Norma Legal Oficial del día 23 de Septiembre del año 2000 (23/09/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, sabado 23 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES

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observadas las garantias y procedimientos establecidos, ha comprobado que la accion realizada constituye falta disciplinaria grave, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de Destitucion; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "d" y 28º Inc. "k" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y al Art. 155º Inc. "d" de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en el Acta Nº 87-2000COPEPROAD-PNP de 5.AGO.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE:

plinaria, acordando por unanimidad recomendar al Despacho Ministerial se le imponga la sancion de (4) dias de Suspension sin goce de remuneraciones, Absolviendo a la EC PNP MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA de los cargos imputados, por no encontrarsele responsabilidad disciplinaria; Que, de conformidad a los Arts. 26º Inc. "b" y 28º Incs. "a" y "d" del Dec. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico, y a los Arts. 157º, 168º, 169º, 170º y 171º de su Reglamento, aprobado por D.S. Nº 005-90-PCM de 17.ENE.90; Lo recomendado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la PNP, en el Acta Nº 98-2000-COPEPROAD-PNP de 9.AGO.2000; Lo propuesto por el General Director de Personal de la Policia Nacional del Peru; y, Lo opinado por el General de Policia Director General de la Policia Nacional del Peru; SE RESUELVE:

Articulo 1º.- Sancionar al EC TB PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con Destitucion con fecha 11.FEB.2000, en via de regularizacion; por Falta Disciplinaria (abandono de cargo). Articulo 2º.- Entiendase notificada la presente Resolucion al interesado, a partir del dia siguiente de su notificacion y/o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion a la Presidencia del Consejo de Ministros, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MALAGA Ministro del Interior 10594 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1182-2000-IN/PNP MORDAZA, 13 de setiembre del 2000 Visto, el Acta Nº 98-2000-COPEPROAD-PNP de 9.AGO.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado a las EE CC PNP (MEDICOS) MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA (36) CIP Nº 70052342 y Katty MORDAZA MORDAZA ROA (30) CIP Nº 70050682; CONSIDERANDO:

Articulo 1º.- Absolver a la EC PNP MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA, de los cargos imputados mediante R.D. Nº 4902-DIPER-PNP de 12.JUL.2000. Articulo 2º.- Sancionar a la EC PNP Katty MORDAZA MORDAZA ROA con CUATRO (4) dias de Suspension sin goce de remuneraciones, por Faltas Disciplinarias (Incumplimiento de normas y negligencia en el desempeno de sus funciones). Articulo 3º.- Entiendase notificada la presente Resolucion a las interesadas, a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MALAGA Ministro del Interior 10596 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1183-2000-IN/PNP MORDAZA, 13 de setiembre del 2000 Visto, el Acta Nº 97-2000-COPEPROAD-PNP de 11.AGO.2000, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, en relacion a la conclusion del MORDAZA administrativo disciplinario instaurado al EC TE PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA (52) CIP Nº 31011478; CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolucion Directoral Nº 4902-DIPERPNP de 12.JUL.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a las EE CC PNP (Medicos Residentes) MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA y Katty MORDAZA ROA, por la presunta comision de faltas disciplinarias (Incumplimiento de normas y negligencia en el desempeno de sus funciones), al establecerse que la primera de las nombradas, no procedio a la hospitalizacion de la SO3 PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, quien llegara evacuada al HCPNP, a merito del Acta de Junta Medica del Hospital Periferico PNP "ABL", por probable MENINGITIS, siendo la mencionada MORDAZA dada de alta en la fecha MORDAZA senalada, sin autorizacion del Servicio de Neurologia, por la EC PNP Katty MORDAZA MORDAZA ROA, Medico Residente del Servicio de Emergencia del citado nosocomio, actos que pudieran haber ocasionado el agravamiento de su estado de salud, dano irreparable o el deceso de la paciente; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido las procesadas efectuaron su descargo correspondiente, desvirtuando la EC PNP MORDAZA Luz MORDAZA MORDAZA los cargos imputados; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios para los Servidores Civiles de la Policia Nacional del Peru, ha estudiado y analizado los actuados inherentes al MORDAZA seguido contra las referidas servidoras, al que se contrae la presente Resolucion, observando las garantias y procedimientos establecidos, habiendose determinado que la accion realizada por la EC PNP Katty MORDAZA MORDAZA ROA constituye falta disci-

Que, mediante R.D. Nº 4904-DIPER-PNP de 12.JUL.2000, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario al EC TE PNP MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por la presunta comision de faltas disciplinarias (negligencia en el desempeno de sus funciones, disposicion de bienes de la entidad en beneficio propio, uso de la funcion con fines de lucro y actos de inmoralidad), al establecerse que en su condicion de encargado del taller de mecanica fina del Hospital PNP "ABL", asi como de formular los informes tecnicos de los equipos medicos y hospitalarios procedentes de los diferentes servicios del citado Hospital para su reparacion, con fechas 22.AGO.95 y 16.NOV.98 recepciono para su reparacion bienes de la Division de Emergencia y de la Sala de Hospitalizacion de Cirugia y aprovechandose del cargo actuo maliciosamente retirandolos a un deposito particular hasta el 11.FEB.2000, fecha que devolvio parte de los mismos, permitiendo con su actitud que MORDAZA Guisella MORDAZA MORDAZA, representante de la empresa ROSIMAR SERVIS S.R.LTDA. cobre dinero del Estado por trabajos de reparacion no efectuados; Que, asimismo, durante el transcurso del MORDAZA se recepciono los Partes Nºs. 025-99-DIRLOG-PNP/INSPECTORIA.1 y 011.2000-DINSA-PNP-H."ABL".INSP.UI de fechas 9.JUL.99 y 27.MAR.2000, respectivamente, dando cuenta de actos de inconducta funcional cometidas por el procesado; Que, efectuada la notificacion de la indicada Resolucion Directoral y transcurrido el plazo establecido, el procesado no presento su descargo correspondiente;

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