Norma Legal Oficial del día 25 de Mayo del año 2000 (25/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

MORDAZA, jueves 25 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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CONSIDERANDO: Que, conforme a la Ley de materia, los Gobiernos Locales prestan diferentes servicios esenciales a la poblacion de su jurisdiccion; inclusive el mantenimiento de sus diferentes reparticiones, los mismos que son financiados exclusivamente con la recaudacion tributaria y no tributaria, conforme a Ley; Que, el cumplimiento de las metas de recaudacion anual, garantizan la prestacion de servicios publicos esenciales a la poblacion en general, ya que de lo contrario, se afectaria directamente la continuidad de los mismos; Que, dentro del programa de recaudacion, durante el ultimo ejercicio fiscal se celebro un contrato de servicios no personales para la fiscalizacion tributaria y no tributaria, de los predios de la Universidad Peruana Union, y que en ejecucion del mencionado contrato, ha sido determinada preliminarmente una obligacion tributaria y no tributaria del orden de S/. 2,605,236.00; Que, asimismo, conforme el acta de acuerdos de fecha 28 de diciembre de 1999, el Contrato de Servicios de Fiscalizacion Tributaria y no Tributaria, celebrado con la empresa ALPHA DEL S.A., ha quedado suspendido de mutuo acuerdo de manera indefinida; lo que a su vez determina la urgente necesidad de contratar de manera inmediata, los servicios de consultoria especializados que prestaba dicha empresa a la municipalidad; Que, mediante el Informe Nº 145-99-DR-MDLCH de fecha 28.12.99, la Direccion de Rentas solicito la contratacion de una asesoria legal especializada en materia tributaria permanente para el presente ejercicio fiscal, con el proposito de impulsar de manera sostenida la recaudacion tributaria, a fin de alcanzar las metas previstas que se ven grandemente afectadas por la existencia de un considerable numero de reclamos formulados por los contribuyentes, que deben ser resueltos de manera eficiente y oportuna; Que, el concurso permanente de la asesoria especializada en materia tributaria requerida, resulta indispensable y de suma urgencia para dicha dependencia, puesto que a pesar de que la contratacion fue autorizada, hasta la fecha no se ha concretado; Que, la Direccion de Rentas, mediante los informes de vistos, senala que debido al estado de los procesos fiscalizatorios iniciados y los nuevos que deban iniciarse durante el presente ejercicio fiscal, por la complejidad de los mismos y por la magnitud de los recursos a ser determinados y recaudados durante el presente ejercicio fiscal, asi como la indispensable prestacion de una asesoria legal especializada en materia tributaria que requiere en su apoyo, la renovacion y/o contratacion inmediata de los servicios de fiscalizacion y asesoria anteriormente mencionados, solicita MORDAZA declarados en una SITUACION DE URGENCIA, para permitir su contratacion sin el requisito de seleccion por Concurso Publico de Meritos, ya que su demora determinaria el incumplimiento de las metas de recaudacion previstas para el presente ejercicio y consecuentemente, de manera inminente y directa afectara la continuidad de los servicios esenciales que presta la Municipalidad a toda la poblacion de la jurisdiccion; Que, la contratacion en referencia se realizara mediante el procedimiento de adjudicacion directa y oportunamente debera ser aprobada por resolucion de alcaldia, con conocimiento de este Concejo Distrital de Lurigancho - Chosica, de la Comision de Presupuesto y Cuenta General del Congreso de la Republica, del Ministerio de Economia y Finanzas; y de la Contraloria General de la Republica; Estando a merito de lo expuesto, de conformidad con los Articulos 19º, 20º y 21º de la Ley Nº 26850; y, Sometido a votacion en la forma reglamentaria, por mayoria; SE RESUELVE: 1.- Declarar EN SITUACION DE URGENCIA, la renovacion y/o contratacion de servicios especializados de Consultoria, de Fiscalizacion Tributaria y no Tributa-

ria, y de una Asesoria Legal Especializada en materia Tributaria, a los que se contraen los considerandos de la presente Resolucion de Concejo. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 5383

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban iniciativa presentada por empresa para el suministro, administracion y mantenimiento de la senalizacion y mobiliario MORDAZA del distrito
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 103-2000-ALC/MSI San MORDAZA, 11 de MORDAZA del 2000 EL MORDAZA DE SAN MORDAZA Vista la solicitud presentada por PUBLIPOST INTERNACIONAL S.A., sobre aprobacion de Iniciativa Privada para el Suministro, Instalacion, Explotacion, Administracion y Mantenimiento de la Senalizacion y Mobiliario MORDAZA del distrito; CONSIDERANDO: Que, con fecha 1.3.2000 PUBLIPOST INTERNACIONAL S.A. solicita la aprobacion de Iniciativa Privada de Proyecto de Suministro, Instalacion, Explotacion, Administracion y Mantenimiento de la Senalizacion y Mobiliario MORDAZA en el distrito; Que, mediante Informe Nº 056-00-28-DOM-DDU/ MSI la Division de Obras Privadas, Anuncios y Ornato, senala que es factible la Iniciativa Privada de la referencia, considerando que el distrito debe adecuarse al avance tecnologico, dando un mejor ordenamiento y seguridad a la senalizacion y el mobiliario MORDAZA, manteniendo la MORDAZA paisajista del distrito acorde con sus zonas residenciales, comerciales y financieras; Que, la propuesta economica comprende una inversion basica de US$ 1'307,000.00 (Un millon trescientos siete mil y 00/100 dolares americanos) consistente en: 200 postes de senalizacion vial metropolitano, 300 postes de senalizacion MORDAZA local, 30 postes de informacion, 30 postes reloj-temperatura, 60 monolitos o totems, 80 paraderos y 30 kioscos de revistas; Que, el Articulo 12º de la Ordenanza Nº 098-MML de la Municipalidad de MORDAZA que aprobo el "Reglamento de las Inversiones Privadas en obras de Infraestructura y en Servicios Publicos Locales en la provincia de Lima", establece que las personas juridicas nacionales o extranjeras podran presentar ante las Municipalidades concedentes, iniciativas que identifiquen el proyecto a contratar y sus lineamientos generales tales como: la descripcion de la obra a ejecutar o el servicio a explotar las posibilidades del financiamiento del proyecto, asi como otros lineamientos que permitan su identificacion con claridad; Estando a lo opinado segun Informe Nº 228-200011-OAJ/MSI; En uso de las facultades conferidas por el inciso 6) del Articulo 47º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853 y el Articulo 13º de la Ordenanza Nº 098 de la Municipalidad Metropolitana de Lima;

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