Norma Legal Oficial del día 27 de Diciembre del año 2001 (27/12/2001)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de diciembre de 2001

5.6 El MORDAZA de evaluacion para ratificacion se llevara a cabo a partir de la presente convocatoria y culminara a mas tardar el 10 de enero de 2002. 5.7 El concurso a que se refiere la presente MORDAZA no da lugar al ascenso de nivel magisterial, por cuanto la MORDAZA publica del profesorado esta estructurada por niveles y no por cargos. VI.- DISPOSICIONES ESPECIFICAS 6.1 El Comite de Evaluacion de Personal Directivo y Jerarquico estara conformado por siete miembros plenos: a) El Director del Organo Intermedio o el representante de la Alta Direccion del Ministerio de Educacion, quien presidira; b) El Administrador o el Jefe de Personal del Organo Intermedio con nombramiento titular en el sector; c) El Jefe del Area de Gestion Institucional del Organo Intermedio con nombramiento titular en el sector; d) El Jefe del Area de Gestion Pedagogica del Organo Intermedio con nombramiento titular en la docencia; e) Un representante de los padres de familia, elegido por los presidentes de las Asociaciones de Padres de Familia de los centros educativos estatales propuestos ante el organo intermedio entre aquellos que acrediten la mayor solvencia moral y profesional para la funcion evaluadora; f) Un representante del organismo sindical del magisterio, debidamente acreditado; y, g) Un representante de los directores de los centros educativos del organo intermedio, debidamente acreditado. Se reconoce la participacion, como miembros observadores, de los representantes de la Defensoria del Pueblo y de la Asociacion Civil Transparencia. El quorum para la instalacion y funcionamiento del comite de evaluacion es de cuatro miembros plenos. En caso de empate en las votaciones, el presidente tendra MORDAZA dirimente. Los padres de familia y los organos representativos del magisterio y directores podran acreditar hasta dos delegados suplentes. 6.2 Son funciones del Comite de Evaluacion de Personal Directivo y Jerarquico: a) Convocar al MORDAZA de evaluacion para la ratificacion del personal Directivo y Jerarquico y efectuar la difusion correspondiente utilizando los medios de comunicacion apropiados de la localidad o jurisdiccion. b) Aplicar los respectivos instrumentos de evaluacion. c) Publicar los MORDAZA de meritos correspondientes. d) Atender y resolver los reclamos presentados por los evaluados dentro de las 72 horas siguientes a la publicacion de los resultados. e) Elaborar las actas e informes pertinentes. f) Remitir la documentacion sustentatoria del MORDAZA de evaluacion al Director del Organo Intermedio para la expedicion de las resoluciones de ratificacion. 6.3 No podran integrar el Comite de Evaluacion los parientes entre si o del personal evaluado hasta el MORDAZA grado de afinidad o MORDAZA grado de consanguinidad. 6.4 Es responsabilidad del Jefe de la Unidad o del Area de Personal del Organo Intermedio la remision y publicacion de la nomina del personal directivo y jerarquico que se encuentra bajo evaluacion para ratificacion en el ambito respectivo. 6.5 El MORDAZA de concurso comprende las siguientes etapas: a) Convocatoria y difusion. b) Recepcion de expedientes. c) Revision de expedientes y declaratoria de aptos. d) Evaluacion. e) Publicacion de resultados. f) MORDAZA y absolucion de reclamos. g) Publicacion de resultado final. 6.6 No seran evaluados los Directivos y Jerarquicos que por necesidad de servicio se encuentren destacados en los Organos Intermedios o Sede Central apoyando acciones de Gestion Educativa. 6.7 Es impedimento para ser evaluado o ratificado en un cargo directivo o jerarquico el no tener como minimo

cinco anos de nombramiento titular en el cargo asi como haber cumplido o estar cumpliendo sancion administrativa disciplinaria de cese temporal o definitivo, o condena judicial. Esta clausula sera de aplicacion si es que el indicado MORDAZA disciplinario fue instaurado mediante resolucion de la autoridad pertinente, con anterioridad a la vigencia del Decreto Supremo Nº 065-2001-ED. 6.8 La evaluacion para ratificacion del personal directivo y jerarquico nombrado se efectuara teniendo en cuenta los siguientes aspectos y puntajes: a) Antecedentes profesionales b) Desempeno laboral c) Meritos d) Prueba de aptitud e) Entrevista Personal 80 puntos 60 puntos 60 puntos 60 puntos 40 puntos

El resultado se obtiene sumando los puntajes parciales y dividiendo la sumatoria entre tres. El puntaje minimo aprobatorio es de 55 puntos. 6.9 La valoracion de los antecedentes profesionales es la siguiente: a) MORDAZA y otros titulos, hasta 25 puntos. b) Estudios de perfeccionamiento, especializacion y capacitacion en los ultimos 10 anos, hasta 20 puntos. c) Tiempo de servicios, dos puntos por cada ano de servicios, hasta 20 puntos. d) Otros cargos Directivos o Jerarquicos desempenados, hasta 15 puntos. 6.10 La calificacion del desempeno laboral comprende: a) Eficiencia en el servicio, hasta 30 puntos. b) Asistencia y puntualidad, hasta 15 puntos. c) Participacion en el trabajo comunal y promocion social, hasta 15 puntos. 6.11 La evaluacion de los meritos comprende: a) Distinciones y reconocimientos oficiales, hasta 30 puntos. b) Produccion intelectual, hasta 30 puntos. 6.12 La prueba de aptitud sera elaborada por el Ministerio de Educacion de acuerdo a un temario sobre gestion pedagogica, institucional y administrativa. Dicha prueba sera aplicada a mas tardar el 7 de enero de 2002. Tanto la aplicacion de la prueba como su calificacion y la publicacion de sus resultados seran de responsabilidad del Comite de Evaluacion en coordinacion con el delegado acreditado por el MED ante la sede de cada Organo Intermedio. 6.13 La entrevista personal sera efectuada y calificada por los miembros plenos del Comite de Evaluacion, en base a la siguiente escala: Muy deficiente, de 0 a 8 puntos; Deficiente, de 9 a 16 puntos; Regular, de 17 a 24 puntos; MORDAZA, de 25 a 32 puntos; Excelente, de 33 a 40 puntos. Cada miembro del MORDAZA evaluador asignara su calificativo inmediatamente de concluida la entrevista con cada postulante, en forma personal y secreta, y el promedio de todos los calificativos asignados por los miembros plenos presentes constara en el acta de evaluacion. 6.14 El personal no ratificado retornara a su plaza de origen sin menoscabo de su nivel magisterial de carrera. Si la plaza de origen estuviera cubierta como resultado de concurso para nombramiento, el profesor podra optar por cualquier otra plaza docente que se hallara vacante, pero de ninguna manera quedara fuera del servicio. 6.15 Los cargos directivos y jerarquicos declarados vacantes una vez terminado el MORDAZA de evaluacion para ratificacion seran provistos mediante reasignacion de personal de aquellos profesores que ocupen cargos iguales con caracter de titular en sujecion al cuadro de prioridades establecido en el correspondiente MORDAZA de reasignacion. 6.16 Los cargos directivos y jerarquicos que continuen vacantes despues del MORDAZA de reasignacion y los que se produzcan con posterioridad al concurso seran provistos temporalmente mediante encargo de puesto, que se oficializara por resolucion del titular del Organo Intermedio teniendo en cuenta la especialidad y calificacion del personal titular en estricto orden jerarquico descendente. A igualdad de jerarquia y requisitos tendra prioridad el profesor de mayor nivel magisterial; a igual nivel, prevalecera el docente de mayor tiempo de servicios en el centro educativo. 6.17 Las peticiones de revision de la evaluacion podran ser presentadas dentro de las 72 horas siguientes a la pu-

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