Norma Legal Oficial del día 03 de Agosto del año 2001 (03/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de agosto de 2001

Que, por Resolucion Ministerial Nº 569-89-TC/15.17 del 17 de octubre de 1989, se concedio a la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., autorizacion y permiso de instalacion y prueba por el plazo de un (1) ano, para operar una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, en el distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto; Que, segun el Articulo 50º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, la licencia es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para operar un servicio de radiocomunicacion autorizado; Que, el Articulo 163º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que realizada la inspeccion y a merito del informe tecnico respectivo el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion podra expedir la correspondiente licencia; Que, el inciso b) del Articulo 56º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, establece que las autorizaciones otorgadas tendran un plazo MORDAZA de diez (10) anos para los servicios de radiodifusion, renovables a solicitud del interesado; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, la Direccion de Administracion de Frecuencias de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 289-2001-MTC/15.19.03.2, senala que al haber resultado satisfactoria las pruebas de funcionamiento, emite su conformidad tecnica para que se otorgue la autorizacion por diez (10) anos, incluyendo el cambio de la denominacion del MORDAZA de estacion, de la referida estacion de television en VHF, de la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A.; Que, la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 322-2001-MTC/15.19.01, opina que es procedente autorizar la operacion de la citada estacion de radiodifusion por el plazo de diez (10) anos y en periodos sucesivos, que incluye el periodo de instalacion y prueba otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 56989-TC/15.17 acotada; asi como tambien es procedente autorizar el cambio de denominacion de MORDAZA de estacion de la misma; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC; 06-94-TCC; 005-98-MTC; 022-98-MTC; 002-99MTC y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y, Con la opinion favorable del Director General de Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar por el plazo de diez (10) anos a la COMPANIA LATINOAMERICANA DE RADIODIFUSION S.A., la operacion de una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion comercial por television en VHF, ubicada en el distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las siguientes caracteristicas tecnicas: Estacion Frecuencia MORDAZA Indicativo Potencia Emision : BC-TV : Banda III Video : 187.25 Mhz. Audio : 191.75 Mhz. : 09 : OAY-8W-TV : Video : 1 Kw. Audio : 0.1 Kw. : Video : C3F Audio : F3E : H24

Articulo 2º.- El plazo de la autorizacion a que se refiere el articulo precedente incluye el periodo de instalacion y prueba de un (1) ano otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 569-89-TC/15.17 y se otorga en periodos sucesivos, por tanto vencera el 17 de octubre de 2009. La Direccion General de Telecomunicaciones procedera a extender la correspondiente licencia de operacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MENACHO MORDAZA Viceministro de Comunicaciones 28308

O o g nae p e a a t r z c o yp r tra mrss uoiain emiso de instalacion para operar etcoe rtasioa ytasi sains ernmsrs rnmsrs dl srii d rdoiuin oa e evco e aidfso sonora comercial en FM
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 549-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2001 VISTA, la solicitud formulada por la empresa RADIO SAN MORDAZA S.A., para que se le otorgue autorizacion para establecer una estacion retransmisora del servicio de radiodifusion sonora comercial en Frecuencia Modulada (FM), en el distrito y provincia de Abancay, departamento de Apurimac; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar con la informacion y documentacion que en dichas normas se detallan; Que, el Articulo 162º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que otorgada la autorizacion para prestar servicio de radiodifusion, se inicia un periodo de instalacion y prueba que tiene una duracion de doce (12) meses; Que, el Articulo 193º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que no son modificables las caracteristicas de instalacion y operacion autorizadas para el uso o explotacion de frecuencias y otros parametros tecnicos, si MORDAZA no se obtiene la correspondiente aprobacion del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, mediante Informes Nºs. 291-2001-MTC/ 15.19.03.2 y 330-2001-MTC/15.19.01, la Direccion de Administracion de Frecuencias y la Direccion de Asesoria Tecnica de la Direccion General de Telecomunicaciones, respectivamente, senalan que la solicitud formulada por la empresa RADIO SAN MORDAZA S.A., cumple con los requisitos tecnicos y legales, por lo que resulta procedente otorgar a la referida empresa la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con los Decretos Supremos Nºs. 01393-TCC; 06-94-TCC y sus modificatorias y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; y,

Horario Ubicacion de la Planta Retransmisora : Jr. Raymondi Nº 137, 9º piso, distrito de Iquitos, provincia de Maynas, departamento de Loreto. Coordenadas: L.O. 73° 16' 00" L.S. 03° 43' 30"

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