Norma Legal Oficial del día 31 de Agosto del año 2001 (31/08/2001)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 31 de agosto de 2001

Adquisiciones aprobado con Decreto Supremo Nº 065-85PCM del 19/7/85, transgrediendo por lo tanto, las funciones dispuestas en el Art. 21º inciso a) del Decreto Legislativo Nº 276, que senala como obligacion de los servidores publicos cumplir diligentemente los deberes y conocer exhaustivamente las labores del cargo; Que, en cuanto al numeral 9) del Informe senalado, se ha determinado que los bienes inmuebles a cargo de la Universidad Nacional de Huancavelica a la fecha de los hallazgos no se encontraban saneados, por no contar con el titulo de propiedad a pesar de que la entidad invirtio sumas significativas en la construccion de infraestructura, contraviniendo lo dispuesto por la Superintendencia de Bienes Nacionales (Observ. Nº 09); por lo que recae responsabilidad en primer orden al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Vicepresidente Administrativo - COUNH, quien no ha evidenciado interes en que los terrenos de la Universidad Nacional de Huancavelica se encuentren debidamente saneados, incurriendo en negligencia de funciones senalado en el Art. 21º inciso b) del Decreto Legislativo Nº 276, correspondiente a las acciones de registro y control de bienes patrimoniales; Que, en cumplimiento a sus atribuciones, la Comision Especial de Consejo Universitario de Procesos Administrativos para Autoridades Universitarias de esta MORDAZA Superior de Estudios, mediante Oficio Nº 002-2001-CECUPAACU-CU-UNH (20.8.2001), cumple en elevar al Rectorado de esta Universidad, en base al Examen Especial al Sistema de Abastecimiento periodo 1995 ampliada a 1996, elaborada por la Oficina de Auditoria Interna de esta Universidad; recomendando la apertura del MORDAZA administrativo disciplinario por las faltas de caracter administrativo evidencias en el informe al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA - ex Vicepresidente de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Huancavelica; Que, de acuerdo al Informe Nº 002-2000-OAI/UNH, Oficios Nºs. 088, 087-2000-OAI/UNH, y 002-2001-CECUPAAU-CU-UNH (20/8/2001), Hoja de Tramite Nº 2262A; de conformidad con lo establecido por el Capitulo V, Art. 51º ultimo parrafo de la Ley Universitaria Nº 23733; Art. 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276; y, aplicandose supletoriamente los Articulos 150º, 151º, 152º, 163º, 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, es necesario emitir el acto administrativo y resolutivo; En uso de las atribuciones que le confiere al Titular del Pliego, en virtud a la Ley Universitaria Nº 23733, Estatuto vigente, Resolucion Nº 0153-2000-P-CGUNH-ANR, con cargo a dar cuenta al Consejo Universitario, en sesion; SE RESUELVE: Articulo Primero.- APERTURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al CPC MORDAZA MORDAZA MORDAZA ex Vicepresidente Administrativo de la Comision Organizadora de la Universidad Nacional de Huancavelica, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente. Articulo Segundo.- El procesado tiene derecho a presentar su descargo por escrito y las pruebas que crean conveniente para su defensa, a la Comision Especial de Consejo Universitario de Procesos Administrativos para Autoridades Universitarias de esta MORDAZA Superior de Estudios, dentro de plazo que estipula la Ley. Articulo Tercero.- REMITIR todos los actuados a la Comision Especial de Consejo Universitario de Procesos Administrativos para Autoridades Universitarias de la Universidad Nacional de Huancavelica, para que dentro del plazo senalado por Ley, concluya las acciones correspondientes. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA HUAYLLANI MORDAZA Rector Universidad Nacional de Huancavelica 30032

Que conforme a lo establecido por el inciso h) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, estan exoneradas del MORDAZA de seleccion respectivo las contrataciones de servicios denominados personalisimos, la cual se efectua con arreglo al procedimiento establecido para las adjudicaciones de menor cuantia; Que el Articulo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que se encuentran exonerados del respectivo MORDAZA de seleccion los contratos de locacion de servicios celebrados con personas naturales o juridicas, cuando para dicha contratacion se MORDAZA tenido en cuenta y como requisito esencial a la persona del locador ya sea por sus caracteristicas inherentes, particulares o especiales o por su determinada calidad, profesion, ciencia, arte u oficio; Que a fin de atender requerimientos de informacion sectorial relacionada con procedimientos tramitados ante la Comision de Fiscalizacion de Dumping y Subsidios, el Indecopi necesita contratar servicios altamente especializados de procesamiento de encuestas economicas anuales de sectores manufactureros; Que por la naturaleza de la prestacion materia del servicio a contratar, se ha establecido que el Instituto Nacional de Estadistica e Informatica -INEI- es la entidad que cuenta con la experiencia necesaria que asegura el adecuado procesamiento de las encuestas sectoriales, las cuales demandan de una fase de analisis critico de los cuestionarios pertinentes; Estando a la opinion favorable contenida en el Informe Tecnico Legal Nº 036-2001/GEE; y, De conformidad con el inciso e) del Articulo 5º del Decreto Ley Nº 25868; RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la contratacion de servicios relacionados al procesamiento de Encuesta Anual del Sector Manufacturero Nacional, a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolucion mediante el MORDAZA de Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion y del Informe Tecnico Legal sustentatorio a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo de ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA PIZZORNI Presidente del Directorio 30057

INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA
Autorizan contratacion de servidores que prestaran servicios en el Proyecto "Museo Tumbas Reales de Sipan" mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 847/INC MORDAZA, 23 de agosto de 2001 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 166-2001-INC-MTRS/JRSD, el Responsable del Proyecto "Tumbas Reales de Sipan", senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, requiere a la Direccion Ejecutiva disponga la renovacion de los contratos del personal detallado en el mencionado documento, quienes vienen prestando sus servicios en el Proyecto referido; Que, mediante Informe Nº 129-2001-INC/GA-SGL, la Subgerencia de Logistica da cuenta que las caracteristicas

INDECOPI
Aprueban contratacion de servicios relacionados al procesamiento de encuesta economica anual del sector manufacturero nacional mediante MORDAZA de adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL DIRECTORIO DE INDECOPI Nº 068-2001-INDECOPI/DIR MORDAZA, 27 de agosto de 2001

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