Norma Legal Oficial del día 19 de Diciembre del año 2001 (19/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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mas de Adecuacion Medio Ambiental (PAMA) aquellos cuyas actividades comerciales y/o industriales MORDAZA compatibles. Articulo Cuarto.- De los Proyectos de Inversion La Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, MORDAZA prioridad a los proyectos de inversion economica en turismo, recreacion, recuperacion del medio ambiente fisico y biotico, comercios y/o industrias compatibles y otros afines, en la MORDAZA, materia de la presente. Sera la Direccion Municipal, la encargada de promover, realizar y ejecutar tales proyectos de inversion, en coordinacion con las instituciones organizadas del Sector. Se MORDAZA preferente atencion y facilidades a ONGS Nacionales o Internacionales, Instituciones o Agendas Nacionales o Internacionales con Proyectos de Inversion en la zona. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Ejecutese, dentro de un plazo de 120 dias de publicada la presente Ordenanza, la reubicacion de ambulantes y paraderos de vehiculos de transporte menor y moto-taxis autorizados que perjudiquen el Ornato de la MORDAZA, asi tambien, coordinese con EMAPE, EDELNOR, Ministerio de Transportes y Comunicaciones y Agricultura, y ejecutese el desalojo y erradicacion de ocupacion del derecho de Via de la Panamericana Norte y margen derecha del rio Chillon, que esten dentro del area de influencia de la presente Ordenanza, dejandose sin efecto las autorizaciones dentro del area de vias dispuestas por la Ordenanza Nº 302-MLM. Segunda.- Deroguese, todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza. Tercera.- La vigencia de la presente Ordenanza rige a partir de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA F. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 36516

la Comision de Servicios Publicos y Gestion Local. El cobro que realice sera por Limpieza Publica y seguridad. Que, considerando la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA, reapertura de la Ordenanza Nº 099-99 y, en los intereses de Beneficios a los comerciantes puentepedrinos ubicados en los mercados Cooperativa Nº 2, MORDAZA Nº 1 y Monumental determinara que los espacios adyacentes a estos preferentemente seran destinados a dichos comerciantes. Con las facultades que confiere la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y con el MORDAZA aprobatorio del Concejo Municipal. RESUELVE: Articulo 1º.- Levantar la calificacion de MORDAZA rigida en forma temporal en el cercado de MORDAZA MORDAZA, de las calles y avenidas estipulado en la Ordenanza Nº 0009-99 para la Feria Navidena y de Ano MORDAZA, manteniendose como MORDAZA rigida, la Av. Lecaros, en toda su extension. Articulo 2º.- Por la importancia urbanistica que significa para nuestro distrito, la Av. MORDAZA Lecaros debe mantenerse como MORDAZA rigida en toda su extension, en consecuencia los comerciantes formalmente instalados tienen la obligatoriedad de dejar libre las veredas a ambos lados de dicha Via; ratificandole como MORDAZA de parqueo vehicular formalmente autorizado. Articulo 3º.- AUTORIZAR, temporalmente la realizacion de la tradicional "Feria Navidena y de Ano Nuevo", a partir del 20 de diciembre del 2001 al 7 de enero del 2002, para el ejercicio provisional de los productos de consumo masivo dedicados exclusivamente a las MORDAZA navidenas y ano nuevo; en las calles y avenidas siguientes: - Explanada del MORDAZA Nº 2 y las calles 2 de MORDAZA y MORDAZA Palma. - Av. MORDAZA MORDAZA, pista auxiliar desde la altura del Grifo MORDAZA MORDAZA, hasta la MORDAZA comercial MORDAZA (entrada Hospital de MORDAZA Piedra) ambos lados de la Panamericana Norte. - MORDAZA MORDAZA Lucia. - Cuadras 1 y 2 de la MORDAZA MORDAZA Garay. - MORDAZA 2 de MORDAZA, cuadras 1 y 2. - Pasaje MORDAZA MORDAZA, cuadras 1 y 2. - Area Libre del MORDAZA MORDAZA Rosa. - Av. MORDAZA Pena desde el cruce 2 de MORDAZA (Alameda MORDAZA Pena). - Prolongacion MORDAZA Lecaros. - MORDAZA Billingurts y pasaje MORDAZA Chavez. Articulo 4º.- ESTABLECER, que la Direccion de Desarrollo MORDAZA determine mediante un plano la demarcacion para cada comerciante, cuyo numero total de puestos debe supervisar, controlar y verificar la Direccion de Rentas, Direccion de Servicios Publicos y Policia Municipal. Articulo 5º.- APROBAR, el Plano de demarcacion de los puestos por giro de actividad, que ha sido establecido por la Direccion de Desarrollo Urbano. Articulo 6º.- El derecho por servicio de limpieza publica y seguridad ha quedado establecido en:
- Explanada del MORDAZA Nº 2 1.50 mts. = S/. 80.00 Nuevos Soles - Demas calles 1.50 mts. = S/. 40.00 Nuevos Soles - Seccion Aves 3.00 mts. x 3 mts. = S/. 70.00 Nuevos Soles - Camionetas 2 mts X 4 mts = S/. 70.00 Nuevos Soles - Heladeros y Golosinas menores = S/. 10.00 Nuevos Soles - Prolongacion MORDAZA Lecaros 1.50 mts. X 1.50 mts. = S/. 10.00 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1.50 mts. X 1.50 mts. = S/. 10.00 - MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1.50 mts. X 1.50 mts = S/. 10.00

Levantan temporalmente la calificacion de MORDAZA rigida de calles y avenidas del distrito y autorizan realizacion de "Feria Navidena y de Ano Nuevo"
ORDENANZA Nº 00007 MORDAZA MORDAZA, 11 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que, estando proximas las festividades navidenas y el advenimiento del ano MORDAZA 2002, es necesario generar las condiciones adecuadas para el ordenamiento del comercio formal e informal, en el ambito del distrito de MORDAZA MORDAZA, con ocasion de la realizacion de la tradicional Feria Navidena, considerando el problema social, falta de empleo, agudizacion del problema socioeconomico, producto de la recesion que afecta a muchos hogares de nuestros vecinos puentepedrinos. La Municipalidad ha visto por conveniente contribuir en la generacion de empleo temporal creando puestos de trabajo. Para tal efecto se hace imprescindible establecer un MORDAZA legal que sirva de base para el normal desenvolvimiento comercial y a la vez contribuya a facilitar las posibilidades comerciales que con caracter excepcional deberan realizar los comerciantes informales dentro del cercado de MORDAZA Piedra. Los participantes a la actividad ferial deben ser puentepedrinos. Que, dicha actividad ferial para que sea eficiente debera estar complementada con mayores en los servicios publicos y seguridad; acciones que la Municipalidad brinda a la poblacion, para cuyo efecto es necesario aprobar los derechos minimos que estos servicios ocasionan, de tal manera que asegure su autofinanciamiento propuesto por

Articulo 7º.- El cumplimiento de la presente Ordenanza, no debe entorpecer el libre MORDAZA peatonal y vehicular debiendo mantenerse las veredas, completamente libres de exhibicion de mercaderias, quedando suspendidas todas las autorizaciones que contravengan la presente Ordenanza, para tal efecto se dispone que las empresas de transporte de vehiculos menores motorizados y no motorizados, que tengan autorizaciones vigentes, otorgados por esta Municipalidad, podran

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