Norma Legal Oficial del día 05 de Abril del año 2001 (05/04/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

MORDAZA, jueves 5 de MORDAZA de 2001

NORMAS LEGALES

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RESOLUCION DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 138-2001-CT-MP MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 263 adoptado por unanimidad por el Consejo Transitorio del Ministerio Publico, en Sesion de fecha 28 de marzo del 2001, con dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se decidio dar por concluido el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Coz como Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior en lo Civil, Distrito Judicial de MORDAZA, en atencion a sus antecedentes disciplinarios; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27367; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido a partir de la fecha el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Coz, como Fiscal Superior Provisional de la Fiscalia Superior en lo Civil del Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 746-97-MP-CEMP de fecha 18 de agosto de 1997, debiendo retornar a su cargo de MORDAZA, de Fiscal Provincial Titular de la Fiscalia Provincial de MORDAZA, del Distrito Judicial de Huanuco-Pasco. Articulo Segundo.- Dejese sin efecto todas las Resoluciones de la Fiscalia de la Nacion, asi como las Resoluciones y Acuerdos de la ex Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, que se oponga a la presente Resolucion. Articulo Tercero.- Disponer la continuacion de las investigaciones sobre su conducta funcional, notificandose a la Comision Descentralizada de Control Interno de Huanuco-Pasco y a la Fiscalia Suprema de Control Interno, para que a la brevedad posible resuelvan las quejas o denuncias que estuvieran pendientes. Articulo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a los senores Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huanuco-Pasco, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Huanuco-Pasco, Gerencia General del Ministerio Publico, Oficina de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta del Consejo Transitorio MORDAZA A. MORDAZA GARDELLA Consejero MORDAZA BALAREZO MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 21276

Que, con arreglo a lo dispuesto por los Articulos 40º, 41º y 45º de la Ley Organica del Ministerio Publico, es uno de los requisitos para ser Fiscal gozar de conducta intachable; Que, revisado el legajo personal del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Dos de MORDAZA, del Distrito Judicial de MORDAZA, se determina la existencia de antecedentes disciplinarios que afectan el decoro y la respetabilidad en el cargo; Que, dada su condicion de Fiscal Provisional procede dar por concluido el nombramiento respectivo; En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27367 y estando al Acuerdo Nº 258 adoptado por unanimidad por el Consejo Transitorio del Ministerio Publico en su sesion de fecha 28 de marzo del 2001 con dispensa de la lectura y aprobacion del Acta; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido a partir de la fecha el nombramiento del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Dos de MORDAZA, del Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 50193-MP-FN de fecha 19 de febrero de 1993, sin perjuicio de las acciones legales que pudiesen ser pertinentes. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, Gerencia General del Ministerio Publico, Oficina de Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion Presidenta del Consejo Transitorio MORDAZA A. MORDAZA GARDELLA Consejero MORDAZA BALAREZO MORDAZA Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero 21271 RESOLUCION DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 136-2001-CT-MP MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por Acuerdo Nº 261 adoptado por unanimidad por el Consejo Transitorio del Ministerio Publico, en Sesion de fecha 28 de marzo del 2001, con dispensa de la lectura y aprobacion del Acta, se decidio dar por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, del Distrito Judicial de MORDAZA, en atencion a sus antecedentes disciplinarios; en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27367; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Darporconcluidoapartirdelafecha el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA MORDAZA MORDAZA del Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº111-93-MP-FN de fecha 14 de enero de 1993, debiendo retornar a su cargo de MORDAZA, de Fiscal Adjunta Provincial Titular de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de MORDAZA, (actualmente convertida en Fiscalia Provincial en lo Penal) del Distrito Judicial de Huanuco-Pasco. Articulo Segundo.- Disponer la continuacion de las investigaciones sobre su conducta funcional, notificandose a la Comision Descentralizada de Control Interno de Huanuco-Pasco y a la Fiscalia Suprema de

Dan por concluidos nombramientos de magistrados de las Fiscalias Provinciales Mixtas de Dos de MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA
RESOLUCION DEL CONSEJO TRANSITORIO DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 133-2001-CT-MP MORDAZA, 3 de MORDAZA de 2001 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, en virtud de lo dispuesto por el Articulo MORDAZA de la Ley Nº 27367, el Consejo Transitorio del Ministerio Publico debe disponer la finalizacion de las funciones jurisdiccionales de los Fiscales Provisionales que no cumplan con los requisitos establecidos por la Ley Organica del Ministerio Publico;

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