Norma Legal Oficial del día 27 de Diciembre del año 2001 (27/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de diciembre de 2001

Autorizan adquisicion de licencias de programas de ofimatica mediante adjudicacion directa de menor cuantia
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1337-2001-AG MORDAZA, 26 de diciembre de 2001 VISTO: El Oficio Nº 980-2001-AG-DGIA/0292-DIS, de fecha 27 de noviembre de 2001 del Director General de la Direccion General de Informacion Agraria; el Informe Nº 015-2001AG-OGA-OL, de fecha 19 de diciembre de 2001 del Director General de la Oficina General de Administracion; y, el Oficio Nº 1878-2001-AG-OGAJ de fecha 20 de diciembre de 2001, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Agricultura; y, CONSIDERANDO: Que, del Informe Tecnico contenido en el Oficio Nº 9802001-AG-DGIA/0292-DIS, de la Direccion General de Informacion Agraria del Ministerio de Agricultura, se ha determinado la necesidad de ampliar la capacidad instalada para el procesamiento de datos, con la adquisicion de licencias de programas de computo (ofimatica), especificamente procesadores de texto, hoja de calculo y programas de presentaciones, con la finalidad de asegurar la compatibilidad de los ficheros actualmente en uso y limitar los costos en capacitaciones suplementarias, recomendando utilizar el paquete de ofimatica de la firma Microsoft - Office 2000, para adquirir 170 licencias de Office 2000 en version standard que comprende Word, Excel, Power Point y Outlook y 80 licencias de Office 2000 en version profesional, que comprende Word, Excel, Power Point, Access y Outlook que representa un monto global de S/. 345,000, empleando licencias comerciales comunes; Que, la licencia es la autorizacion del fabricante del derecho de propiedad intelectual respecto del uso del bien (programa de computo), fundamento que determina la adquisicion de licencias al mismo fabricante o titular de derecho de programa de computo que posee el Ministerio de Agricultura, por constituir dichas licencias a adquirir, bienes que no admiten sustituto; Que, el Ministerio de Agricultura con las licencias correspondientes, requiriendo adquirir licencias adicionales para ampliar la capacidad instalada en ofimatica, conforme las normas de propiedad intelectual vigentes; Que, el inciso f) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 012-2001PCM, establece que se encuentran exonerados de los Procesos de Licitaciones, Concursos Publicos o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes o servicios no admiten sustitutos, procediendo su contratacion mediante una Adjudicacion de Menor Cuantia, conforme lo dispuesto por el Articulo 20º del precitado Texto Unico Ordenado; Que, los Articulos 105º y 116º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establecen de producirse los supuestos senalados en el Articulo 19º de la Ley, que determinen la necesidad de efectuar procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, la Entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion por cualquier medio de comunicacion de una cotizacion que cumpla los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular de Pliego; asimismo, las adquisiciones y contrataciones exoneradas se efectuan mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia y debe indicarse en la resolucion exoneratoria, la dependencia u organo que se encargara de realizar la adquisicion o contratacion, de acuerdo con el monto involucrado y a su complejidad, envergadura o sofisticacion; Que, se ha cumplido con emitir el Informe Tecnico y Legal a que se refiere el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM en concordancia con el Articulo 113º del Reglamento, cuyo Texto Unico Ordenado ha sido aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM;

Estando a las facultades conferidas por Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y el literal b) del Articulo 8º del Decreto Supremo Nº 017-2001AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Ministerio de Agricultura del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, para la adquisicion de 250 licencias de programas de ofimatica, que comprende 170 licencias de Office en version Standard y 80 licencias de Office 2000 en version Profesional, cuyo valor referencial asciende a S/. 345,000.00 Nuevos Soles, con Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios. Articulo 2º.- Autorizar a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura, para que proceda a la adquisicion de los bienes a que se refiere el Articulo 1º de la presente Resolucion, mediante una Adjudicacion Directa de Menor Cuantia. Articulo 3º.- Disponer se remita MORDAZA de la presente Resolucion y de los informes que sustentan esta exoneracion a la Contraloria General de la Republica, dentro de los diez dias calendario siguientes a la fecha de su aprobacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA QUIJANDRIA SALMON Ministro de Agricultura 36892

ECONOMIA Y FINANZAS
Modifican articulo del D.S. Nº 162-99EF y transfieren inmueble ubicado en la provincia de MORDAZA al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion
DECRETO SUPREMO Nº 238-2001-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 162-99-EF se aprobo la transferencia del inmueble ubicado con frente a la Alameda MORDAZA MORDAZA y MORDAZA (Alameda 3), lote de terreno Nº 2, Proyecto "Los Proceres", distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, a favor de la Superintendencia de Bienes Nacionales para que esta lo asigne a una entidad que se encargue de conducir un centro cultural, educativo y recreativo para las ninas y ninos del Peru en dicho predio; Que, el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, requiere el citado inmueble a fin de destinarlo a un proyecto piloto demostrativo de construccion de viviendas economicas normalizadas, debido a las caracteristicas del mismo; Que, de esta manera es necesario modificar el destino que se le dio al inmueble a que hace referencia el primer considerando; Que, asimismo, es necesario transferir el referido inmueble al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion para llevar a cabo el proyecto mencionado en el MORDAZA considerando; De conformidad con la Ley Nº 27395; DECRETA: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 162-99-EF, en el sentido que el inmueble transferido a la Superintendencia de Bienes Nacionales mediante dicha MORDAZA sera destinado a un proyecto piloto demostrativo de construccion de viviendas economicas normalizadas, que sera llevado a cabo por el Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 2º.- Transfierase al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion el inmueble ubi-

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