Norma Legal Oficial del día 13 de Diciembre del año 2001 (13/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 13 de diciembre de 2001

EL OSINERG, en aplicacion del MORDAZA de transparencia contenido en el Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, ha incluido las audiencia publicas dentro del MORDAZA de regulacion de las tarifas de generacion, transmision y distribucion, con la finalidad que los usuarios e

interesados puedan manifestarse sobre las propuestas tarifarias respectivas. En el siguiente esquema se resume el MORDAZA que se siguio para la Fijacion de las Tarifas en Barra. Las fechas indicadas corresponden a la presente fijacion de tarifas

Audiencia Publica C O E S -S I N A C , Emp. Generadoras 01.Oct.2001 Absolucion de Observaciones ( C O E S -S I N A C ) 15.Oct.2001 Recursos de R e c o n si d e r a c i o n (Parte Interesada) 09.Nov.2001 Resolucion de Recursos (OSINERG) 10.Dic.2001

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Propuesta del C O E S -S I N A C 15.Set.2001

O b servaciones a la Propuesta del C O E S -S I N A C (OSINERG) (OSINERG) 04.Oct.2001

Fijacion de Tarifas en MORDAZA y Publicacion de Inform e T e c n i c o (OSINERG) 30.Oct.2001

MORDAZA y Audiencia Publica OSINERG Recurrentes 22 Nov.2001

El esquema ilustrado, que obedece a las disposiciones legales vigentes, establece un ambiente abierto de participacion donde pueden expresarse las opiniones de la ciudadania, y de los interesados en general, a fin de que estas MORDAZA consideradas por el regulador MORDAZA que adopte su decision sobre la fijacion de las Tarifas en Barra. Asimismo, con posterioridad a la decision, se preve la instancia de los recursos de reconsideracion donde se pueden interponer cuestionamientos a las decisiones adoptadas, cuyo sustento se encuentra en el Informe Tecnico que fue puesto a consideracion del publico el mismo dia que se publico la Resolucion OSINERG Nº 2122-2001-OS/CD que fijo las Tarifas en Barra. 2.1 Propuesta del COES Los titulares de las centrales de generacion y de sistemas de transmision, cuyas instalaciones se encuentren interconectadas conforman un organismo tecnico denominado Comite de Operacion Economica del Sistema Interconectado Nacional (COES-SINAC)3 con la finalidad de coordinar su operacion al minimo costo, garantizando la seguridad del abastecimiento de energia electrica y el mejor aprovechamiento de los recursos energeticos. De acuerdo con lo dispuesto en el Articulo 119º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas4, el MORDAZA de regulacion tarifaria se inicio con la MORDAZA del COES-SINAC, el 14 de setiembre de 2001, del "Estudio Tecnico Economico de Determinacion de Precios de Potencia y Energia en Barras para la Fijacion Tarifaria de Noviembre 2001". En el siguiente cuadro se resume la propuesta tarifaria del COES-SINAC:
TARIFAS Precio Promedio de la Energia Precio de la Potencia Precio Promedio Total Unidades ctm S/./kWh S/./kW-mes ctm S/./kWh Vigente a Set. 2001 10,34 18,79 14,02 Propuesta COES 11,87 20,26 15,83

la informacion necesaria que les permitiera expresar sus observaciones y/o comentarios relacionados con el estudio tarifario, durante la Audiencia Publica. De esta forma, se busca la participacion de los diversos agentes (empresas concesionarias, asociaciones de usuarios, usuarios individuales, etc) en el MORDAZA de toma de decisiones, en un entorno de mayor transparencia, conforme a los principios y normas derivadas de la Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores del Estado. 2.3 Observaciones a la Propuesta del COES-SINAC El 4 de octubre de 2001 el OSINERG comunico sus observaciones, debidamente fundamentadas, al Estudio Tecnico Economico del COES-SINAC. En este mismo documento se incluyeron las observaciones y/o comentarios emitidos por los interesados durante la Audiencia Publica. 2.4 Absolucion de las Observaciones El COES-SINAC remitio su respuesta a las observaciones efectuadas por el OSINERG al estudio tecnico-economico propuesto y presento un informe con los resultados modificados de su estudio.

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2.2 Audiencia Publica El Consejo Directivo del OSINERG mediante Resolucion Nº 1710-2001-OS/CD convoco a una Audiencia Publica para el 1º de octubre de 2001, con el objetivo que el COES-SINAC exponga su propuesta de tarifas de generacion para la regulacion tarifaria del periodo noviembre 2001 - MORDAZA 2002. Sustentada en el MORDAZA de transparencia, la mencionada Resolucion dispuso ademas la publicacion del Estudio Tecnico-Economico presentado por el COES-SINAC con el proposito que los agentes del MORDAZA e interesados tuvieran acceso al estudio mencionado y contaran con

En el presente informe los terminos Sistema Interconectado Nacional (SINAC) o Sistema Electrico Interconectado Nacional (SEIN) se refieren a lo mismo y se utilizan de manera intercambiable. Por razones historicas, MORDAZA denominaciones se han utilizado por las entidades del sector electrico para referirse a la red de alta y muy alta tension que interconecta a las principales ciudades de todo el MORDAZA a partir de octubre del ano 2000. Articulo 119º.- MORDAZA del 15 de marzo y 15 de setiembre de cada ano, cada COES debera presentar a la Comision el estudio tecnico-economico de determinacion de precios de potencia y energia en barras, de conformidad con las disposiciones contenidas en los Articulos 47º a 50º inclusive, de la Ley, en forma detallada para explicitar y justificar, entre otros aspectos, los siguientes: a) La proyeccion de la demanda de potencia y energia del sistema electrico; b) El programa de obras de generacion y transmision; c) Los costos de combustibles, Costo de Racionamiento considerado y otros costos variables de operacion pertinentes; d) La Tasa de Actualizacion utilizada en los calculos; e) Los Costos Marginales de Corto Plazo de energia proyectados; f) Los Precios Basicos de la Potencia de punta y de la energia; g) Los factores de perdidas marginales de potencia y de energia; h) El Costo Total de Transmision, discriminando los costos de inversion y los de operacion y mantenimiento tanto para el Sistema Principal como para los Sistemas Secundarios de Transmision; i) Los valores resultantes para los Precios en Barra; j) La formula de reajuste propuesta; y, k) Calculo del Ingreso Tarifario esperado en los Sistema Principal y Secundarios de Transmision, para la fijacion del Peaje por Conexion y del Peaje Secundario.

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