Norma Legal Oficial del día 29 de Mayo del año 2000 (29/05/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

MORDAZA, lunes 29 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos : US$ 1,160.00 Pasajes : US$ 312.70 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 5986 RESOLUCION SUPREMA Nº 044-2000-TR MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2000 VISTO: El Oficio Nº 117-PE-ESSALUD-2000 del Presidente Ejecutivo del Seguro Social de Salud - ESSALUD; y, CONSIDERANDO: Que, en la MORDAZA de Barcelona, Espana, se llevara a cabo la PASANTIA EN RADIO ONCOLOGIA, organizada por el Instituto MORDAZA de Oncologia, del 1 de junio al 31 de agosto del 2000; Que, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIVAQUI, Medico del Servicio de Radioterapia del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins de ESSALUD, ha sido propuesto para participar en el mencionado evento, habiendo evaluado la Gerencia de Capacitacion y Desarrollo de la Gerencia Central de Recursos Humanos la conveniencia de autorizar dicho viaje; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27056, Ley de Creacion del Seguro Social de Salud - ESSALUD y la Directiva de Gestion y MORDAZA Presupuestario para el ano 2000, aprobada mediante Acuerdo de Directorio Nº 017-2000/003-FONAFE; Estando a lo propuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA QUIVAQUI, Medico del Hospital Nacional MORDAZA Rebagliati Martins del Seguro Social de Salud - ESSALUD, a la MORDAZA de Barcelona, Espana, del 1 de junio al 31 de agosto del 2000, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran cubiertos con recursos del Presupuesto del Seguro Social de Salud - ESSALUD, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos : US$ 3,264.00 Pasajes : US$ 1,482.00 Tarifa CORPAC : US$ 25.00 Articulo 3º.- La presente Resolucion no otorga derecho a exoneracion de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominacion. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Trabajo y Promocion Social. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Trabajo y Promocion Social 5987

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban el "Tercer Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la Republica 1999-2000"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 29-2000/DP MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2000 CONSIDERANDO: Que, la MORDAZA del Informe Anual al Congreso de la Republica permite dar cuenta a este y a la sociedad en general de la gestion realizada por la Defensoria del Pueblo durante el periodo 1999-2000; Que, el Informe Anual busca mostrar la supervision efectuada por la Defensoria del Pueblo a quienes ejercen la funcion publica y a quienes prestan servicios publicos a la poblacion, aspirando a promover el cumplimiento de los deberes de funcion y la transparencia y responsabilidad de los actos; Que, uno de los objetivos del Informe Anual es colaborar con la funcion legislativa y fiscalizadora del Congreso y aportar al cabal desarrollo de las funciones del Ejecutivo, con miras a apoyar un ejercicio apegado al cumplimiento de la Constitucion y las leyes; Que, el Articulo 27º de la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo, Ley Nº 26520 desarrollando el Articulo 162º de la Constitucion Politica del Estado, dispone que el Defensor del Pueblo debe dar cuenta anualmente al Congreso de la Republica de la gestion realizada y de las conclusiones correspondientes, en un informe que debe presentar durante el periodo de Legislatura Ordinaria. La misma MORDAZA establece de manera complementaria que el informe debe ser puesto en conocimiento del senor Presidente de la Republica; Que, el Articulo 94º del Reglamento Interno del Congreso indica que el informe se debe presentar durante el mes de MORDAZA de cada ano. Dicha MORDAZA debe realizarse por intermedio del Presidente del Congreso, y la sustentacion debe efectuarse ante las Comisiones de Constitucion y de Derechos Humanos y Pacificacion, reunidas en sesion conjunta. Posteriormente el informe del Defensor del Pueblo se debe presentar ante el Pleno del Congreso en la primera sesion siguiente a la exposicion realizada ante la sesion conjunta de las referidas comisiones; Que, en cumplimiento de su mandato constitucional y legal, el Defensor del Pueblo ha elaborado el "Tercer Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la Republica 1999-2000"; Que, resulta necesario que las instituciones estatales, las instituciones representativas de la sociedad civil, la opinion publica y la ciudadania en general tomen conocimiento del cumplimiento de las funciones asignadas al Defensor del Pueblo por la Constitucion y las leyes, por medio de la difusion del informe y del resumen que, de conformidad con el Articulo 27º de la Ley Nº 26520, debera ser publicado gratuitamente en el Diario Oficial El Peruano; En uso de las atribuciones conferidas por los Articulos 161º y 162º de la Constitucion Politica del Peru y estando a lo dispuesto por la Ley Organica de la Defensoria del Pueblo; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR el "Tercer Informe del Defensor del Pueblo al Congreso de la Republica 1999-2000" y DISPONER su MORDAZA ante el Congreso de la Republica a traves de su Presidente y segun el procedimiento establecido. Dicho informe desarrolla los siguientes capitulos: Introduccion: Explica el contenido del informe, caracterizandolo como un acto de rendicion de cuentas al Estado y a la ciudadania; Capitulo 1: Desarrollo institucional de la Defensoria del Pueblo. Expone las funciones y competencia de la

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