Norma Legal Oficial del día 16 de Agosto del año 2001 (16/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2001

Que mediante el documento de vistos, la entidad Tabernacle Pentecostal Elim, con Sede en Miami - MORDAZA, ha efectuado una donacion de equipos y material de television y radio descritos en la Factura Comercial Nº 041835, con un valor de FOB de US$ 107,637.75 (CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTISIETE Y 75/100 DOLARES AMERICANOS) y valor CIF de US$ 110,000.00 (CIENTO DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), a favor de la Iglesia MORDAZA Pentecostes del Peru Movimiento Misionero Mundial, con peso MORDAZA aproximado de 970.00 kilogramos, amparados entre otros documentos en la Guia Aerea Nº 7023319; Que la mercancia donada ha sido sometida al Regimen de Deposito Aduanero mediante Declaracion Unica de Aduanas Nº 235-2001-70-000151-01-7, encontrandose pendiente de regularizacion; Que la Oficina de Cooperacion Internacional en coordinacion con la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia, ha considerado procedente la solicitud de aprobacion de la donacion, por enmarcarse en los lineamientos generales de la poblacion objetivo de dicha Gerencia, al priorizar la atencion de las personas necesitadas facilitando la labor pastoral en los Proyectos Escuelita Biblica de Extension, Descubriendo Talentos, Visitas Guiadas, Salidas Recreativas e Implementacion de Equipos Audiovisuales para la Produccion de Videos y Cassettes de Audio de Corte Educativo, Recreativo, Cultural e Informatico; Que la entidad recurrente se encuentra registrada ante la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros, como una "Institucion Privada sin fines de lucro Receptora de Donaciones de Caracter Asistencial o Educacional Provenientes del Exterior", asimismo cuenta con el Registro de Entidades Exoneradas del Impuesto a la Renta y es una institucion religiosa; Con informes favorables de la Oficina de Cooperacion Internacional y la Gerencia de Promocion de la Ninez y la Adolescencia; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 21942, Decreto Legislativo Nº 866 y sus modificatorias, Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y sus modificatorias, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Supremo Nº 055-99-EF y Decreto Supremo Nº 136-96-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion de bienes efectuada por la entidad Tabernacle Pentecostal Elim, con Sede en Miami - MORDAZA, Estados Unidos de Norteamerica, a favor de la Iglesia MORDAZA Pentecostes del Peru Movimiento Misionero Mundial, consistente en equipos y material de television y radio descritos en la Factura Comercial Nº 041835, con un valor de FOB de US$ 107,637.75 (CIENTO SIETE MIL SEISCIENTOS TREINTISIETE Y 75/100 DOLARES AMERICANOS) y valor CIF de US$ 110,000.00 (CIENTO DIEZ MIL Y 00/100 DOLARES AMERICANOS), con peso MORDAZA aproximado de 970.00 kilogramos, amparados entre otros documentos en la Guia Aerea Nº 7023319. Articulo 2º.- La entidad religiosa "Iglesia MORDAZA Pentecostes del Peru Movimiento Misionero Mundial", debera remitir a la Oficina de Cooperacion Internacional del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano, MORDAZA del Acta de Entrega - Recepcion de los bienes donados; asi como la informacion que posibilite el seguimiento y evaluacion del uso y destino de la donacion de la presente Resolucion. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Superintendencia Nacional de Aduanas, la Contraloria General de la Republica, la Secretaria Ejecutiva de Cooperacion Tecnica Internacional de la Presidencia del Consejo de Ministros y a la entidad solicitante para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 29326

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomatico a Uruguay para la conclusion del texto definitivo de la Carta Democratica Interamericana e instalacion de mecanismo de consultas diplomaticas
RESOLUCION SUPREMA Nº 344-2001-RE MORDAZA, 14 de agosto de 2001 Considerando que el Peru ha presentado la iniciativa de la Carta Democratica Interamericana en el MORDAZA de la Organizacion de los Estados Americanos (OEA), a fin de reforzar los mecanismos e instrumentos existentes en el sistema internacional para la defensa activa de la democracia; Considerando que la Resolucion Nº 1838 aprobada en el XXXI Periodo de Sesiones de la Asamblea General de la OEA realizado en San MORDAZA, Costa Rica, del 3 al 5 de junio de 2001, dispuso la realizacion del XXVIII Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA el 10 y 11 de setiembre de 2001, con el proposito de aprobar la mencionada Carta Democratica Interamericana; Considerando la necesidad de realizar coordinaciones previas con otros gobiernos de la region con miras a la conclusion del texto definitivo de la Carta Democratica Interamericana para su MORDAZA en el XXVIII Periodo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA el 10 y 11 de setiembre de 2001; Considerando que mediante Nota RE Nº 6/22 de 5 de MORDAZA de 1998, se formalizo la creacion del Mecanismo de Consultas Diplomaticas a nivel de Vicecancilleres entre la Republica del Peru y la Republica Oriental del Uruguay y que es necesario proceder a su instalacion toda vez que constituira un mecanismo util para perfeccionar y dar fluidez al dialogo bilateral; De conformidad con el inciso b) del Articulo 12º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el inciso m) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Organica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 28 de diciembre de 1992; el Decreto Supremo Nº 0482001-PCM, de 29 de MORDAZA del ano 2001 y su modificatoria Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM, de 9 de MORDAZA del ano 2001; SE RESUELVE: 1.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Viceministro y Secretario General de Relaciones Exteriores, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, para que efectue coordinaciones previas con el Ministro de Relaciones Exteriores de dicho MORDAZA, con miras a la conclusion del texto definitivo de la Carta Democratica Interamericana y para que instale el Mecanismo de Consultas Diplomaticas a nivel de Vicecancilleres con el Viceministro de Relaciones Exteriores de dicho pais. 2.- El viaje del Embajador en el Servicio Diplomatico de la Republica, don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a la MORDAZA de Montevideo, Republica Oriental del Uruguay, se MORDAZA efectivo del 14 al 15 de agosto del ano 2001. Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion por concepto de pasajes US$ 3,865 y viaticos US$ 600, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. 3.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion.

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