Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 163

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001
b) c) d) e) f) g) h) ij) k) l) m) n) o) p) q) 2.

NORMAS LEGALES

Pag. 214733

los articulos para usos tecnicos de cuero natural o cuero regenerado (partida 42.04) o de peleteria (partida 43.03); las canillas, carretes, bobinas y soportes similares, de cualquier materia (por ejemplo: Capitulos 39, 40, 44 o 48 o Seccion XV); las tarjetas perforadas para mecanismos Jacquard o maquinas similares (por ejemplo: Capitulos 39 o 48 o Seccion XV); las correas transportadoras o de transmision, de materia textil (partida 59.10), asi como los articulos para usos tecnicos de materia textil (partida 59.11); las piedras preciosas o semipreciosas (naturales, sinteticas o reconstituidas) de las partidas 71.02 a 71.04, asi como las manufacturas constituidas totalmente por estas materias, de la partida 71.16, excepto, sin embargo, los zafiros y diamantes, trabajados, sin montar, para agujas de fonocaptores (partida 85.22); las partes y accesorios de uso general, tal como se definen en la Nota 2 de la Seccion XV, de metal comun (Seccion XV), y los articulos similares de plastico (Capitulo 39); los tubos de perforacion (partida 73.04); las telas y correas sin fin, de alambre o tiras metalicos (Seccion XV); los articulos de los Capitulos 82 u 83; los articulos de la Seccion XVII; los articulos del Capitulo 90; los articulos de relojeria (Capitulo 91); los utiles intercambiables de la partida 82.07 y los cepillos que constituyan partes de maquinas (partida 96.03); los utiles intercambiables similares que se clasifican segun la materia constitutiva de la parte operante (por ejemplo: Capitulos 40, 42, 43, 45 o 59, o partidas 68.04 o 69.09); los articulos del Capitulo 95; las cintas para maquina de escribir y cintas entintadas similares, incluso en carretes o cartuchos (clasificacion segun la materia constitutiva o en la partida 96.12 si estan entintadas o preparadas de otro modo para imprimir).

Salvo lo dispuesto en la Nota 1 de esta Seccion y en la Nota 1 de los Capitulos 84 y 85, las partes de maquinas (excepto las partes de los articulos comprendidos en las partidas 84.84, 85.44, 85.45, 85.46 u 85.47) se clasificaran de acuerdo con las siguientes reglas: a) las partes que consistan en articulos de cualquier partida de los Capitulos 84 u 85 (excepto las partidas 84.09, 84.31, 84.48, 84.66, 84.73, 84.85, 85.03, 85.22, 85.29, 85.38 y 85.48) se clasificaran en dicha partida cualquiera que sea la maquina a la que esten destinadas; b) cuando MORDAZA identificables como destinadas, exclusiva o principalmente, a una determinada maquina o a varias maquinas de una misma partida (incluso de las partidas 84.79 u 85.43), las partes, excepto las citadas en el parrafo precedente, se clasificaran en la partida correspondiente a esta o estas maquinas o, segun los casos, en las partidas 84.09, 84.31, 84.48, 84.66, 84.73, 85.03, 85.22, 85.29 u 85.38; sin embargo, las partes destinadas principalmente tanto a los articulos de la partida 85.17 como a los de las partidas 85.25 a 85.28 se clasificaran en la partida 85.17; c) las demas partes se clasificaran en las partidas 84.09, 84.31, 84.48, 84.66, 84.73, 85.03, 85.22, 85.29 u 85.38, segun los casos, o, en su defecto, en las partidas 84.85 u 85.48.

3. 4. 5.

Salvo disposicion en contrario, las combinaciones de maquinas de diferentes clases destinadas a funcionar conjuntamente y que formen un solo cuerpo, asi como las maquinas concebidas para realizar dos o mas funciones diferentes, alternativas o complementarias, se clasificaran segun la funcion principal que caracterice al conjunto. Cuando una maquina o una combinacion de maquinas esten constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre si por tuberias, organos de transmision, cables electricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una funcion netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capitulos 84 u 85, el conjunto se clasificara en la partida correspondiente a la funcion que realice. Para la aplicacion de las Notas que preceden, la denominacion maquinas MORDAZA a las maquinas, aparatos, dispositivos, artefactos y materiales diversos citados en las partidas de los Capitulos 84 u 85.

Capitulo 84 Reactores nucleares, calderas, maquinas, aparatos y artefactos mecanicos; partes de estas maquinas o aparatos
Notas. 1. Este Capitulo no comprende: a) las muelas y articulos similares para moler y demas articulos del Capitulo 68; b) las maquinas, aparatos o artefactos (por ejemplo: bombas), de ceramica y las partes de ceramica de las maquinas, aparatos o artefactos de cualquier materia (Capitulo 69); c) los articulos de vidrio para laboratorio (partida 70.17); los articulos de vidrio para usos tecnicos (partidas 70.19 o 70.20); d) los articulos de las partidas 73.21 o 73.22, asi como los articulos similares de otros metales comunes (Capitulos 74 a 76 o 78 a 81); e) los aparatos electromecanicos de uso domestico de la partida 85.09; las camaras digitales de la partida 85.25; f) las escobas mecanicas de uso manual, excepto las de motor (partida 96.03). 2. Salvo lo dispuesto en la Nota 3 de la Seccion XVI, las maquinas y aparatos susceptibles de clasificarse a la vez tanto en las partidas 84.01 a 84.24 como en las partidas 84.25 a 84.80 se clasificaran en las partidas 84.01 a 84.24. Sin embargo, no se clasifican en la partida 84.19: a) b) c) d) e) las incubadoras y criadoras avicolas y los armarios y estufas de germinacion (partida 84.36); los aparatos humectadores de granos para la molineria (partida 84.37); los difusores para la industria azucarera (partida 84.38); las maquinas y aparatos para tratamiento termico de hilados, tejidos o manufacturas de materia textil (partida 84.51); los aparatos y dispositivos concebidos para realizar una operacion mecanica, en los que el cambio de temperatura, aunque necesario, solo desempene una funcion accesoria;

no se clasifican en la partida 84.22: a) las maquinas de coser para cerrar envases (partida 84.52); b) las maquinas y aparatos de oficina de la partida 84.72;

-

no se clasifican en la partida 84.24: las maquinas para imprimir por chorro de tinta (partidas 84.43 u 84.71).

3. 4.

Las maquinas herramienta que trabajen por arranque de cualquier materia susceptibles de clasificarse a la vez tanto en la partida 84.56 como en las partidas 84.57, 84.58, 84.59, 84.60, 84.61, 84.64 u 84.65 se clasificaran en la partida 84.56. Solo se clasifican en la partida 84.57 las maquinas herramienta para trabajar metal, excepto los tornos (incluidos los centros de torneado), que puedan efectuar diferentes tipos de operaciones de mecanizado por: a) cambio automatico del util procedente de un almacen de acuerdo con un programa de mecanizado (centros de mecanizado), o b) utilizacion automatica, simultanea o secuencial, de diferentes unidades de mecanizado que trabajen la pieza en un puesto fijo (maquinas de puesto fijo), o c) desplazamiento automatico de la pieza ante las diferentes unidades de mecanizado (maquinas de puestos multiples).

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.