Norma Legal Oficial del día 27 de Diciembre del año 2001 (27/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de diciembre de 2001

cion, aunque la plaza se encuentre provista por encargo con resolucion. 5.4 Para postular al cargo de Director de Centro Educativo se requiere estar ubicado en el III Nivel de la MORDAZA Publica del Profesorado. Para postular al cargo de Subdirector y a los cargos jerarquicos de los Centros Educativos se requiere estar ubicado, cuando menos, en el II Nivel de la Carrera. 5.5 Para el MORDAZA de concurso, el numero minimo de postulantes aptos por cargo sera de dos docentes. Si no existiera el numero minimo de concursantes la plaza sera declarada desierta. 5.6 El MORDAZA de concurso estara a cargo del respectivo Comite de Evaluacion de Personal Directivo y Jerarquico que sera designado por resolucion del titular del Organo Intermedio. 5.7 El MORDAZA de concurso se llevara a cabo a partir de la presente convocatoria y culminara a mas tardar el 10 de enero del ano 2002. 5.8 El concurso a que se refiere la presente MORDAZA no da lugar al ascenso de nivel magisterial, por cuanto la MORDAZA Publica del Profesorado esta estructurada por niveles y no por cargos. VI.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS 6.1 El Comite de Evaluacion de Personal Directivo y Jerarquico estara conformado por siete miembros plenos: a) El Director del Organo Intermedio o el representante de la Alta Direccion del Ministerio de Educacion, quien presidira; b) El Administrador o el Jefe de Personal del Organo Intermedio con nombramiento titular en el sector; c) El Jefe del Area de Gestion Institucional del Organo Intermedio con nombramiento titular en el sector; d) El Jefe del Area de Gestion Pedagogica del Organo Intermedio con nombramiento titular en la docencia; e) Un representante de los padres de familia, elegido por los presidentes de las Asociaciones de Padres de Familia de los centros educativos estatales propuestos ante el organo intermedio entre los asociados que acrediten mayor solvencia moral y profesional acorde con la funcion evaluadora; f) Un representante del organismo sindical del magisterio, debidamente acreditado; y, g) Un representante de los directores de los centros educativos del organo intermedio, debidamente acreditado. Se promovera la participacion de los representantes de la Defensoria del Pueblo y de la Asociacion Civil Transparencia, con caracter de veedores u observadores. El quorum para la instalacion y funcionamiento del comite de evaluacion es de cuatro miembros plenos. En caso de empate en las votaciones, el presidente tendra MORDAZA dirimente. Los padres de familia, y los organismos representativos del magisterio y directores pueden acreditar hasta dos delegados suplentes. 6.2 Son funciones del Comite de Evaluacion de Personal Directivo y Jerarquico: a) Convocar al concurso y efectuar la difusion correspondiente utilizando los medios de comunicacion apropiados de la localidad o jurisdiccion. b) Evaluar los expedientes y publicar la relacion de los postulantes aptos. c) Aplicar los respectivos instrumentos de evaluacion. d) Publicar los MORDAZA de meritos correspondientes. e) Atender y resolver los reclamos presentados por los postulantes dentro de las 72 horas siguientes a la publicacion de los resultados. f) Elaborar las actas e informes pertinentes. g) Remitir la documentacion sustentatoria del Concurso al Director del Organo Intermedio para la expedicion de las resoluciones de nombramiento. 6.3 No podran integrar el Comite de Evaluacion, los parientes entre si o de postulantes hasta el MORDAZA grado de afinidad o MORDAZA grado de consanguinidad. 6.4 Es responsabilidad del Jefe de la Unidad o del Area de personal del Organo Intermedio la remision y publicacion de las plazas directivas y jerarquicas que se encuentran vacantes en los centros y programas educativos de gestion estatal en el ambito respectivo.

6.5 El MORDAZA de concurso comprende las siguientes etapas: a) Convocatoria y difusion. b) Inscripcion de postulantes. c) Revision de expedientes y declaratoria de aptos. d) Evaluacion. e) Publicacion de resultados. f) MORDAZA y absolucion de reclamos. g) Publicacion de resultado final. 6.6 Es impedimento para postular a un cargo directivo o jerarquico el haber cumplido o estar cumpliendo sancion administrativa disciplinaria de cese temporal o definitivo, o condena judicial. Esta clausula sera de aplicacion si es que el indicado MORDAZA disciplinario fue instaurado mediante resolucion de la autoridad pertinente con anterioridad a la vigencia del Decreto Supremo Nº 065-2001-ED. 6.7 Solo se podra postular a un cargo directivo o jerarquico. El postulante especificara el cargo y el centro educativo por el que postula. 6.8 La revision de expedientes para la declaratoria de aptos y no aptos se realizara teniendo en cuenta los requisitos exigidos para el cargo. El concurso proseguira en cada caso si es que existen por lo menos dos postulantes por cargo. 6.9 Son requisitos para participar en el concurso: a) Ser peruano. b) Tener titulo profesional en Educacion. c) Estar en servicio activo en el sector Educacion. d) Reunir los requisitos especificos del cargo, segun se senala en el anexo respectivo. 6.10 La evaluacion de los postulantes se efectuara teniendo en cuenta los siguientes aspectos y puntajes: a) Antecedentes profesionales b) Desempeno laboral c) Meritos d) Prueba de aptitud e) Entrevista Personal 80 puntos 60 puntos 60 puntos 60 puntos 40 puntos

El resultado se obtiene sumando los puntajes parciales y dividiendo la sumatoria entre tres. El puntaje minimo aprobatorio es de 55 puntos. 6.11 La valoracion de los antecedentes profesionales es la siguiente: a) Titulos o MORDAZA obtenidos con posterioridad al titulo profesional en Educacion, hasta 25 puntos. b) Estudios de perfeccionamiento, especializacion y capacitacion en los ultimos 10 anos, hasta 20 puntos. c) Tiempo de servicios en cargos Directivos o Jerarquicos, dos puntos por cada ano de servicios, hasta 20 puntos. d) Cargos Directivos desempenados, hasta 15 puntos. 6.12 La calificacion del desempeno laboral comprende: a) Eficiencia en el servicio, hasta 30 puntos. b) Asistencia y puntualidad, hasta 15 puntos. c) Participacion en el trabajo comunal y promocion social, hasta 15 puntos. 6.13 La evaluacion de los meritos comprende: a) Distinciones y reconocimientos oficiales, hasta 30 puntos. b) Produccion intelectual, hasta 30 puntos. 6.14 La prueba de aptitud sera elaborada por el Ministerio de Educacion de acuerdo a un temario, previamente publicado, sobre gestion pedagogica, institucional y administrativa. Dicha prueba sera aplicada a mas tardar el 7 de enero de 2002. Tanto la aplicacion de la prueba como su calificacion y la publicacion de sus resultados seran de responsabilidad del Comite de Evaluacion en coordinacion con el delegado acreditado por el MED ante la sede de cada Organo Intermedio. 6.15 La entrevista personal sera efectuada y calificada por los miembros plenos del Comite de Evaluacion, en base a la siguiente escala: Muy deficiente, de 0 a 8 puntos; Deficiente, de 9 a 16 puntos; Regular, de 17 a 24 puntos; Bue-

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