Norma Legal Oficial del día 29 de Diciembre del año 2001 (29/12/2001)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 191

MORDAZA, sabado 29 de diciembre de 2001
Codigo 8709.11.00.00 8709.19.00.00 8709.90.00.00 8710.00.00.00 87.11 8711.10.00.00 8711.20.00.00 8711.30.00.00 8711.40.00.00 8711.50.00.00 8711.90.00.00 8712.00.00.00 87.13 8713.10.00.00 8713.90.00.00 87.14 8714.11.00.00 8714.19.00.00 8714.20.00.00 8714.91.00.00 8714.92.00 8714.92.00.10 8714.92.00.20 8714.93.00.00 8714.94.00.00 8714.95.00.00 8714.96.00.00 8714.99.00.00 8715.00 8715.00.10.00 8715.00.90.00 87.16 8716.10.00.00 8716.20.00.00 8716.31.00.00 8716.39.00.00 8716.40.00.00 8716.80 8716.80.10.00 8716.80.90.00 8716.90.00.00 Carretillas: - Electricas - Las demas Partes

NORMAS LEGALES
Designacion de la Mercancia

Pag. 214761
A/V 12 12 12 12

Tanques y demas vehiculos automoviles blindados de combate, incluso con su armamento; sus partes. Motocicletas (incluidos los ciclomotores) y velocipedos equipados con motor auxiliar, con sidecar o sin el; sidecares. Con motor de embolo (piston) alternativo de cilindrada inferior o igual a 50 cm3 Con motor de embolo (piston) alternativo de cilindrada superior a 50 cm3 pero inferior o igual a 250 cm3 Con motor de embolo (piston) alternativo de cilindrada superior a 250 cm3 pero inferior o igual a 500 cm3 Con motor de embolo (piston) alternativo de cilindrada superior a 500 cm3 pero inferior o igual a 800 cm3 Con motor de embolo (piston) alternativo de cilindrada superior a 800 cm3 Los demas

12 12 12 12 12 12 12

Bicicletas y demas velocipedos (incluidos los triciclos de reparto), sin motor. Sillones de ruedas y demas vehiculos para invalidos, incluso con motor u otro mecanismo de propulsion. Sin mecanismo de propulsion Los demas

12 12

Partes y accesorios de vehiculos de las partidas 87.11 a 87.13. De motocicletas (incluidos los ciclomotores): - Sillines (asientos) - Los demas De sillones de ruedas y demas vehiculos para invalidos Los demas: - MORDAZA y horquillas, y sus partes - Llantas y radios: - - Llantas - - Radios para ruedas - Bujes sin freno y pinones libres - Frenos, incluidos los bujes con freno, y sus partes - Sillines (asientos) - Pedales y mecanismos de pedal, y sus partes - Los demas 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12 12

Coches, sillas y vehiculos similares para transporte de ninos, y sus partes. Coches, sillas y vehiculos similares Partes 12 12

Remolques y semirremolques para cualquier vehiculo; los demas vehiculos no automoviles; sus partes. Remolques y semirremolques para vivienda o acampar, del MORDAZA caravana Remolques y semirremolques, autocargadores o autodescargadores, para uso MORDAZA Los demas remolques y semirremolques para transporte de mercancias: - Cisternas - Los demas Los demas remolques y semirremolques Los demas vehiculos: - Carretillas de mano - Los demas Partes 12 12 12 12 12 12 12 12

Capitulo 88 Aeronaves, vehiculos espaciales, y sus partes
Nota de subpartida. 1. En las subpartidas 8802.11 a 8802.40, la expresion peso en vacio se refiere al peso de los aparatos en orden normal de vuelo, excepto el peso de la tripulacion, del carburante y del equipo distinto del que esta fijo en forma permanente. Codigo 88.01 8801.10.00.00 8801.90.00.00 88.02 Designacion de la Mercancia Globos y dirigibles; planeadores, alas planeadoras y demas aeronaves no concebidas para la propulsion con motor. Planeadores y alas planeadoras Los demas 12 12 A/V

Las demas aeronaves (por ejemplo: helicopteros, aviones); vehiculos espaciales (incluidos los satelites) y sus vehiculos de lanzamiento y vehiculos suborbitales. Helicopteros: - De peso en vacio inferior o igual a 2.000 kg - De peso en vacio superior a 2.000 kg Aviones y demas aeronaves, de peso en vacio inferior o igual a 2.000 kg: - Aviones de peso MORDAZA de despegue inferior o igual a 5.700 kg, excepto los disenados especificamente para uso militar - Los demas Aviones y demas aeronaves, de peso en vacio superior a 2.000 kg pero inferior o igual a 15.000 kg: - Aviones de peso MORDAZA de despegue inferior o igual a 5.700 kg, excepto los disenados especificamente para uso militar - Los demas Aviones y demas aeronaves, de peso en vacio superior a 15.000 kg Vehiculos espaciales (incluidos los satelites) y sus vehiculos de lanzamiento y vehiculos suborbitales 12 12 12 12 12 12 12 12

8802.11.00.00 8802.12.00.00 8802.20 8802.20.10.00 8802.20.90.00 8802.30 8802.30.10.00 8802.30.90.00 8802.40.00.00 8802.60.00.00 88.03 8803.10.00.00 8803.20.00.00 8803.30.00.00

Partes de los aparatos de las partidas 88.01 u 88.02. Helices y rotores, y sus partes Trenes de aterrizaje y sus partes Las demas partes de aviones o helicopteros 12 12 12

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.