Norma Legal Oficial del día 27 de Diciembre del año 2001 (27/12/2001)


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TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, jueves 27 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES

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ciables, desmereciendo, en tal sentido, la funcion que le fuera asignada por este Poder del Estado; Quinto.- Que los hechos descritos atentan gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, por lo que resulta imperativo sancionar severamente al responsable de los mismos, conforme a lo establecido en el Articulo doscientos once de la Ley Organica del Poder Judicial; Sexto.- Que, de otro lado, estando a lo actuado en las investigaciones MORDAZA mencionadas, resulta necesario que la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ica, MORDAZA investigacion contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ajalcrina MORDAZA, a efectos de determinar las posibles responsabilidades de estos en los hechos materia de la presente resolucion; por tales motivos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, haciendo uso de las atribuciones conferidas por el inciso treintiuno del Articulo ochentidos de la Ley Organica del Poder Judicial, modificado por Ley numero veintisiete mil cuatrocientos sesenticinco, en concordancia con el Articulo doscientos dos de la citada Ley Organica, en Sesion Ordinaria de la fecha, de conformidad con los informes emitidos por la Oficina de Asesoria Legal y de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA y Ordonez MORDAZA, con el MORDAZA de los senores Consejeros MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Bernardini, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA y Ordonez MORDAZA, ACORDO: Primero.- Imponer la Medida Disciplinaria de Destitucion a don MORDAZA Balbuena Maranon, por su actuacion como Secretario Judicial del Tercer Juzgado Especializado en lo Penal de Ica; Segundo.- Remitir MORDAZA certificada de la Investigacion numero cuarentinueve guion dos mil uno, al Jefe de la Oficina Distrital de Control de la Magistratura de la Corte Superior de Justicia de Ica, a efectos de que proceda abrir investigacion contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Ajalcrina MORDAZA, respecto a los hechos materia del presente pronunciamiento y conforme a lo expuesto en la MORDAZA parte del informe del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Vejarano. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA BERNARDINI MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA E. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

tegral S.A. cuenta con Stock de material de seguridad (papel y filmina termosellable) que era utilizado para la emision de los Documentos Provisionales de Identidad (DPI); Que, los mencionados insumos no deben quedar en poder del proveedor ya que dichos materiales fueron fabricados para uso especifico y exclusivo del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; Que, el papel de seguridad y la filmina seran destinados para los documentos de identidad de menores que emita nuestra institucion por los elementos de seguridad con que cuentan; Que, en el Peru la Empresa Impresion Integral S.A. es la unica empresa que cuenta con los insumos de seguridad ya mencionados, los mismos que fueron disenados exclusivamente para uso del RENIEC; Que, de acuerdo al Articulo 19º, literal f) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa de bienes o servicios que no admiten sustitutos; Que, de acuerdo a la Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ejercicio fiscal 2001 la adquisicion de los suministros de seguridad configuran un MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa; Estando a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, asi como en la Ley Nº 26497 - Ley Organica del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la Division de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas la adquisicion de los insumos de Seguridad a la Empresa Impresion Integral S.A. por ser estos de uso exclusivo del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, mediante un MORDAZA de seleccion de adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo Segundo.- Disponer que la Gerencia General informe de la presente Resolucion Jefatural a la Contraloria General de la Republica, dentro del plazo establecido por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 36842

MORDAZA MORDAZA MERA MORDAZA Secretario General 36886

ORGANISMOS AUTONOMOS REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan adquisicion de insumos de seguridad mediante MORDAZA de adjudicacion de menor cuantia
RESOLUCION JEFATURAL Nº 459-2001-JEF/RENIEC MORDAZA, 21 de diciembre de 2001 VISTOS: El Informe Tecnico Legal, Memorandum Nº 2548-2001/GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, el requerimiento de la Gerencia de Informatica, Informe Nº 044-2001-GI/RENIEC, el MORDAZA Nº 1090-2001/GAF-DLG de la Division de Logistica y el Memorandum Nº 442-2001/ GAF de la Gerencia de Administracion y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Informatica en su Informe Nº 0442001-GI/RENIEC comunica que la empresa Impresion In-

Declaran infundada apelacion interpuesta por empresa contra acto de otorgamiento de buena pro del concurso publico Nº 004-2001-RENIEC
RESOLUCION JEFATURAL Nº 460-2001-JEF/RENIEC MORDAZA, 26 de diciembre de 2001 Visto; el recurso de apelacion interpuesto por la Empresa Anderson MORDAZA y Compania S.A.C. (AVYCSAC) - contra el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro llevado a cabo en el Concurso Publico Nº 004-2001-RENIEC; CONSIDERANDO: Que, con fecha 29 de noviembre del ano 2001 se llevo a cabo en presencia de Notario Publico el Acto de Apertura de Propuesta Economica de la Buena Pro en el que estuvieron presentes los representantes de los postores AVYCSAC, SERVICIOS POSTALES DEL PERU S.A., CONSORCIO CORPORACION DE SERVICIOS E INVERSIONES PERU S.A.C. Y CORPORACION DAN CERVIS S.A.; Que, dentro del plazo de Ley, AVYCSAC presento recurso de apelacion contra el Acto de Otorgamiento de la Buena Pro, el que subsanada la omision del requisito previsto el Inc. 10) del Articulo 168º del Reglamento del Texto Unico Ordenado, este reune los requisitos de admisibilidad; Que, corrido el traslado de apelacion al CONSORCIO CORPORACION DE SERVICIOS E INVERSIONES DEL PERU S.A.C. Y CORPORACION DAN CERVIZ S.A. y al

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