Norma Legal Oficial del día 16 de Agosto del año 2001 (16/08/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, jueves 16 de agosto de 2001

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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General de la Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura. Articulo 2º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 29349

Aceptan renuncia de Directora de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional Agraria de MORDAZA
RESOLUCION SUPREMA Nº 189-2001-AG MORDAZA, 15 de agosto de 2001 VISTO: El Oficio Nº 0911-2001-DRA-OA-UP/J del Director Regional de la Direccion Regional Agraria de Junin; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion Suprema Nº 055-2001AG de fecha 20 de febrero de 2001, se designo a la CPC MORDAZA Munoz MORDAZA en la plaza de Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional Agraria de Junin; Que, la mencionada funcionaria ha presentado su renuncia, la misma que se hizo efectiva el 18 de junio de 2001; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo y Decreto Ley Nº 25515; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aceptar, con efectividad al 18 de junio de 2001, la renuncia presentada por la CPC MORDAZA Munoz MORDAZA a la plaza de Director de Sistema Administrativo II de la Oficina de Administracion de la Direccion Regional Agraria de MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 29350

Que, de acuerdo con lo dispuesto con el Articulo 17º del Decreto Ley Nº 25902 "Ley Organica del Ministerio de Agricultura", ha sido creado entre otros Organismos Publicos Descentralizados, al Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, que tiene como uno de sus objetivos ser el ente responsable de cautelar la seguridad sanitaria del agro nacional; Que, conforme a lo senalado por el Articulo 18º inciso a) del Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, la Direccion General de Sanidad Animal tiene entre otras funciones la de establecer, conducir y coordinar un sistema de control y supervision zoosanitario, tanto al comercio nacional como internacional, de animales, productos y subproductos de origen animal; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 108-2001-AGSENASA, se suspendio la importacion de rumiantes y ganado porcino vivo, asi como de sus productos y subproductos, procedentes de diversos paises entre los que se nombraba a los Paises Bajos (Holanda); Que, con cartas LIM/LNV/2001 y VVM/01-2284-ch, la Embajada Real de los Paises Bajos informa que no ha MORDAZA casos nuevos o sospechosos de la enfermedad de Fiebre Aftosa desde el brote del 22 de MORDAZA pasado; Que, mediante Fax Nº 244 del 26 de junio del presente, la Comision Europea levanto toda restriccion aplicable a los Paises Bajos en relacion con la Fiebre Aftosa; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, y por el Decreto Supremo Nº 051-2000-AG - Reglamento de Importacion y Exportacion de Animales, Productos y Subproductos de Origen Animal; y con las visaciones de los Directores Generales de Sanidad Animal y Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Levantar la suspension a la importacion de animales y productos mencionados en la Resolucion Jefatural Nº 108-2001-AG-SENASA, procedentes de los Paises Bajos (Holanda). Articulo 2º.- Se mantendra la suspension para los demas paises mencionados en la Resolucion Jefatural Nº 108-2001-AG-SENASA, en tanto su condicion sanitaria con relacion a la enfermedad de Fiebre Aftosa no sea modificada. Articulo 3º.- La presente Resolucion sera publicada en el Diario Oficial El Peruano y entrara en vigencia en la fecha de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 29318

ECONOMIA Y FINANZAS
Mantienen topes vigentes en pensiones de pensionistas que adquirieron el derecho a la prestacion economica en 1991, 1992, 1993, 1994 y a partir del 1 de MORDAZA de 1996
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 271-2001-EF/10 MORDAZA, 15 de agosto del 2001 CONSIDERANDO: Que, la posibilidad de imponer topes a las pensiones de los cesantes del regimen del Decreto Ley Nº 20530 provie-

Levantan suspension a la importacion de animales y productos a que se refiere la R.J. Nº 108-2001-AG-SENASA, procedentes de los Paises Bajos (Holanda)
RESOLUCION JEFATURAL Nº 165-2001-AG-SENASA MORDAZA, 13 de agosto de 2001 VISTA: La Informacion Sanitaria del 25 de MORDAZA de 2001 Vol. 14 - Nº 21, enviado por la Oficina Internacional de Epizootias, en el que se comunica que no se han presentado nuevos casos de Fiebre Aftosa en los Paises Bajos (Holanda) desde el 23 de MORDAZA del 2001; y,

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