Norma Legal Oficial del día 17 de Mayo del año 2000 (17/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, miercoles 17 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, por Resolucion Nº 427-91-MLM/SMDU del 22-oct-91, se autorizo a la Asociacion Cultural "La Familia" a celebrar Contratos de Venta Garantizada del lote Nº 1 de 4,187.50 m2, integrante de la Habilitacion en referencia; cuya recepcion es materia del presente tramite; Que, con Anexo Nº 4709-98 del 14-ago-98, la Asociacion de Vivienda "Medicos VI" presenta una solicitud de oposicion a la modificacion de los proyectos de trazado y lotizacion presentado por la Asociacion Cultural "La Familia" mediante Expediente Nº 12112-98, sin embargo debe precisarse que al haberse otorgado a esta la autorizacion para celebrar contratos de Venta Garantizada, tal modificacion solo procederia con la autorizacion de los copropietarios; Que, mediante Documento Simple Nº 42436-99 del 27-oct99 y el Anexo Nº 1699-2000 del 7-mar-2000, la Asociacion Cultural "La Familia" ha manifestado en MORDAZA su decision de culminar el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA del terreno matriz, de conformidad con los proyectos oficialmente aprobados, y en MORDAZA termino, ha presentado carta con firma legalizada dando su conformidad al tramite de Recepcion parcial de Obras que involucra al lote Nº 1 promovido por la Asociacion de Vivienda "Medicos VI", por lo que la oposicion planteada por esta MORDAZA resulta insubsistente; Que, estando con el Informe Nº 288-99-MML-DMDU-DHUDCO del 29 de diciembre de 1999 emitido por la Division de Control de Obras de la Direccion de Habilitaciones Urbanas y practicada la Inspeccion Ocular por el personal Tecnico de la Division MORDAZA mencionada, se verifico que las Obras de Agua Potable, Alcantarillado, Electrificacion y Pavimentacion de Calzadas y Aceras se encuentran concluidas, asi mismo se ha cumplido con la MORDAZA de la documentacion y pagos establecidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y en el Reglamento Nacional de Construcciones; Con la visacion de la Division de Control de Obras y con lo recomendado por la Direccion de Habilitaciones Urbanas; De conformidad con lo previsto en el Informe Nº 457-99MML-OGAJ, Articulo 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Articulo 3º del Decreto de Alcaldia Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997, la Ordenanza Nº 133 del 19 de diciembre de 1997 y la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DECLARESE cumplidas por la ASOCIACION CULTURAL "LA FAMILIA" de conformidad con el Plano signado con el Nº 122-99-MML-DMDU-DHU, la ejecucion de las Obras de Habilitacion MORDAZA para Uso Residencial de Densidad Alta "R5" que ha llevado a cabo en el denominado lote Nº 1 con un area de CUATRO MIL CIENTO OCHENTISIETE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA DECIMETROS CUADRADOS (4,187.50 m2) conformante de una manzana unica con un area mayor de 13,530.00 m2 constituido por el lote Nº 19 de la Parcela "C" del ex fundo Monterrico Chico, ubicado en el distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA y en consecuencia autorizase la LIBRE VENTA o transferencia definitiva a favor de la ASOCIACION DE VIVIENDA "MEDICOS VI" del area que se recepciona. Articulo Segundo.- DEJESE, como carga Inscribible en los Registros Publicos la Ejecucion de las Obras de pavimentacion del Estacionamiento con frente al lote que se recepciona (calle "C") la cual debera llevarse a cabo por la Asociacion de Vivienda "Medicos VI" en un plazo MORDAZA de 6 (SEIS) meses contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion. Articulo Tercero.- LA PRESENTE RESOLUCION, no exime a LA ASOCIACION CULTURAL "LA FAMILIA" a concluir con su tramite de Habilitacion MORDAZA del terreno de 9,342.50 m2 que constituye el saldo pendiente de Recepcion. Articulo Cuarto.- DECLARAR, insubsistente la oposicion planteada por la Asociacion de Vivienda "Medicos VI" en merito a lo expuesto en el tercer y MORDAZA considerando de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- LA ASOCIACION DE VIVIENDA "MEDICOS VI" queda obligada a respetar la indivisibilidad del lote que se recepciona, el cual estara destinado al USO DE CONJUNTO RESIDENCIAL MULTIFAMILIAR. Articulo Sexto.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano en un plazo MORDAZA de 30 dias calendario contados a partir de la fecha de notificacion de la presente Resolucion, el cual estara a cargo de los interesados. Articulo Septimo.- TRANSCRIBASE la presente Resolucion a la Oficina Registral de MORDAZA y Callao (ORLC) para su inscripcion correspondiente, a la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA para que incorpore al radio MORDAZA de su jurisdiccion la Habilitacion parcial que se recepciona y a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA Directora Municipal Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA 5428

MUNICIPALIDAD DE ATE
Sancionan con cese temporal, suspension y destitucion a servidores y ex servidor de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 0451 Ate, 7 de marzo de 2000 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE VISTO, el Informe Final Nº 003-2000-MDA/CPPAD de fecha 2-3-00, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, asi como el Memorandum Nº 137-2000A/MDA de fecha 7-3-00, del Despacho de Alcaldia; y, CONSIDERANDO: Que, la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios a traves del Informe Final Nº 003-2000-MDA/CPPAD, se ha abocado al estudio y calificacion del caso de los servidores MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de LIBETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en graves faltas disciplinarias; Que, del estudio, pruebas, analisis, conclusiones y recomendaciones efectuadas por la Comision se desprende que la conducta mostrada por los servidores no corresponde a los de funcionarios de MORDAZA, habiendo transgredido todas las Normas Formales y Legales de conducta y comportamiento laboral estando probado que el procesado LIBETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA, aprovechando la condicion de servidor nombrado por la Municipalidad de Ate ha requerido efectuar trabajos para terceros sobre tramites que se realizan al interior de la Municipalidad efectuando para ello cobros indebidos en beneficio propio por la realizacion de dichos tramites tal como consta en el Acta de Queja de fecha 23 de diciembre de 1999 suscrito en la Oficina de la Direccion Municipal, en presencia del Director Municipal, la Subdirectora de Autorizaciones, Certificaciones y Registros y el abogado de la Oficina de Asuntos Legales y Judiciales; el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA se apersono a formular una queja y denuncia en contra del Servidor MORDAZA mencionado indicando que este se ofrecio a realizar el Tramite de Licencia de Funcionamiento indicandole que el costo del Tramite seria por la suma de S/. 450.00 y que a pesar del tiempo transcurrido no ha cumplido con realizar el tramite correspondiente ni devolver el dinero, asi mismo mediante el Oficio Nº 0049 del 5-1-00 MORDAZA MORDAZA Albujar MORDAZA senala que el Procesado LIBETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA le solicito la suma de S/. 800.00 con el proposito de pagarle el Impuesto Predial del ano 1999 del inmueble donde funciona el Restaurante MORDAZA REAL de propiedad del denunciante, habiendo solicitado dicha suma de dinero en el mes de febrero de 1999 sin embargo en el mes de noviembre de 1999 el SAT le notifica a fin de que cumpla con pagar el Impuesto Predial no habiendo realizado ningun tramite ni tampoco ha efectuado pago alguno ante el SAT, el Procesado habiendole solicitado en reiteradas oportunidades que le devuelva el dinero negandose a entregarle el Procesado lo solicitado; Que mediante el Oficio Nº 7330 del 18 de octubre de 1999 los senores don MORDAZA Carhuallanqui MORDAZA y don MORDAZA MORDAZA MORDAZA en representacion de la Asociacion de Propietarios MORDAZA Alta del distrito de Ate, plantean una Denuncia formal ante el Despacho de Alcaldia y las Areas Administrativas indicando que el Denunciado LIBETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha suscrito un Contrato con dicha Asociacion a fin de que este haga la elaboracion de Proyectos de Habilitacion MORDAZA por cuya labor el denunciado recibiria la suma de $ 4,000 Dolares Americanos habiendosele entregado la suma de $ 1,000 Dolares Americanos a los 25 dias de la firma del Contrato quedando un saldo de $ 2,000 Dolares Americanos, resulta que a la fecha y verificando los tramites se ha podido constatar que no se ha avanzado en el MORDAZA de Habilitacion MORDAZA que asi mismo los documentos precisan que el denunciado se ha quedado con varios documentos los mismos que pertenecen a la Asociacion; Que mediante el Oficio Nº 4552 del 30 de junio de 1999 don MORDAZA Tinocco de la MORDAZA senala que el 8 de setiembre de 1998 le solicito a los Denunciados LIBETO MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA MORDAZA la Licencia y elaboracion de Planos para la Ampliacion del primer y MORDAZA piso de su domicilio para lo cual le requirieron la suma de S/. 300.00 (Trescientos y 00/100 Nuevos Soles) los cuales les entrego a cambio de un recibo sin membrete del

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