Norma Legal Oficial del día 23 de Septiembre del año 2000 (23/09/2000)


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NORMAS LEGALES
ACTIVIDAD

MORDAZA, sabado 23 de setiembre de 2000
: VENTA PRODUCTOS FARMACEUTICOS Y ARTICULOS DE TOCADOR

SUMILLA: se declara infundada la excepcion de incompetencia deducida por Proveedores Hospitalarios S.A. - PROHOSA, toda vez que la autoridad concursal peruana resulta competente para conocer los procedimientos de declaracion de insolvencia sobre las personas naturales y juridicas domiciliadas en el Peru, conforme a lo dispuesto por la legislacion sobre Derecho Internacional Privado vigente y a los principios de unidad y universalidad en materia concursal. IV. SE RESUELVE Se declara fundada la oposicion interpuesta conPrimero: Denegar la solicitud de prorroga presentada tra el credito ascendente a US$ 21 000,00 invocado por Proveedores Hospitalarios S.A. a fin de que se le por MORDAZA Export Corporation sustentado en la otorguen cinco dias adicionales al plazo otorgado para nota de debito N° 500877, toda vez que esta empresa cumplir con acreditar su solvencia. no ha acreditado el cumplimiento de las condiciones Segundo: Declarar la insolvencia de Proveedores Hosnecesarias para su valida emision conforme a lo pitalarios S.A. por no haber acreditado con arreglo a ley su pactado en el Acuerdo de Distribucion celebrado capacidad de pago respecto de los creditos invocados por entre las partes. Laboratorios MORDAZA S.A. y MORDAZA Export Corporation Se declara infundada la oposicion formulada por ascendentes a US$ 514 379,59 (Quinientos catorce mil tres- Proveedores Hospitalarios S.A. - PROHOSA frente al cientos setentinueve y 59/100 Dolares de los Estados Uniresto de los creditos invocados por MORDAZA Export dos de America) por concepto de capital. Corporation ascendentes a US$ 28 808,00 y frente a Tercero: Requerir a Proveedores Hospitalarios S.A. Laboratorios MORDAZA S.A. ascendentes a para que, de conformidad con el Articulo 15º del Texto Unico US$ 464 571,59, toda vez que no se ha acreditado la Ordenado de la Ley de Reestructuracion Patrimonial, cumcompensacion de obligaciones alegada por la deudopla con presentar la totalidad de la informacion y documenra, ni la cancelacion de alguna de las facturas pretacion senaladas en el Articulo 5º de dicha MORDAZA, en un sentadas por los solicitantes. plazo no mayor de cinco (5) dias habiles contados a partir de Por otro lado, se declara la nula la Resolucion la notificacion de la presente resolucion. N°2598-1999/CSM-ODI-CAMARA en el extremo en que Cuarto: Requerir a Proveedores Hospitalarios S.A. otorgo a Proveedores Hospitalarios S.A.- PROHOSA para que, en un plazo no menor de tres (3) dias habiles un plazo no mayor de diez dias habiles para la demosanteriores a la fecha que se senale para la sesion de tracion de su solvencia, toda vez que este solo debe instalacion de la junta de acreedores en primera convocatootorgase cuando se ha formulado una propuesta de ria, presente una propuesta fundamentada respecto de la pago y el acreedor la ha rechazado. decision que debera adoptar la junta de acreedores. Por tanto, se confirma la Resolucion N° 0604Quinto: Disponer la publicacion del estado de insol2000/CRP-ODI-CAMARA emitida por la Comision vencia de Proveedores Hospitalarios S.A. en el aviso de Reestructuracion Patrimonial de la Oficina Dessemanal que efectua la Comision en el Diario Oficial El centralizada del INDECOPI en la Camara de CoPeruano, conforme a lo dispuesto en el Articulo 8º del mercio de MORDAZA el 24 de febrero de 2000, que declaTexto Unico Ordenado de la Ley de Reestructuracion ro la insolvencia de Proveedores Hospitalarios Patrimonial, una vez que la presente resolucion MORDAZA S.A. ­ PROHOSA, reformandose en sus fundamenquedado consentida. tos. Con la intervencion de los senores MORDAZA MORDAZA AvendaSe declaran improcedentes las alegaciones de no MORDAZA, MORDAZA Sologuren Calmet, MORDAZA MORDAZA Proveedores Hospitalarios S.A. - PROHOSA referiSalazar y Katica Svarcic Morales. Con la abstencion de das a los supuestos defectos de tramitacion, toda vez los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA que las mismas debieron ser planteadas a traves de Costa. la via correspondiente. Por otro lado, se declara que la omision de la MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Comision en pronunciarse sobre el pedido de declaraPresidente de la Comision cion de reserva de diversa documentacion presentada por Proveedores Hospitalarios S.A. - PROHOSA no constituye causal de nulidad, toda vez que dicha TRIBUNAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA omision no afecta el sentido del pronunciamiento Y DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL final sobre el caso. No obstante, dado que todos los Sala de Defensa de la Competencia pedidos de los administrados deben ser atendidos, se dispone que la Comision proceda a pronunciarse RESOLUCION Nº 0335-2000/TDC-INDECOPI sobre dicha solicitud. EXPEDIENTE Nº 553-1999/CSM-ODI-CAMARA Finalmente, se aprueba como precedente de observancia obligatoria el criterio por el cual se deterPROCEDENCIA : COMISION DE REESTRUCTURAmina que la autoridad concursal peruana es siempre CION PATRIMONIAL DE LA OFIcompetente para conocer los procedimientos de deCINA DESCENTRALIZADA DEL claracion de insolvencia sobre las personas naturaINDECOPI EN LA CAMARA DE les y juridicas domiciliadas en el Peru. Respecto de COMERCIO DE MORDAZA (LA COMIpersonas no domiciliadas en el territorio peruano, la SION) autoridad concursal sera competente cuando, conACREEDORES : MORDAZA EXPORT CORPORATION forme a las normas de Derecho Internacional Priva(BAXTER EXPORT) LABORATOdo, el derecho peruano sea el aplicable; o cuando se MORDAZA MORDAZA S.A. (LABORATOreconozca en el Peru una sentencia extranjera que MORDAZA BAXTER) declara su insolvencia. DEUDOR : PROVEEDORES HOSPITALARIOS S.A. - PROHOSA (PROHOSA) MATERIA : DERECHO CONCURSAL COMPELima, 9 de agosto de 2000 TENCIA TERRITORIAL MORDAZA APLICABLE CARGA DE LA PRUEI ANTECEDENTES BA OPOSICION A LA SOLICITUD DE DECLARACION DE INSOLEl 8 de junio de 1999, MORDAZA Export y Laboratorios VENCIA PRUEBA DE SOLVENCIA MORDAZA solicitaron se declare la insolvencia de PROHOPRECEDENTE DE OBSERVANCIA SA, afirmando mantener frente a esta creditos vencidos OBLIGATORIA PUBLICACION DE y exigibles superiores a 50 UIT, ascendentes a RESOLUCION US$ 514 379,59 por concepto de capital y gastos, deriva-

rantizar el recupero del integro del credito invocado en el proceso. De los antecedentes de la presente resolucion se observa que no obstante el requerimiento efectuado y el tiempo transcurrido, Prohosa no ha cumplido con los requisitos establecidos en el articulo senalado en el parrafo precedente, puesto que no ha acreditado que los bienes presentados en la prueba de solvencia MORDAZA de su propiedad, ni su valor contable o de tasacion, ni tampoco que MORDAZA susceptibles de embargo o ejecucion por un valor suficiente para garantizar el recupero del integro del credito invocado por el acreedor, por lo que no ha demostrado su solvencia.

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