Norma Legal Oficial del día 23 de Noviembre del año 2000 (23/11/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

MORDAZA, jueves 23 de noviembre de 2000
VISTOS:

NORMAS LEGALES

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La Resolucion Nº 546-2000-ANR de fecha 2 de octubre del 2000, el Proyecto del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para docentes ordinarios, funcionarios, empleados administrativos permanentes y estudiantes de la Universidad Peruana Los Andes y la comunicacion del Presidente de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios; y, CONSIDERANDO: Que, para el cumplimiento de las funciones que compete a la Comision Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios designada mediante Resolucion Nº 546-2000-ANR; a fin de que se avoque dentro de un MORDAZA legal a procesar los expedientes y casos determinando las responsabilidades y la apertura de los procesos administrativos-disciplinarios a que den lugar las investigaciones administrativas y auditorias existentes sobre la referida institucion universitaria; En uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores en virtud del Articulo 90º inciso k) de la Ley Universitaria Nº 23733, del Reglamento General de la Coordinacion Interuniversitaria y el Decreto Legislativo Nº 276; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para docentes ordinarios, funcionarios, empleados administrativos permanentes y estudiantes de la Universidad Peruana Los Andes, el mismo que consta de ochenta y siete Articulos, tres Disposiciones Complementarias y una Disposicion Transitoria. Articulo 2º.- Dejese en suspenso los articulos del presente Reglamento y del Estatuto de la Universidad "Peruana Los Andes" que no se adecuen al funcionamiento actual de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios, designada por Resolucion Nº 546-2000-ANR de fecha 2 de octubre del 2000; a fin de que pueda cumplir con los objetivos especificos que se le ha encomendado. Articulo 3º.- Cumplase con la publicacion del Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios para docentes ordinarios, funcionarios, empleados administrativos permanentes y estudiantes de la Universidad Peruana Los Andes, en el Diario Oficial El Peruano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA DE LA MORDAZA B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La MORDAZA y Presidente de la Asamblea Nacional de Rectores MORDAZA RONDINEL MORDAZA Secretaria General Asamblea Nacional de Rectores 13348

doble cabina para el servicio de serenazgo, de los cuales se ha utilizado indebidamente, en gastos corrientes la suma de S/. 45,206 por lo que no se ha implementado el mencionado servicio en la municipalidad; contraviniendo lo establecido en el Art. 60º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, que senala que la contratacion de emprestitos y las operaciones de endeudamiento interno deben ser dedicados bajo responsabilidad, a las obras o servicios publicos que los motivaron y no a gastos corrientes; Que, los hechos expuestos en los comentarios precedentes, evidencian la intencionalidad del ex MORDAZA de dar al dinero recibido en prestamo una aplicacion definitiva y diferente de aquella para el cual estaba destinado, afectando la prestacion de dicho servicio, incumpliendose las normas referidas al uso de recursos provenientes de prestamos bancarios; lo que constituye indicios razonables de la comision del delito de peculado en la modalidad de malversacion de fondos, previsto y penado en el Articulo 389º del Codigo Penal; Que, durante los anos 1994 y 1995, la Municipalidad contrato directamente a una empresa para la prestacion de servicios no personales de 29 personas, sin adecuarse a los procedimientos de adjudicacion de bienes y servicios que para el caso correspondia la modalidad de licitacion publica en cumplimiento de lo establecido en la Ley de Presupuesto del Sector Publico. Asimismo, no se ha acreditado el trabajo efectivo realizado en beneficio de la Municipalidad, al no evidenciarse los correspondientes informes de conformidad de los servicios prestados ni la planilla o nomina del personal contratado, habiendose realizado pagos por el importe de S/. 532,824; Que, los hechos precedentes, constituyen indicios razonables de comision de delito de Concusion en la modalidad de Colusion, previsto y penado en el Articulo 384º del Codigo Penal vigente; Que, de acuerdo a lo establecido en el Articulo 19º inciso e) de la Ley del Sistema Nacional de Control, Decreto Ley Nº 26162, en los casos de comprobarse la existencia de dano economico o indicios razonables de la comision de delito durante la accion de control, es deber de la Contraloria General de la Republica disponer la formulacion de las acciones judiciales respectivas. En tal sentido, se hace necesario autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que de inicio a las acciones legales contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos; Que, mediante Resolucion de Contraloria Nº 239-2000CG de 16.NOV.2000 se encarga al senor Subcontralor la atencion de los asuntos de competencia del Despacho Contralor en tanto dure la ausencia de la Titular de la Contraloria General de la Republica; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, asi como el inciso f) del Articulo 19º del Decreto Ley Nº 26162, Ley del Sistema Nacional de Control; SE RESUELVE:

CONTRALORIA GENERAL

Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales por los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Vistos, remitiendole para el efecto los antecedentes correspondientes.

Registrese, comuniquese y publiquese. Autorizan a procurador iniciar accioALEXZANDER MORDAZA MORDAZA nes correspondientes contra presunContralor General de la Republica (e) tos responsables de delitos de pecula13332 do y concusion en agravio de la Municipalidad de Cieneguilla Autorizan a procurador iniciar acciones RESOLUCION DE CONTRALORIA correspondientes contra presuntos resNº 244-2000-CG ponsables de delitos de peculado y conLima, 21 de noviembre de 2000 cusion en agravio de la Municipalidad Vistos, el Informe Nº 03-99-MR resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de Cienede MORDAZA MORDAZA del Triunfo guilla, provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, por el periodo de 1993 a 1998; y, CONSIDERANDO: Que, durante el ano 1994 el ex MORDAZA de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla haciendo referencia a la Sesion Ordinaria de 6.ENE.94, obtuvo un prestamo de S/. 97,000 otorgado por el Banco de la Nacion para la adquisicion de camionetas RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 245-2000-CG MORDAZA, 21 de noviembre de 2000 Vistos, el Informe Nº 05-99-MR emitido por la Sociedad de Auditoria MORDAZA MORDAZA & Asociados, resultante del Examen Especial practicado a la Municipalidad Distrital de

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