Norma Legal Oficial del día 03 de Agosto del año 2001 (03/08/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 3 de agosto de 2001

MUNICIPA L I D A D DISTRITA L DE SAN MORDAZA
Aprueban exonerar de procesos de selcinl cnrtco d epeapr eco a otaain e mrs aa e a o a e p d e t t c i od r c a o , lbrr xeine enc e elms c i a d v l a e i u i a i nyc a i i a ads e otj, lmnco lsfcco d cle yaeia dldsrt in e als vnds e itio
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-MDSR VISTO: En Sesion del Concejo Municipal del dia martes 24 de MORDAZA de 2001, el Informe Nº 051-2001-UAL-MDSR de la Unidad de Asesoria Legal, la Oferta de Servicios - Asesoria por Recupero de Energia de la empresa ESCORPIO E.I.R.L. de fecha 13 de junio de 2001 y la solicitud de cancelacion del contrato de recupero de energia de la empresa ESCORPIO E.I.R.L. de fecha 15 de junio de 2001; CONSIDERANDO: Que la empresa ESCORPIO E.I.R.L. presenta una Oferta de Servicio - Asesoria por Recupero de Energia con fecha 14 de junio de 2001; la misma que toma conocimiento el senor MORDAZA, Direccion Municipal, la Comision de Obras y Desarrollo MORDAZA, Limpieza Publica, Parques y Cementerio cuyo Presidente deriva su debate y sustentacion ante el Concejo Municipal en su sesion del dia martes 24 de MORDAZA de 2001; Que, el inciso h) del Articulo 19º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM senala que: "Estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, segun sea el caso, las adquisiciones y contrataciones, que se realicen para servicios personalisimos"; Que, el inciso c) del Articulo 20º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM establece que: "Los procesos MORDAZA referidos, se realizaran mediante el MORDAZA de Menor Cuantia y se aprobaran por Acuerdo de Concejo Municipal, en los casos de los Gobiernos Locales, los mismos que requieren obligatoriamente un Informe Tecnico Legal previo, y seran publicados en el Diario Oficial El Peruano. MORDAZA del Acuerdo y el Informe que los sustenta deberan remitirse a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion"; Que, asimismo, el Articulo 111º del Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que: "Se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion, los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador, ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, arte u oficio"; Que, el Articulo 113º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Resoluciones o Acuerdos que aprueban la exoneracion de los procesos de seleccion, al MORDAZA de las causales contenidas en el Articulo 19º de la Ley, requieren obligatoriamente de un Informe Tecnico Legal previo, emitido por las areas tecnica y de asesoria juridica de la entidad, el que contendra la justificacion

tecnica y legal de la adquisicion o contratacion, de la necesidad de la exoneracion y contemplara criterios de economia, tales como los costos y oportunidad; Normas Generales de Procedimientos Administrativos; Que la empresa ESCORPIO E.I.R.L. viene prestando servicios de asesoria tecnica en materia de energia electrica y alumbrado publico a favor de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, asi como en el procedimiento administrativo a seguir ante las entidades correspondientes; habiendo obtenido hasta la fecha logros importantes en estos rubros en beneficio de la comunidad de San MORDAZA, conforme consta del Acta de Inspeccion Nº I-ELC-0292001-06-01 de fecha 11 de junio de 2001, segun la cual en la localidad de San MORDAZA se ha detectado once (11) deficiencias tecnicas y en el sector de Campamento MORDAZA se han detectado cinco (5) deficiencias tecnicas, las mismas que deberan ser subsanadas por la empresa ELECTROCENTRO S.A. - MORDAZA CENTRAL en el corto plazo; Que la empresa ESCORPIO E.I.R.L. ha presentado una propuesta de honorarios profesionales hasta por la suma de S/. 3,000.00 (Son Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles), segun Factura Nº 00072 por concepto de Elaboracion del Expediente Tecnico de Reclamos, Caidas de Voltaje, Iluminacion de acuerdo a la Ley de Concesiones Electricas Nº 25844 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que mediante Oferta de Servicios de fecha 14 de junio de 2001 la empresa ESCORPIO E.I.R.L. propone la suma de S/ . 3,000.00 (Son Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de honorarios profesionales por la clasificacion de Calles y Avenidas del distrito de San MORDAZA y su adecuacion a las normas tecnicas de calidad de servicio - alumbrado publico de acuerdo a la MORDAZA Tecnica Nº 016-T-2/1996; Que el Concejo Municipal en su Sesion del dia martes 24 de MORDAZA de 2001, teniendo en consideracion lo anteriormente expuesto y atendiendo ademas el monto de los honorarios profesionales de cada contrato; ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR la exoneracion, para el presente ejercicio, del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa, para la Contratacion de los Servicios Personalisimos de la empresa ESCORPIO E.I.R.L. debiendo realizarse mediante la modalidad de adjudicacion de Menor Cuantia hasta por la suma de S/. 3,000.00 (Son Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) segun Factura Nº 00072 por concepto de Elaboracion del Expediente Tecnico de Reclamos, Caidas de Voltaje, Iluminacion de acuerdo a la Ley de Concesiones Electricas Nº 25844 y su Reglamento Decreto Supremo Nº 009-93-EM. Articulo Segundo.- APROBAR la exoneracion, para el presente ejercicio, del MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa, para la Contratacion de los Servicios Personalisimos de la empresa ESCORPIO E.I.R.L. debiendo realizarse mediante la modalidad de adjudicacion de Menor Cuantia hasta por la suma de S/. 3,000.00 (Son Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) por concepto de honorarios profesionales por la clasificacion de Calles y Avenidas del distrito de San MORDAZA y su adecuacion a las normas tecnicas de calidad de servicio - alumbrado publico de acuerdo a la MORDAZA Tecnica Nº 016-T-2/1996. Articulo Tercero.- Remitir el presente Acuerdo para conocimiento de la Contraloria General de la Republica. Articulo Cuarto.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano el presente Acuerdo. Dado en la MORDAZA Municipal a los veinticinco dias del mes de MORDAZA de dos mil uno. MORDAZA MORDAZA ORBE MORDAZA MORDAZA 28515

SEPA R ATA ESPECIAL
MINISTERIO DE ENERGIA Y MINAS AVISO
La SEPARATA ESPECIAL, referente a la Mesa de Dialogo y Cooperacion para las Comunidades Nativas, publicada MORDAZA al MORDAZA de la Embajada Britanica - DFID, y de la Agencia Espanola de Cooperacion Internacional - AECI, el dia martes 24 de MORDAZA del presente ano, es un documento de trabajo que debera ser analizado por el Sector Energia y Minas y otras partes involucradas y por tanto no tiene caracter oficial. MORDAZA, 26 de MORDAZA del 2001 28598

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