Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2000 (29/05/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 29 de MORDAZA de 2000

Articulo 18º.- Para lo no previsto en este Titulo, de manera supletoria se aplicaran las disposiciones del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, que aprobo el Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos. TITULO VIII DENUNCIA PENAL Articulo 19º.- La DNT comunicara a la autoridad competente, los indicios de infracciones o delitos de los que tuviere conocimiento con motivo de las acciones destinadas a ejecutar el comiso y clausura regulado en el presente Reglamento. La accion penal se tramitara en forma paralela al procedimiento administrativo, quedando facultada la DNT para constituirse en parte civil. DISPOSICION TRANSITORIA Unica.- Aquellos que venian explotando juegos de casino o maquinas tragamonedas MORDAZA de la entrada en vigencia de la Ley y que al 29 de febrero no presentaron su solicitud para obtener la respectiva Autorizacion Expresa, asi como los que posteriormente a su dacion iniciaron sus operaciones sin contar previamente con la Autorizacion Expresa que los faculte a explotar juegos de casino o maquinas tragamonedas, tendran el plazo de quince (15) dias contados a partir de la entrada en vigencia de la presente MORDAZA, para dar fin a sus actividades, caso contrario, la DNT procedera respecto al sujeto infractor, a la intervencion, comiso, clausura, denuncia penal y demas acciones legales que correspondan. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Primera.- Es responsabilidad de la Policia Nacional del Peru, cautelar el cumplimiento de las sanciones de comiso de bienes y clausura de establecimientos que imponga la DNT, para lo cual, se le efectuara la comunicacion correspondiente. La intervencion de la Policia Nacional podra ser requerida por el Funcionario de la DNT, sin necesidad de notificacion previa, a fin de garantizar el cumplimiento de sus funciones y a solicitud de este, intervenir a efectos que se obtenga la informacion necesaria o el MORDAZA en los casos que no se le permita el cumplimiento de su funcion. Segunda.- Agreguese a la parte final del Articulo 51º del Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI que aprobo el Reglamento para la Explotacion de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, el siguiente parrafo: "La infraccion de explotar Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas sin contar previamente con la autorizacion expresa correspondiente, se sujetara al procedimiento aprobado en su propio Reglamento." Tercera.- El Capitulo X denominado "Regimen de Infracciones y Sanciones" del Reglamento para la Explotacion de Juegos de Casino y Maquinas Tragamonedas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI, solo sera aplicable para la aplicacion de sanciones de comiso y clausura, en aquello que no se oponga al presente Reglamento. 5980

Peru en el MORDAZA de la Organizacion Mundial de Comercio, que se realizara en MORDAZA, Suiza; Que, conforme al Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es funcion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de integracion y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de representantes del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 135-90-PCM y Resolucion Ministerial Nº 009-96-ITINCI/ DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del 29 de MORDAZA al 1 de junio del 2000, a la MORDAZA de MORDAZA, Suiza, del senor MORDAZA Ferrero Diez-Canseco, Viceministro de Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de la senora MORDAZA Elmore MORDAZA y de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que en representacion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales asistan y participen en la reunion senalada en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. MORDAZA FERRERO DIEZ CANSECO Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC 1,318.92 1,040.00 25.00

Sra. MORDAZA ELMORE MORDAZA Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC 1,318.92 1,040.00 25.00

Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes Viaticos Tarifa CORPAC 1,318.92 1,040.00 25.00

Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 5993

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Suiza, para participar en la Reunion sobre el II Examen de las Politicas Comerciales del Peru en el MORDAZA de la OMC
RESOLUCION SUPREMA Nº 069-2000-ITINCI MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, del 30 al 31 de MORDAZA del 2000, se llevara a cabo la Reunion sobre el II Examen de las Politicas Comerciales del

Autorizan viaje de representantes del Ministerio a Suiza y los EE.UU., para participar en reuniones sobre examen de politicas comerciales y servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 070-2000-ITINCI MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, entre el 30 y 31 de MORDAZA del 2000, se realizara la Reunion sobre el II Examen de las Politicas Comerciales del Peru, en la sede de la Organizacion Mundial del Comercio, MORDAZA de MORDAZA, Suiza;

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