Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 149

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001

NORMAS LEGALES
CUADRO - Otros elementos Contenido limite % en peso 0,25 0,5 1,3 1,4 0,8 1,5 0,7 0,8 0,8 1 0,3 0,3

Pag. 214719

Elemento Ag Plata As Arsenico Cd Cadmio Cr Cromo Mg Magnesio Pb Plomo S Azufre Sn Estano Te Telurio Zn Cinc Zr Zirconio Los demas elementos *, cada uno * Los demas elementos, por ejemplo, Al, Be, Co, Fe, Mn, Ni, Si.

b) Aleaciones de cobre las materias metalicas, excepto el cobre sin refinar, en las que el cobre predomine en peso sobre cada uno de los demas elementos, siempre que: 1) el contenido en peso de, al menos, uno de los demas elementos sea superior a los limites indicados en el cuadro anterior; o 2) el contenido total de los demas elementos sea superior al 2,5% en peso. c) Aleaciones MORDAZA de cobre las composiciones que contengan cobre en proporcion superior al 10% en peso y otros elementos, que no se presten a la deformacion plastica y se utilicen como productos de aporte en la preparacion de otras aleaciones o como desoxidantes, desulfurantes o usos similares en la metalurgia de los metales no ferreos. Sin embargo, las combinaciones de fosforo y cobre (cobre fosforoso) que contengan una proporcion superior al 15% en peso de fosforo, se clasifican en la partida 28.48.

d) Barras los productos laminados, extrudidos o forjados, sin enrollar, cuya seccion transversal, maciza y MORDAZA en toda su longitud, tenga forma de circulo, ovalo, MORDAZA, rectangulo, triangulo equilatero o poligono regular convexo (incluidos los circulos aplanados y los rectangulos modificados, en los que dos lados opuestos tengan forma de arco convexo y los otros dos MORDAZA rectos, iguales y paralelos). Los productos de seccion transversal cuadrada, rectangular, triangular o poligonal, pueden tener las aristas redondeadas en toda su longitud. El espesor de los productos de seccion transversal rectangular (incluidos los de seccion rectangular modificada) debe ser superior a la decima parte de la anchura. Tambien se consideran barras, los productos de las mismas formas y dimensiones, moldeados, colados o sinterizados, que han recibido, despues de su obtencion, un trabajo superior a un desbarbado grosero, siempre que este trabajo no confiera a los productos el caracter de articulos o manufacturas comprendidos en otra parte. Sin embargo, se consideran cobre en MORDAZA de la partida 74.03 las barras para alambron («wire-bars») y los tochos, apuntados o trabajados de otro modo en sus extremos simplemente para facilitar su introduccion en las maquinas para transformarlos, por ejemplo, en alambron o en tubos. e) Perfiles los productos laminados, extrudidos, forjados u obtenidos por conformado o plegado, enrollados o sin enrollar, de seccion transversal MORDAZA en toda su longitud, que no cumplan las definiciones de barras, alambre, chapas, hojas, tiras o tubos. Tambien se consideran perfiles, los productos de las mismas formas, moldeados, colados o sinterizados, que han recibido, despues de su obtencion, un trabajo superior a un desbarbado grosero, siempre que este trabajo no confiera a los productos el caracter de articulos o manufacturas comprendidos en otra parte. f) Alambre el producto laminado, extrudido o trefilado, enrollado, cuya seccion transversal maciza y MORDAZA en toda su longitud, tenga forma de circulo, ovalo, MORDAZA, rectangulo, triangulo equilatero o poligono regular convexo (incluidos los circulos aplanados y los rectangulos modificados, en los que dos lados opuestos tengan forma de arco convexo y los otros dos MORDAZA rectos, iguales y paralelos). Los productos de seccion transversal cuadrada, rectangular, triangular o poligonal, pueden tener las aristas redondeadas en toda su longitud. El espesor de los productos de seccion transversal rectangular (incluidos los de seccion rectangular modificada) debe ser superior a la decima parte de la anchura. Sin embargo, para la interpretacion de la partida 74.14, solamente se admite como alambre el producto, enrollado o sin enrollar, cuya seccion transversal, de cualquier forma, sea inferior o igual a 6 mm en su mayor dimension.

g) Chapas, hojas y tiras los productos planos de espesor MORDAZA (excepto los productos en MORDAZA de la partida 74.03), enrollados o sin enrollar, de seccion transversal rectangular maciza, aunque tengan las aristas redondeadas (incluidos los rectangulos modificados, en los que dos lados opuestos tengan forma de arco convexo y los otros dos MORDAZA rectos, iguales y paralelos), que se presenten: en forma cuadrada o rectangular, de espesor inferior o igual a la decima parte de la anchura, en forma distinta de la cuadrada o rectangular, de cualquier dimension, siempre que no tengan el caracter de articulos o manufacturas comprendidos en otra parte.

Se clasifican, en particular, en las partidas 74.09 y 74.10, las chapas, hojas y tiras aunque presenten motivos (por ejemplo: acanaladuras, estrias, gofrados, lagrimas, botones, rombos), asi como las perforadas, onduladas, pulidas o revestidas, siempre que estos trabajos no les confieran el caracter de articulos o manufacturas comprendidos en otra parte. h) Tubos los productos con un solo hueco cerrado, de seccion transversal MORDAZA en toda su longitud, en forma de circulo, ovalo, MORDAZA, rectangulo, triangulo equilatero o poligono regular convexo, enrollados o sin enrollar y cuyas MORDAZA MORDAZA de espesor constante. Tambien se consideran tubos, los productos de seccion transversal en forma de MORDAZA, rectangulo, triangulo equilatero o poligono regular convexo, que tengan las aristas redondeadas en toda su longitud, siempre que las secciones transversales interior y exterior tengan la misma forma, la misma disposicion y el mismo centro. Los tubos que tengan las secciones transversales citadas anteriormente pueden estar pulidos, revestidos, curvados, roscados, taladrados, estrechados o abocardados, tener forma conica o estar provistos de bridas, collarines o anillos. Nota de subpartida. 1. En este Capitulo, se entiende por: a) Aleaciones a base de cobre-cinc (laton) las aleaciones de cobre y cinc, incluso con otros elementos. Cuando esten presentes otros elementos: el cinc debe predominar en peso sobre cada uno de los demas elementos; el contenido eventual de niquel debe ser inferior al 5% en peso (veanse las aleaciones a base de cobre-niquel-cinc [alpaca]); el contenido eventual de estano debe ser inferior al 3% en peso (veanse las aleaciones a base de cobre-estano [bronce]).

b) Aleaciones a base de cobre-estano (bronce) las aleaciones de cobre y estano, incluso con otros elementos. Cuando esten presentes otros elementos, el estano debe predominar en peso sobre cada uno de estos otros elementos. Sin embargo, cuando el contenido de estano sea superior o igual al 3% en peso, el de cinc puede predominar, pero debe ser inferior al 10% en peso.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.