Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2000 (29/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

MORDAZA, lunes 29 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Que, asimismo del 30 de MORDAZA al 2 de junio del 2000, se realizara la Reunion del Grupo de Negociacion sobre Servicios, en el MORDAZA del Area de Libre Comercio de las Americas, la misma que se desarrollara en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de America; Que, conforme al Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es funcion del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y evaluar la politica de integracion y negociaciones comerciales internacionales; Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participacion de representantes del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Supremos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF, Nº 13590-PCM y Resolucion Ministerial Nº 009-96-ITINCI/DM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA Illescas MORDAZA, para que participe en la Reunion sobre el II Examen de las Politicas Comerciales del Peru en la MORDAZA de MORDAZA del 29 al 31 de MORDAZA del 2000 y en la Reunion del Grupo de Negociacion sobre Servicios en la MORDAZA de Miami del 1 al 2 de junio del 2000 y de la senorita MORDAZA MORDAZA MORDAZA del 29 de MORDAZA al 2 de junio del 2000, para que asista a la Reunion del Grupo de Negociacion sobre Servicios en la MORDAZA de Miami. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema, seran de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al siguiente detalle: Sr. MORDAZA ILLESCAS MORDAZA Pasajes US$ 1,538.00 Viaticos US$ 1,220.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasajes US$ 359.22 Viaticos US$ 1,100.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA MILLER Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales 5994

Complementarias para la Ejecucion del Programa de Verificacion y Certificacion de la Capacidad de Operacion de las Plantas de Procesamiento Pesquero, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 404-97-PE, estableciendo en el inciso b) del Articulo 2º que el recurso de apelacion procede por diferente interpretacion de la prueba o por sustentarse en cuestiones de puro derecho, el mismo que sera interpuesto ante la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero y resuelto por el Despacho Viceministerial; Que a traves de la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE, de 11 de agosto de 1998, se dio publicidad a los resultados obtenidos por BUREAU VERITAS, sucursal en el Peru, en la ejecucion del Programa de Verificacion y Certificacion de la Capacidad de Operacion Instalada de las Plantas de Procesamiento Pesquero a nivel nacional; Que por los escritos del visto, CONSERVERA EL MORDAZA S.A. interpone recurso de apelacion contra la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE, aduciendo que al efectuar la verificacion y certificacion de su planta de enlatado Bureau Veritas habia cuantificado erroneamente su capacidad instalada de produccion, toda vez que el resultado obtenido diferia del calculado por la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero para el otorgamiento en via de regularizacion de su licencia de operacion, en inspeccion llevada a cabo con menos de un mes de diferencia y considerando los mismos equipos verificados por Bureau Veritas; Que en la inspeccion tecnica del 8 de marzo del 2000, realizada por la Direccion Nacional de Procesamiento Pesquero como parte del tramite del presente recurso, con el proposito de determinar la capacidad de produccion real de la planta de enlatado de CONSERVERA EL MORDAZA S.A., se establecio la misma en 3009 cajas/turno, concluyendose que Bureau Veritas incurrio en error en la toma de datos al efectuar el citado calculo, por lo que deviene fundado el Recurso de Apelacion interpuesto, resultando procedente modificar el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 39498-PE, en el extremo relativo a la capacidad de operacion de la planta de enlatado de CONSERVERA EL MORDAZA S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 02-94-JUS y la Resolucion Ministerial Nº 404-97PE, modificada por la Resolucion Ministerial Nº 370-98-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto por CONSERVERA EL MORDAZA S.A., contra la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE, que dio publicidad a los resultados obtenidos en el Programa de Verificacion de la Capacidad Instalada de las Plantas de Procesamiento Pesquero, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion, teniendo por agotada la via administrativa. Articulo 2º.- Modificar el Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE, en lo que se refiere a la capacidad verificada de la planta de enlatado de CONSERVERA EL MORDAZA S.A., ubicada en el distrito de Chimbote, a la que corresponde una capacidad de operacion de 3009 cajas/turno. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA SHIMABUKURO MIYASATO Viceministro de Pesqueria

PESQUERIA

Declaran fundada apelacion contra 5906 resolucion que dio publicidad a resultados de verificacion de la capacidad Otorgan licencias para la operacion de instalada de plantas de procesamiento plantas de congelado a bordo de empesquero barcaciones pesqueras de bandera exRESOLUCION VICEMINISTERIAL tranjera Nº 121-2000-PE
MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2000 Vistos los escritos con Registros Nºs. 02974003, 2974003 y 09445003 de fechas 26 de agosto y 15 de setiembre de 1998 y 11 de febrero de 1999, presentados por CONSERVERA EL MORDAZA S.A., mediante los cuales interpone Recurso de Apelacion contra la Resolucion Ministerial Nº 394-98-PE; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 370-98-PE, del 20 de MORDAZA de 1998, se modifico el Numeral IX de las Normas RESOLUCION DIRECTORAL Nº 043-2000-PE/DNPP MORDAZA, 25 de MORDAZA del 2000 Visto el escrito de Registro Nº CE-00075003, del 28 de MORDAZA de 2000, presentado por PERUJAP S.A.C.; CONSIDERANDO: Que los Articulos 43º inciso d) y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, establecen que para la

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