sunat.gob.pe, la misma que podra ser consultada en sus dependencias. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA R. MORDAZA Superintendente 5452

Codigo

Categoria

Codigo

Categoria

01 02 08 09 15 16 22 23

Domestica Domestica A Domestica B Comercial Comercial II A Comercial II B Comercial I A Comercial I B Industrial Industrial A Industrial B

Domestica 8 32 20 80 12 48 40 160 20 40 50 100 30 60 50 200 01 02 08 09 15 16 22 23 Domestica Comercial Comercial Industrial Industrial 20 50 200 10 50 100 30 60 4 20 40

Nota: Se aplicara a partir de la facturacion del mes de MORDAZA del 2000

5417

SUNAT
Dictan normas complementarias para la aplicacion de disposiciones transitorias del D.S. Nº 022-2000-EF, que regula facultades de la administracion tributaria para declarar deudas como de recuperacion onerosa o cobranza dudosa
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 065-2000/SUNAT MORDAZA, 16 de MORDAZA de 2000 CONSIDERANDO: Que la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF, ha senalado que tratandose de deudas tributarias administradas por la SUNAT, se entenderan como deudas tributarias de recuperacion onerosa, a aquellas que se hubieran generado hasta el 31 de diciembre de 1994, cuyo saldo de tributo o multa sin actualizacion o recargo alguno, pendiente de pago a la fecha de entrada en vigencia del citado Decreto no superase la suma de Sesenta Nuevos Soles (S/. 60.00) por cada Resolucion de Determinacion, Resolucion de Multa, Orden de Pago u otras que contengan deuda tributaria; Que lo senalado en el parrafo precedente, tambien sera de aplicacion a las deudas no tributarias que administre o MORDAZA administrado la SUNAT; Que el inciso b) de la MORDAZA Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF, ha dispuesto que lo senalado en el primer parrafo no sera de aplicacion a las Resoluciones de Determinacion, Resoluciones de Multa, Ordenes de Pago u otras que contengan deudas tributarias que MORDAZA materia de procesos penales, que se encuentran en tramite por delito de defraudacion tributaria, o aquellas cuyo MORDAZA penal por el delito indicado hubiere concluido con sentencia condenatoria; Que la Tercera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF, faculta a la SUNAT a dictar las normas complementarias que permitan la aplicacion de las disposiciones transitorias del referido decreto; Que el inciso f) del Articulo 104º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por el Decreto Supremo Nº 13599-EF, incorporado por el Articulo 3º de la Ley Nº 27256, establece que la notificacion de los actos administrativos se podra realizar mediante la publicacion en la pagina web de la Administracion Tributaria, en los casos de extincion de la deuda por ser considerada de cobranza dudosa o recuperacion onerosa; Que en uso de las facultades conferidas por la Tercera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF, el Articulo 11º del Decreto Legislativo Nº 501 y el inciso n) del Articulo 6º del Texto Unico Ordenado del Estatuto de la SUNAT aprobado por la Resolucion de Superintendencia Nº 041-98/ SUNAT y modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Para efecto de lo dispuesto en la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 022-2000-EF, se entendera que la deuda tributaria generada hasta el 31 de

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Declaran cumplida ejecucion de obras de habilitacion MORDAZA para uso residencial de terreno ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 146-2000-MML-DMDU MORDAZA, 10 de MORDAZA de 2000 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO: VISTO, El Expediente Nº 12112-98, Documento Simple Nº 026366-90 y acumulados seguidos por LA ASOCIACION CULTURAL "LA FAMILIA" y Documento Simple Nº 1343599 y acumulados seguido por LA ASOCIACION DE VIVIENDA "MEDICOS VI", por el cual solicitan en calidad de copropietarios la RECEPCION DE OBRAS de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Alta "R5" correspondiente al denominado Lote Nº 1 con un area de 4,187.50 m2 destinado a CONJUNTO RESIDENCIAL MULTIFAMILIAR conformante de una Manzana unica, con un area mayor de 13,530.00 m2 constituido por el lote Nº 19 de la Parcela "C" del ex Fundo Monterrico Chico, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Nº 008-91-MLM/SMDU del 14-feb-91, se aprobaron los proyectos referentes a trazado y lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras correspondiente a la Habilitacion MORDAZA para uso de Vivienda "R5" del terreno de 13,530.00 m2 considerandose a la referida habilitacion con Construccion Simultanea de las edificaciones que se llevaran a cabo en el lote Nº 1 destinado a Conjunto Residencial Multifamiliar;

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