Norma Legal Oficial del día 25 de Diciembre del año 2001 (25/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

MORDAZA, martes 25 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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nistrativos; ni tiene accion ni representacion legal, para demandar judicialmente tal declaracion de nulidad ni la devolucion de lo indebidamente cobrado. 3. Sin embargo, actualmente existen diversos procesos judiciales iniciados por la Oficina de Normalizacion Previsional, solicitando la nulidad de los actos de incorporacion, reincorporacion, reconocimiento y calificacion de derechos y de otorgamiento de beneficios pensionarios, asi como devolucion de lo indebidamente cobrado, efectuados por entidades publicas, los cuales vienen tramitandose ante los diferentes organos jurisdiccionales de la Republica. 4. La citada Sentencia del Tribunal Constitucional, tiene autoridad de cosa juzgada y vincula a todos los poderes publicos, por disposicion del Articulo 35º de la Ley Nº 26435, Ley Organica del Tribunal Constitucional, razon legal por la que se considera que juridicamente se ha producido sustraccion de la materia, habiendose producido las causales de improcedencia de la demanda contempladas en los numerales 1, 2 y 6 del Articulo 427º del Codigo Procesal Civil, y consecuentemente, se considera que los organos jurisdiccionales deben declarar la improcedencia de las demandas en tramite, interpuestas por la Oficina de Normalizacion Previsional, que versan sobre las pretensiones precisadas en el numeral anterior, disponiendose el archivo de cada demanda. 5. La declaracion de improcedencia de tales demandas, deja vigente las resoluciones o actos administrativos que contienen los derechos cuestionados por la Oficina de Normalizacion Previsional. Es cuanto tenemos que informar, salvo distinto e ilustrado parecer. Atentamente, MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA Procuradora Publica PROMUDEH MORDAZA MORDAZA FREYRE MORDAZA Procurador Publico MEF MORDAZA HERBERTO SOZA MORDAZA Procurador Publico MTC 36738

Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 36800

Remiten al Congreso de la Republica documentacion referente al Tratado sobre Extradicion suscrito con la Republica Popular China
RESOLUCION SUPREMA Nº 557-2001-RE MORDAZA, 21 de diciembre de 2001 Remitase al Congreso de la Republica, la documentacion referente al "Tratado entre la Republica del Peru y la Republica Popular China sobre Extradicion", suscrito en Beijing, Republica Popular China, el 5 de noviembre del ano 2001, para los efectos a que se contraen los Articulos 56º y 102º, inciso 3), de la Constitucion Politica del Peru. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA GARCIA-SAYAN LARRABURE Ministro de Relaciones Exteriores 36801

RELACIONES EXTERIORES
Nombran Consul General del Peru en Cochabamba, Republica de Bolivia
RESOLUCION SUPREMA Nº 556-2001-RE MORDAZA, 21 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 427/RE, de 11 de octubre de 2001, se elevo la categoria del Consulado Honorario del Peru en la MORDAZA de Cochabamba, Republica de Bolivia, a Consulado General de Carrera; Que el Consulado General del Peru en Cochabamba, se encuentra vacante; De conformidad con los Articulos 8º y 9º del Decreto Legislativo Nº 894, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica, de 24 de diciembre de 1996; el Articulo 121º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 0004-85-RE, de 12 de marzo de 1985; y, los Articulos 131º y 132º del Decreto Supremo Nº 0002-79-RE, Reglamento Consular de la Republica, de 17 de enero de 1979; SE RESUELVE: 1º.- Nombrar al Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica, MORDAZA MORDAZA Reus Luxardo, Consul General del Peru en Cochabamba, Republica de Bolivia. 2º.- La jurisdiccion consular sera la establecida en la Resolucion Suprema Nº 193-95-RE, de 16 de MORDAZA de 1995. 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. 4º.- La fecha en la que el mencionado funcionario debera asumir funciones sera fijada mediante Resolucion Ministerial. 5º.- Aplicar el egreso que origine la presente Resolucion a las partidas correspondientes del Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores.

MTC
Otorgan autorizaciones a personas natural y juridica para operar estaciones del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 1035-2001-MTC/15.03 MORDAZA, 13 de diciembre de 2001 VISTA, la solicitud formulada por MORDAZA MARITZA MORDAZA MORDAZA, para que se le otorgue autorizacion para instalar y operar una estacion del servicio de radiodifusion comercial por television en UHF, en el distrito de Chimbote, provincia de MORDAZA, departamento de Ancash; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 22º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, establece que para la prestacion del servicio de radiodifusion se requiere de autorizacion y permiso otorgados por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; Que, los Articulos 48º y 49º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones MORDAZA referido, establecen que la autorizacion es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para establecer un servicio de telecomunicaciones; y el permiso es la facultad que otorga el Estado a personas naturales o juridicas para instalar en un lugar determinado equipos de radiocomunicacion; Que, el Articulo 161º del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 06-94-TCC, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, senalan que para obtener autorizacion para prestar servicio de radiodifusion se requiere presentar una solicitud, la misma que se debe acompanar

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