Norma Legal Oficial del día 09 de Diciembre del año 2001 (09/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 9 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

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te en su expediente, con el fin de subsanar las observaciones encontradas, respecto a los requisitos exigidos en el Reglamento de Servicios y Concesiones Postales, aprobado por Decreto Supremo Nº 032-93-TCC; Que conforme se verifica en cada uno de los expedientes administrativos, los solicitantes no han cumplido con presentar la documentacion que la Administracion oportunamente les ha solicitado, habiendo vencido los plazos establecidos legalmente, siendo que tal incumplimiento ha devenido en causal de abandono del procedimiento administrativo de las solicitudes por ellos iniciados, a tenor de lo normado en el Articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De acuerdo a lo indicado en el Articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y estando a lo opinado por la Direccion de Normas y Supervision Postal, mediante Informe Nº 6052001-MTC/15.20.03; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de los seis (6) expedientes de solicitud de concesion para prestar servicio postal, que se detallan en el anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La Direccion de Normas y Supervision Postal procedera al archivamiento de los expedientes a que se refiere el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA IBANEZ Director General de Correos 35860 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 115-2001-MTC/15.20 MORDAZA, 13 de noviembre de 2001 Visto el Memorandum Nº 324-2001-MTC/15.20.03 de la Direccion de Normas y Supervision Postal, sobre declaracion del abandono de procedimiento administrativo de solicitudes de concesion para prestar servicio postal. CONSIDERANDO: Que, de la revision de los expedientes Nºs. 069 y 1662000, 024, 026, 027, 042 y 051-2001 correspondientes a las empresas TURISMO EJECUTIVO S.R.L. (EJETUR S.R.L.), KORY TRAVEL SRL. (KOVISA CORREOS), INVERSIONES J.A.F. S.A.C., TURISMO EXPRESO PULLMAN S.A. - en liquidacion, AMERICAN GOLDEN SERVICES S.A., EXPRESO CIAL S.A.C. y SERVICIOS MORDAZA MORDAZA S.R.L, se constata que evaluadas las solicitudes presentadas para la obtencion de concesion postal, se procedio a requerir a cada uno de los solicitantes cumplan con presentar documentacion complementaria a la obrante en su expediente, con el fin de subsanar las observaciones encontradas, respecto a los requisitos exigidos en el Reglamento de Servicios y Concesiones Postales, aprobado por Decreto Supremo Nº 03293-TCC.; Que, conforme se verifica en cada uno de los expedientes administrativos, los solicitantes no han cumplido con presentar la documentacion que la Administracion oportunamente les ha solicitado, habiendo vencido los plazos establecidos legalmente, siendo que tal incumplimiento ha devenido en causal de abandono del procedimiento administrativo de las solicitudes por ellos iniciados, a tenor de lo normado en el Articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; De acuerdo a lo indicado en el Articulo 191º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y estando a lo opinado por la Direccion de Normas y Supervision Postal, mediante Informe Nº 618-2001-MTC/15.20.03;

Articulo Primero.- Declarar en abandono el procedimiento administrativo de los siete (7) expedientes de solicitud de concesion para prestar servicio postal, que se detallan en el anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo Segundo.- La Direccion de Normas y Supervision Postal procedera al archivamiento de los expedientes a que se refiere el articulo precedente. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA IBANEZ Director General de Correos 35861

Otorgan licencias a Agencias Universales Peru S.A. para prestar servicio de transporte en MORDAZA en los terminales portuarios de MORDAZA y Callao
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 158-2001-MTC/15.15 MORDAZA, 14 de setiembre de 2001 Vista las solicitudes (Expedientes Nºs. 2001-005405 026269 y 039961) presentadas por la empresa AGENCIAS UNIVERSALES PERU S.A., solicitando Licencia para la prestacion de Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario de Pisco; CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC (29.DIC.2000), se faculto a la Direccion General de Transporte Acuatico del Sector Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, la regulacion, supervision y control de las actividades administrativas empresariales de los servicios de transporte maritimo y conexos realizados en trafico de MORDAZA y areas portuarias; Que, por Resolucion Ministerial Nº 100-2001-MTC/15.15 de fecha 28 de febrero de 2001, se aprobo el Reglamento del referido Decreto Supremo, el cual en su Articulo 11º establece que las Licencias para prestar los referidos servicios, seran otorgadas por Resolucion Directoral de la Direccion General de Transporte Acuatico; Que, la citada Empresa segun opinion favorable emitida por el Director de Empresas y Actividades Portuarias y el Asesor Legal, mediante los Informes Nºs. 2752001-MTC/15.15.03 y 174-2001-MTC/15.15.al, respectivamente, ha dado cumplimiento a los requisitos establecidos en el Articulo 14º del referido Reglamento y su Modificatoria, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 401-2001-MTC/15.15 de fecha 29 de agosto del 2001 por lo que corresponde al efecto otorgar la Licencia solicitada; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25862, Decreto Supremo Nº 056-2000-MTC y su Reglamento aprobado por Resolucion Ministerial Nº 100-2001MTC/15.15, modificado por Resolucion Ministerial Nº 4012001-MTC/15.15 y Resolucion Suprema Nº 027-2000-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- OTORGAR a la empresa AGENCIAS UNIVERSALES PERU S.A., la Licencia Nº 004-2001-MTC/ 15.15-STB, para que preste Servicio de Transporte en MORDAZA en el Terminal Portuario de PISCO; sin perjuicio de cumplir con las disposiciones que sobre la materia correspondan a otros Sectores. Articulo 2º.- El Servicio de Transporte en MORDAZA a que se refiere el articulo precedente sera prestado con la embarcacion denominada "ALDEBARAN" con matricula de bandera peruana Nº CO-6487-SM, respectivamente.

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