Norma Legal Oficial del día 27 de Diciembre del año 2001 (27/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

MORDAZA, jueves 27 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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PESQUERIA
Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta y anchoveta MORDAZA en MORDAZA sur del litoral
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 438-2001-PE MORDAZA, 26 de diciembre del 2001 CONSIDERANDO: Que el Articulo 2º de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Ley Nº 25977, establece que son patrimonio de la Nacion los recursos hidrobiologicos contenidos en aguas jurisdiccionales del Peru y, en consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y la explotacion racional de dichos recursos; Que el Articulo 9º de la precitada Ley dispone que el Ministerio de Pesqueria determinara, sobre la base de evidencias cientificas disponibles y de factores socioeconomicos, segun el MORDAZA de pesqueria, los sistemas de ordenamiento, las cuotas de captura permisible, las temporadas, zonas de pesca, regulacion del esfuerzo pesquero, metodos de pesca, talla minima de captura y demas normas que requiera la preservacion y explotacion racional de los recursos hidrobiologicos y que de acuerdo al Articulo 12º, el ambito de aplicacion de los sistemas de ordenamiento podra ser total, por zonas geograficas o por unidades de poblacion; Que por Resolucion Ministerial Nº 349-2001-PE se levanto la MORDAZA reproductiva del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y se dispuso el inicio de las actividades de extraccion, recepcion y procesamiento de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) correspondiente a la primera temporada de pesca del ano biologico 2001 - 2002, a partir del 18 de octubre del 2001, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo hasta el paralelo 16° de Latitud Sur; Que el Articulo 8º de la Resolucion citada en el considerando precedente, dispone que en caso de registrarse ejemplares juveniles de anchoveta superiores al 10% del volumen total en los desembarques diarios de un determinado puerto, el Ministerio de Pesqueria suspendera por un periodo de tres (3) dias consecutivos las faenas de pesca y de procesamiento del citado puerto o de la MORDAZA de pesca de ocurrencia, si dichos volumenes de desembarque indican que se afecta el desarrollo poblacional del recurso; Que en el MORDAZA del programa de seguimiento de la pesqueria de anchoveta, se observa desembarques de especimenes juveniles de anchoveta que superan la tolerancia establecida, en la MORDAZA comprendida entre los paralelos 8° 12' y 10° 40' Latitud Sur; razon por la cual, es necesario suspender las actividades extractivas de dicho recurso en aplicacion de lo establecido en el Articulo 8º de la Resolucion Ministerial Nº 349-2001-PE; De conformidad con las disposiciones contenidas en el Decreto Ley Nº 25977, la Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PE y la Resolucion Ministerial Nº 349-2001-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Suspender a partir de las 00.00 horas del dia 28 hasta las 24.00 horas del dia 30 de diciembre del ano 2001, las actividades extractivas del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus), en el area comprendida entre los paralelos 8° 12' y 10° 40' Latitud Sur. Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro del area que comprende la presente suspension, podran recepcionar anchoveta hasta las 00.00 horas del dia 29 de diciembre del 2001. Articulo 2º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, solo otorgara autorizacion de zarpe para realizar actividades extractivas hasta las 12.00 horas del dia 27 de diciembre del 2001. Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto en el Articulo 1º de la presente Resolucion, queda prohibido el procesamiento de anchoveta en el area de suspension desde las 24.00 horas del dia 29 de diciembre del 2001.

Articulo 4º.- El seguimiento, control y vigilancia se efectuara en base a los reportes del Sistema de Seguimiento Satelital, sin perjuicio de las labores que realicen los inspectores de la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales de Pesqueria. Articulo 5º.- Los armadores y establecimientos industriales que incumplan las normas contenidas en la presente Resolucion, seran sancionados de conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley General de Pesca y su Reglamento. Articulo 6º.- La Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de Pesqueria y las Direcciones Regionales de Pesqueria La MORDAZA y MORDAZA velaran por el estricto cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ROSSELLO Ministro de Pesqueria 36854

PROMUDEH
Dejan sin efecto designacion de miembro del Consejo Directivo del INABIF
RESOLUCION SUPREMA Nº 343-2001-PROMUDEH MORDAZA, 26 de diciembre de 2001 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Suprema Nº 193-2001PROMUDEH de fecha 8 de agosto del 2001 se designo entre otros al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano; Que resulta necesario dejar sin efecto la designacion mencionada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25515, Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Legislativo Nº 866 y modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-98-PROMUDEH y modificatorias, Decreto Legislativo Nº 830; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dejar sin efecto a partir de la fecha la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Bienestar Familiar - INABIF, Organismo Publico Descentralizado del Ministerio de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano - PROMUDEH. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica LUZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministra de Promocion de la Mujer y del Desarrollo Humano 36900

Aceptan renuncia de miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia de MORDAZA Metropolitana
RESOLUCION SUPREMA Nº 344-2001-PROMUDEH MORDAZA, 26 de diciembre de 2001

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