Norma Legal Oficial del día 27 de Mayo del año 2000 (27/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 27 de MORDAZA de 2000

a) A las empresas que desarrollan actividades referidas al Comercio por Mayor (Division 50 y 51 de la CIIU Rev. 3), se les entregara el Formulario F-2 a todas sin excepcion. b) A las empresas que desarrollan actividades referidas al Comercio al por Menor (Division 52 de la CIIU Rev. 3). MORDAZA de Servicios a Empresas y/o a la Comunidad, y las empresas que prestan Servicios de Salud (Grupo 851 de la CIIU Rev. 3), se les entregara, segun ingresos por Ventas Netas: - Formulario F-1: para empresas que obtuvieron ingresos por Ventas Netas durante 1999 hasta S/. 650,000 (Seiscientos Cincuenta Mil Nuevos Soles). - Formulario F-2: para empresas que obtuvieron ingresos por Ventas Netas durante 1999 mas de S/. 650,000 (Seiscientos Cincuenta Mil Nuevos Soles). Articulo 3º.- Las personas naturales y juridicas a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion solicitaran los formularios de la Encuesta en la Sede Sucursal del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica (INEI) sito en Jr. A. Miroquesada Nº 549, Cercado de MORDAZA y para el resto del MORDAZA en las Oficinas Departamentales de Estadistica e Informatica. Las Empresas deberan presentar una carta indicando nombre o razon social de la Empresa, direccion fiscal, numero del Registro Unico del Contribuyente (RUC), Actividad Economica a la que se dedica, numero total de personas ocupadas, total de ventas netas en el ano 1999, telefono y fax. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA a nivel nacional, hasta el 11 de agosto del 2000, para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Economica Anual 1999 del Sector Comercio y Servicios". Articulo 5º.- La informacion economico-financiera que proporcione la empresa a traves de la Encuesta, debe ser presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Articulo 6º.- Las empresas que incumplan con la MORDAZA de la "Encuesta Economica Anual 1999 del Sector Comercio y Servicios", en la fecha establecida seran sujetas a multa, segun lo dispuesto en la Directiva Nº 006-94 INEI/DNEB "Normas para la aplicacion de multas por incumplimiento en la entrega de informacion estadistica solicitada por los organos del Sistema Nacional de Estadistica e Informatica". Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 5926

Estado", la cual sera ejecutada por el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica, dirigida a las Empresas No Financieras del Estado. Articulo 2º.- Aprobar el formulario de la Encuesta Economica Anual 1999 de las Empresas No Financieras del Estado que forma parte de la presente resolucion, cuya distribucion se efectuara a partir del 19 de junio del 2000. Articulo 3º.- Las empresas a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion solicitaran los formularios de la Encuesta para el departamento de MORDAZA y la Provincia Constitucional del Callao en la Sede Central del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica - INEI, sito en la Av. General Garzon Nº 670, MORDAZA MORDAZA y para el resto del MORDAZA en las Oficinas Departamentales de Estadistica e Informatica. Articulo 4º.- Establecer como plazo MORDAZA hasta el 11 de agosto del 2000, a nivel nacional para la MORDAZA de los formularios debidamente diligenciados de la "Encuesta Economica Anual 1999 de las Empresas No Financieras del Estado". Articulo 5º.- La informacion economica-financiera que proporcionen las empresas a traves de la Encuesta, sera presentada de conformidad a las normas del Plan Contable General Revisado, y expresado en nuevos soles a VALORES HISTORICOS. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 5927

INPE
Sancionan con cese temporal a servidores del Establecimiento Penitenciario de Procesados de Tambo de MORDAZA Chincha
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 327-2000-INPE-P MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2000

Autorizan realizar la "Encuesta Economica Anual 1999 de las Empresas No Financieras del Estado"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 138-2000-INEI MORDAZA, 17 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Estadistica e Informatica" el INEI ente rector de los Sistemas de Estadistica e Informatica, tiene entre sus funciones normar, supervisar y evaluar los metodos, procedimientos y tecnicas estadisticas, utilizados por los organos del Sistema para la produccion de las Estadisticas Oficiales del MORDAZA referidas a los Sistemas de Cuentas Nacionales y Regionales; Que, a fin de medir la actividad economica de las Empresas No Financieras del Estado en el MORDAZA, es necesario realizar a nivel nacional, la "Encuesta Economica Anual 1999 de las Empresas No Financieras del Estado", que permita disponer de informacion economica y financiera de las empresas dedicadas a esta actividad, indispensable para la elaboracion de las variables e indicadores economicos sectoriales que contribuyan a la adopcion de medidas de politica economica de este Sector; Que, el INEI ha efectuado las actividades de planeamiento y ejecucion de la citada encuesta, asi como la definicion y contenido de los formularios a ser utilizados, por lo que es conveniente, autorizar su ejecucion y aprobar el formulario respectivo; Con la opinion tecnica de la Direccion Nacional de Cuentas Nacionales y las visaciones de la Subjefatura de Estadistica y la Oficina Tecnica de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en los Articulos 86º, 92º y 95º del Decreto Supremo Nº 018-91-PCM; y, En uso de las atribuciones conferidas por el Articulo 6º del Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organizacion y Funciones del INEI"; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar la realizacion de la "Encuesta Economica Anual 1999 de las Empresas No Financieras del

VISTO; El Informe Nº 035-2000-INPE-CPPAD, de fecha 24 de MORDAZA del 2000 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia del Instituto Nacional Penitenciario Nº 180-2000-INPE-P, de fecha 1 de marzo del 2000, publicado en el Diario Oficial El Peruano el 5 de marzo del 2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores: MORDAZA POLICARPIO MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA CUPE MORDAZA y MORDAZA MORDAZA GAMERO CHULLUNCUY, del Establecimiento Penitenciario de Procesados de Tambo de Mora-Chincha, en torno al fallecimiento del ex interno MORDAZA Minan MORDAZA, recluido en el Establecimiento Penitenciario MORDAZA citado, hecho ocurrido el dia MORDAZA 14 de noviembre de 1999. Determinandose que los referidos servidores habrian incumplido sus obligaciones en el desempeno de sus funciones, incurriendo en faltas disciplinarias de caracter administrativo, cargos imputados que se encuentran especificados en la resolucion de apertura senalada precedentemente; Que, los servidores procesados haciendo uso de sus derechos de defensa que le faculta el Art. 168º, del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y remuneraciones del Sector Publico, han cumplido con presentar sus descargos de ley dentro del plazo ampliatorio establecido por el Art. 169º del acotado dispositivo legal; Que, del informe oral y descargo presentado por el servidor MORDAZA POLICARPIO MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Seguridad interna del Establecimiento Penitenciario de Procesados de Tambo de MORDAZA - Chincha, quien esgrime como argumento de defensa, que el dia 14 de NOV.99, como Jefe de Seguridad interna ha cumplido con realizar las rondas correspondientes en todos los pabellones del Establecimiento Penitenciario, no habiendo detectado ninguna irregularidad, refiere que MORDAZA de iniciar el servicio impartio las consignas pertinentes a todos los servidores a su cargo para que cumplan durante el servicio las disposiciones legales emanadas de la superioridad; En cuanto a los cargos imputados en su contra, el hecho de no haber cumplido con sus obligaciones de

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